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BOC Nº 73. Viernes 17 de Abril de 2015 - 1780

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad

1780 DECRETO 47/2015, de 9 de abril, por el que se delega la competencia para modificar o adaptar anualmente el contrato de gestión de la Agencia Tributaria Canaria.

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BOC-A-2015-073-1780. Firma electrónica - Descargar

Los artículos 18 de la Ley 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria, y 33 del Estatuto de la Agencia Tributaria Canaria, aprobado por Decreto 125/2014, de 18 de diciembre, establecen que el contrato de gestión de la Agencia Tributaria deberá establecer como contenido mínimo, entre otros, el procedimiento para la introducción en el contrato de gestión de las modificaciones o adaptaciones anuales que, en su caso, procedan.

El contrato de gestión de la Agencia Tributaria Canaria aprobado por el Gobierno contempla en su apartado "XI. Causas y procedimientos para introducir modificaciones y adaptaciones", señalando que "el contrato se podrá modificar como consecuencia de:

* Cambios normativos que afecten a los tributos gestionados por la Agencia.

* Que los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias no dotasen a la Agencia de la financiación prevista en este contrato de gestión, o que se pusiesen a disposición de la Agencia los recursos humanos y los medios materiales previstos en el mismo.

* La aparición de cualquier otra circunstancia que requiera la modificación de aspectos no esenciales de la estructura del contrato de gestión, tales como alteraciones en los programas, en las cuantías de los recursos disponibles, u otros similares".

Añade, el citado apartado que "En estos supuestos, el Consejo Rector elevará la correspondiente propuesta de modificación a la persona titular de la Consejería competente en materia tributaria para su valoración y, en su caso, su aprobación, de acuerdo a la delegación efectuada en el Acuerdo de aprobación de este contrato de gestión".

Considerando que durante la vigencia del contrato de gestión puedan producirse variaciones que afecten al mismo, pero no a su estructura básica, y que estas den lugar a modificaciones no sustanciales del mismo, resulta conveniente, en aras a una mayor celeridad y eficiencia, delegar su autorización en el titular de la Consejería competente en materia tributaria.

Visto el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 9 de abril de 2015,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en el titular del Departamento competente en materia tributaria la competencia para modificar o adaptar anualmente el contrato de gestión de la Agencia Tributaria Canaria en los términos previstos en el apartado XI del mismo.

Segundo.- El presente Decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 2015.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA

HACIENDA Y SEGURIDAD,

Javier González Ortiz.

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