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BOC Nº 75. Miércoles 16 de Abril de 2014 - 1619

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

1619 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 7 de abril de 2014, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 20 de diciembre de 2013, relativo a la aprobación definitiva de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Agaete, en el ámbito de Las Candelarias.- Expte. 2012/1511.

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BOC-A-2014-075-1619. Firma electrónica - Descargar

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 42.b) del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión de 20 de diciembre de 2013, acordó la aprobación definitiva de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Agaete, en el ámbito de Las Candelarias, si bien condicionando la publicación del acuerdo a la subsanación de deficiencias o errores de hecho recogidos en su dispositivo primero.

Segundo.- Con fecha 3 de febrero de 2014 (R.E 1234) y 10 de marzo de 2014 (RE 3091) el Ayuntamiento de Agaete remite a la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial la documentación dirigida a cumplimentar los requerimientos recogidos en el Acuerdo de 20 de diciembre de 2013.

Tercero.- Examinada la documentación remitida se comprueba, mediante informes técnicos emitidos con fecha 19 de febrero y 25 de marzo de 2014, que se han subsanado las deficiencias advertidas en el citado Acuerdo de la COTMAC.

Cuarto.- Con fecha 27 de marzo de 2014 se dicta Resolución nº 92 del Director General de Ordenación del Territorio que considera subsanadas la totalidad de las deficiencias establecidas en el dispositivo primero del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, adoptado en sesión de 20 de diciembre de 2013, en virtud del cual se aprueba definitivamente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Agaete, en el ámbito de Las Candelarias (expediente 2012/1511).

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De conformidad con lo preceptuado en el artículo 42.b) del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, la publicación del acuerdo de la COTMAC de 20 de diciembre de 2013 se sujeta a la previa subsanación de las deficiencias contenidas en el dispositivo primero.

Segundo.- La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias encomienda al Director General de Ordenación del Territorio la facultad de comprobar que la subsanación se ha efectuado correctamente, debiéndose emitir previamente los informes correspondientes.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias adoptado en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2013 relativo a la aprobación definitiva de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Agaete, en el ámbito de Las Candelarias (expediente 2012/1511) cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de abril de 2014.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en la sesión celebrada el 20 de diciembre de 2013, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- En virtud de lo establecido en el artículo 42.b) del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, aprobación definitiva de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Agaete, en el ámbito de Las Candelarias (expediente 2012/1511), condicionando la publicación del Acuerdo a la subsanación de las siguientes deficiencias o errores de hecho:

1. Deben subsanarse las objeciones establecidas en el informe de la Consejería de Gobierno, de Política Territorial, Arquitectura y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria y en el informe de la Consejería de Presidencia, Cultura y Nuevas Tecnología, Servicio de Cultura y Patrimonio Histórico del Cabildo.

2. Se debe incorporar al expediente administrativo el certificado emitido por el Secretario General del Ayuntamiento del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de fecha 21 de mayo de 2013 por el que se tomó conocimiento de la Propuesta de Memoria Ambiental y del resto del documento, y se acordó remitirlo a la COTMAC.

3. Debe subsanarse el error de hecho en el apartado 10 del documento, denominado Cumplimiento, artículo 36 del Real Decreto 1/2000, ya que este artículo no se refiere al Real Decreto 1/2000, sino del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC) aprobado por Decreto Legislativo 1/2000.

4. Se deben subsanar las páginas que sustituyen al Plan General vigente:

1. Página 110 de la Memoria. La página debe de iniciarse con la siguiente frase "en los restantes núcleos de población ..." y finalizar con el total de suelo urbano expresado en número. A su vez, dicho número, esto es, el suelo urbano consolidado por la urbanización en el municipio, no es solo 103.500 m2 (superficie del Sector Las Candelarias que deviene urbano) sino también la de sus Sistemas Generales con una superficie total de 23.184 m2. Por tanto, el suelo urbano consolidado debe ascender a 126.684 m2.

2. Página 167 de la Memoria. En la pagina 167 figura un cuadro resumen de la superficie del Suelo Urbano y Urbanizable. El suelo urbano consolidado del municipio aumenta de 677.239 m2 a 780.739 m2 (+103.500 m2) y el suelo urbanizable desciende de 1.254.124 m2 a 1.150.624 m2 (-103.500 m2). Deben contabilizarse como Suelo Urbano los Sistemas Generales 3, 4 y 8.

3. Página 186 de la Normativa. En el plano de la página 186 sigue sin deslindarse la superficie del Sistema General 8, clasificado como Suelo Urbano Consolidado.

Segundo.- En base al artículo 38.3 del Reglamento de Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, asumir la propuesta de resolución de las alegaciones adoptada por el Pleno del Ayuntamiento y en consecuencia desestimar las mismas.

Tercero.- Encomendar a la Dirección General de Ordenación del Territorio que previos los informes correspondientes verifique el cumplimiento del condicionado establecido en el dispositivo primero del presente Acuerdo y, comprobado su cumplimiento, ordene su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Agaete.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.- Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de diciembre de 2013.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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