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BOC Nº 237. Martes 4 de Diciembre de 2012 - 6084

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial

6084 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 29 de noviembre de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 29 de octubre de 2012, relativo a aprobación definitiva de la Adaptación Plena del Plan General de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias.

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BOC-A-2012-237-6084. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente 2006/0467 relativo a la aprobación definitiva de la Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias, teniendo en cuenta los siguientes:

I. ANTECEDENTES

Primero.- La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2012, acordó, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.B) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, la aprobación definitiva de la Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias (expediente 2006/0467), condicionando la publicación del acuerdo al cumplimiento del condicionante que consta en su dispositivo primero.

Segundo.- Con fecha 21 de noviembre de 2012, se remite documentación por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para dar cumplimiento al condicionado establecido en el referido acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

Tercero.- Analizada la documentación remitida se comprueba, mediante informe emitido por el Jefe de Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental de esta Dirección General, con fecha 27 de noviembre de 2012, que se ha subsanado el condicionante impuesto en el mencionado Acuerdo de 29 de octubre de 2012.

Cuarto.- Mediante Resolución nº 293, de 29 de noviembre de 2012, del Director General de Ordenación del Territorio, se declara debidamente subsanado el condicionante contenido en el dispositivo primero del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.b) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, la publicación del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias se sujeta al previo cumplimiento del condicionante establecido en el dispositivo primero del propio Acuerdo.

Segundo.- La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias encomienda al Director General de Ordenación del Territorio la facultad de comprobar que la subsanación se ha efectuado correctamente.

En aplicación de la legislación vigente, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias adoptado en sesión celebrada el 29 de octubre de 2012 relativo a la aprobación definitiva de la Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias (expediente 2006/0467) cuyo texto figura como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de noviembre de 2012.- El Director General de Ordenación del Territorio, Jesús Romero Espeja.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en la sesión celebrada el 29 de octubre de 2012, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- A tenor de lo establecido en el artículo 43.2.B) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 8 de mayo y artículo 44 del Reglamento de los Procedimientos de los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, aprobar definitivamente el documento denominado "Adaptación Plena del Plan General de Ordenación de Las Palmas de Gran Canaria al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y a las Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias" (expediente 2006/0467) con publicación condicionada a que por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se aporte la documentación de fecha 26 de octubre de 2012 debidamente diligenciada e integrada en el conjunto del Plan General.

Segundo.- Encomendar al Director General de Ordenación del Territorio la comprobación del cumplimiento del condicionante establecido en el dispositivo primero. Realizada dicha comprobación se procederá a la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Notificar el presente Acuerdo al Cabildo Insular de Gran Canaria y al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria encomendando a este último la notificación a los interesados de la contestación a las alegaciones que hubieran presentado, ajustándose al contenido del documento aprobado por la COTMAC.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el Requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre y por Decreto 234/2005, de 27 de diciembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- Belén Díaz Elías, Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

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