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BOC Nº 237. Martes 4 de Diciembre de 2012 - 6085

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

6085 Servicio Canario de la Salud. Dirección General de Recursos Económicos.- Resolución de 16 de octubre de 2012, por la que se delegan competencias para actuar como órgano de contratación.

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BOC-A-2012-237-6085. Firma electrónica - Descargar

Mediante Orden de la Consejera de Sanidad, de 15 de octubre de 2012, se determina el régimen de la contratación de bienes y servicios de naturaleza sanitaria, siendo el órgano de contratación, en coherencia con lo dispuesto en el artículo 10.2 del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud, la Dirección General de Recursos Económicos.

El procedimiento a seguir para la contratación centralizada se desarrolla en dos fases: la primera consistente en la convocatoria y resolución del procedimiento de adopción de tipo mediante la conclusión de un acuerdo marco y la segunda referida a la contratación específica de los suministros y servicios que resulten necesarios durante la vigencia de los acuerdos marco.

La experiencia adquirida en el ámbito del Servicio Canario de la Salud permite llegar a la conclusión de que una vez que en los acuerdos marco quedan fijadas las características y condiciones de los bienes tipo a adquirir, así como los criterios y el procedimiento a seguir para la posterior adjudicación de los correspondientes suministros, resulta más ágil y operativo que la gestión de las sucesivas adjudicaciones de tales suministros se realice por los propios servicios y establecimientos sanitarios, de acuerdo con el ritmo y volumen de aprovisionamiento que consideren más adecuado a sus necesidades y peculiaridades funcionales, estableciendo, al propio tiempo, un mecanismo adecuado para que la Dirección General de Recursos Económicos continúe realizando el seguimiento centralizado del volumen total de suministros ejecutados, a efectos de llevar a cabo la liquidación de los descuentos en los precios derivados de las economías de escala.

Con base en lo expuesto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar las competencias para actuar como órgano de contratación respecto a la tramitación, formalización y ejecución de los contratos basados en los acuerdos marco suscritos por la Dirección General de Recursos Económicos cuyo objeto sea la contratación centralizada de bienes y servicios, en las direcciones gerencias de los hospitales, gerencias de servicios sanitarios y gerencias de atención primaria, dentro del ámbito competencial de cada una de ellas.

Segundo.- Los actos dictados por delegación y los contratos firmados en el ejercicio de la misma, indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados o suscritos por el órgano delegante.

Tercero.- La presente delegación surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de octubre de 2012.- El Director General de Recursos Económicos, Joaquín Mario Morales Romero.

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