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BOC Nº 065. Viernes 3 de Abril de 2009 - 511

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

511 - ORDEN de 23 de marzo de 2009, por la que se crea el fichero de datos automatizado denominado Registro Oficial de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios.

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La publicación del Decreto 26/2009, de 3 de marzo, por el que se regula el procedimiento de visado del Certificado de Eficiencia Energética de Edificios y se crea el correspondiente Registro en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, obliga a la creación del correspondiente fichero de datos, con el fin de dar cumplimiento con lo establecido en la legislación vigente en materia de protección de datos.

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece en su artículo 2 que la misma será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

Asimismo, la citada Ley Orgánica dispone en su artículo 20 que la creación, modificación, o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

Según el apartado 2 del citado artículo, las disposiciones de creación o de modificación de ficheros deberán indicar: la finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo; las personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos; el procedimiento de recogida de los datos; la estructura básica del fichero; las cesiones de datos de carácter personal; los órganos de la Administración responsables del fichero; los servicios o unidades ante los que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, y las medidas de seguridad con indicación del nivel exigible.

La presente disposición ha sido sometida al previo informe de la Agencia Española de Protección de Datos para que ésta pudiera ejercer las funciones que le otorga el artículo 37 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Energía,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Objeto.

El objeto de la presente Orden es la creación del fichero de datos que contendrá datos de carácter personal denominado "Registro Oficial de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios".

Artículo 2.- Características del fichero.

La creación del presente fichero se realiza en los términos y con las condiciones fijadas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, cuya descripción figura en el anexo de la presente Orden.

Dicho fichero será gestionado por la Dirección General de Energía de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias.

Artículo 3.- Garantía y seguridad de los datos.

El titular del órgano administrativo responsable del fichero regulado en esta Orden adoptará las medidas necesarias para asegurar que los datos de carácter personal contenidos en el mismo se usen con la finalidad para la que fueron recogidos.

Asimismo, dicho órgano administrativo establecerá también las medidas necesarias para hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Real Decreto 1.720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Inscripción del fichero en el Registro General de Protección de Datos.

El fichero creado por la presente Orden será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de marzo de 2009.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

A N E X O

Fichero automatizado de datos de carácter personal denominado Registro Oficial de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios.

a) Identificación del fichero:

- Denominación y descripción:

El fichero a crear se denomina "Registro Oficial de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios" y estará constituido por registros almacenados en una base de datos que contendrán de un lado datos técnicos del edifico objeto de la certificación y del otro, datos de carácter personal del técnico responsable del Certificado de Eficiencia Energética y del propietario o promotor del edificio.

- Finalidad y uso del fichero:

Los datos recogidos en el fichero se utilizarán para llevar un registro así como un control de las certificaciones energéticas de edificios que se realicen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Origen de datos:

- Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resultan obligados a suministrarlos:

Técnicos responsables del certificado de eficiencia energética así como promotores o propietarios de los edificios objeto de certificación.

- Procedimiento de recogida de datos de carácter personal y procedencia:

Los datos pueden recogerse mediante dos vías: a través del entorno web mediante un aplicativo habilitado al efecto y accesible a través de la página de la Dirección General de Energía, o bien a través de la presentación de formularios debidamente cumplimentados en la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

La procedencia de los datos será siempre a través del promotor o dueño del edificio, aunque se da la posibilidad de que el técnico responsable de la certificación aporte los mismos siempre y cuando posea autorización expresa del propietario. En cualquier caso es necesario en el momento de la recogida de datos la identificación del técnico responsable de la certificación bien a través de su firma electrónica cuando la recogida de los mismos se produzca a través del entorno web o bien mediante certificación expedida por el colegio oficial al que esté adscrito o mediante fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad cuando la recogida de datos sea a través del registro de entrada de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

c) Estructura básica del fichero y sistema de tratamiento utilizado en su organización:

- Datos referidos al promotor o propietario del edificio:

· Nombre.

· Entidad mercantil.

· Apellidos.

· N.I.F.

· C.I.F.

· Dirección.

· Código postal.

· Provincia.

· Teléfono.

· Correo electrónico.

- Datos referidos al técnico responsable de la certificación:

· Nombre.

· Apellidos.

· N.I.F.

· Dirección.

· Código postal.

· Provincia.

· Teléfono.

· Correo electrónico.

· Colegio profesional.

· Número de colegiado.

- Sistema de tratamiento: automatizado.

d) Comunicaciones previstas: no está prevista ninguna cesión de los datos de carácter personal almacenados en el fichero.

e) Órganos de la Administración responsable del fichero: Dirección General de Energía de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

f) Servicios o unidades ante los que se podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Desarrollo de Nuevas Energías y Ahorro Energético de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

g) Nivel de Seguridad: Nivel Básico.

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