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BOC Nº 065. Viernes 3 de Abril de 2009 - 510

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

510 - ORDEN de 12 de marzo de 2009, por la que se aprueban las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua potable, solicitadas por la entidad mercantil Aqualia, Gestión Integral del Agua, S.A., para su aplicación en el municipio de Ingenio (Gran Canaria).- Expte. P 31/2008-LP.

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Examinado el expediente tramitado en la Dirección General de Comercio para resolver la petición formulada por la entidad mercantil Aqualia, Gestión Integral del Agua, S.A., de solicitud de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua potable, para su aplicación en el municipio de Ingenio.

Vista la propuesta del Director General de Comercio y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Con fecha 3 de octubre de 2008, la entidad mercantil Aqualia, Gestión Integral del Agua, S.A. presenta, ante el Ayuntamiento de Ingenio, solicitud de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua potable para su aplicación en dicho municipio.

2º) Transcurrido el plazo reglamentario, sin que el Ayuntamiento emitiera el preceptivo informe, la empresa gestora del servicio presenta con fecha 17 de diciembre de 2008, ante este Departamento, dicha solicitud de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua potable, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.3 del Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

3º) En sesión celebrada el día 5 de marzo de 2009, el Grupo de Trabajo de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas elaboró el correspondiente informe, acordándose su elevación al Pleno de la citada Comisión.

4º) A la vista del informe, la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, en su sesión plenaria celebrada el mismo día 5 de marzo de 2009, dictaminó aprobar una modificación de tarifas del servicio público de abastecimiento de agua, para su aplicación en el municipio de Ingenio, consistente en una subida del 3% sobre las tarifas actuales, inferior a lo solicitado, dado que las previsiones de costes realizadas se han adecuado a la realidad actual, y se han basado fundamentalmente en la cuenta de resultados del ejercicio 2007, como último conocido en el momento de la presentación de la documentación, de la que se deduce un déficit del orden del 3,4%, y en que las tarifas fueron actualizadas en el pasado ejercicio en un 4,3% si bien su efecto fue atenuado por su entrada en vigor en el último tramo del ejercicio, y teniendo en cuenta también la previsión de variación del IPC para 2009 que afectaría a una gran parte de los costes del servicio, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo, que serán debidamente notificados a los interesados.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Segunda.- A este expediente le son de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/1996, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; y el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica; 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, por el que se determinan el numero, denominación y competencias de las Consejerías (B.O.C. nº 141, de 14.7.07); 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 145, 19.7.06), y el Decreto 405/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio (B.O.C. nº 249, de 14.12.07), y demás disposiciones de general o particular aplicación.

En uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Aprobar las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua potable, para su aplicación en el municipio de Ingenio, las cuales quedarán establecidas en las cuantías siguientes:


Cuota fija 10,91 euros


Consumo doméstico:


Hasta 20 m3 0,57 euros/m3

De 21 a 30 m3 1,41 euros/m3

De 31 a 40 m3 1,97 euros/m3

Más de 40 m3 2,13 euros/m3


Consumo construcción y agrícola:


Hasta 30 m3 2,13 euros/m3

Más de 30 m3 3,47 euros/m3


Consumo industrial y especial:


Industrias materia el agua 1,41 euros/m3


Resto de industrias y consumo


Especial 2,13 euros/m3

Consumo municipal 1,41 euros/m3


La aplicación de las tarifas tiene carácter bimestral.

Estas tarifas surtirán efecto a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de marzo de 2009.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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