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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Eugenio Benjamín Lorenzo Pérez de la Resolución 3148, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 14 de octubre de 2004, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Eugenio Benjamín Lorenzo Pérez la Resolución 3148 de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 14 de octubre de 2004, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural por infracción de la legalidad urbanística con referencia I.U. 78/00, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
"Declarar la caducidad del expediente sancionador I.U. 78/00 iniciado contra D. Eugenio Benjamín Lorenzo Pérez, mediante Resolución nº 2388, del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 28 de julio de 2004, y consecuente archivo del mismo, sin perjuicio de la iniciación de nuevo procedimiento sancionador.
Notificar la presente Resolución al infractor y demás interesados, advirtiéndole que contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de su notificación, y sin perjuicio de la interposición en su caso de cualquier otro que estime pertinente."
Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones e Información del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de febrero de 2005.- El Director Ejecutivo, p.d., la Jefe de Servicio de Restablecimiento de la Realidad Física Alterada (Resolución nº 296, de 31.1.05), Teresa Abreu Ponce.
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