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BOC Nº 158. Martes 17 de Agosto de 2004 - 2626

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

2626 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 23 de julio de 2004, del Director, sobre notificación de Resolución, recaída en el expediente sancionador S-19/02, dirigido a la Sociedad Cooperativa de Viviendas "Lomo Los Frailes", en ignorado domicilio.

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Habiendo sido intentada sin que se pudiera practicar la notificación de Resolución, recaída en el expediente sancionador S-19/02, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada, y conforme a lo previsto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Notificar a la Sociedad Cooperativa de Viviendas "Lomo Los Frailes", la Resolución de fecha 13 de mayo de 2004, obrante en el expediente de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:

"- Sancionar a la empresa "Obrascon Huarte Lain, S.A." con multa de 2.000 euros como autora de una infracción muy grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artº. 153.C).6 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, que aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley sobre Viviendas de Protección Oficial, por la existencia de defectos constructivos localizados en las viviendas sitas en Lomo Los Frailes, parcela 22, sector 4, viviendas 25, 26 y 21.

- Requerir a "Obrascon Huarte Lain, S.A." en virtud del artº. 155 último párrafo del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, para que en el plazo de treinta días a contar desde la notificación/publicación de la presente Resolución, realice las obras de reparación y las necesarias para restablecer la situación alterada, y que se contrae a lo contenido y transcrito en el resultando quinto anterior, con el apercibimiento que de no acceder a ello, se impondrán sucesivas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.

Se apercibe a la requerida, que de no proceder conforme a los requerimientos, se le irrogarán los perjuicios a que hubiere lugar en Derecho."

"Resultando quinto:

Vivienda: Lomo Los Frailes I, parcela, sector 4-bajo, vivienda 25.

"En relación con la solicitud de visita de inspección a la vivienda de referencia, el técnico que suscribe informa:

Que girada visita e inspección ocular de la misma, se constata en relación con:

1.- "Grietas en el techo de los dormitorios 1 y 2".

En el techo aparecen unas fisuras a priori de escasa entidad, de un ancho entre 0.01 y 0.30 mm, que recorren el mismo de forma longitudinal y paralelas a la fachada, muy probablemente, siguiendo la zapatilla de la vigueta del forjado.

2.- "Que en el tabique de separación de los dormitorios 1 y 2 tienen grietas".

En el tabique de separación y en la unión con la fábrica de fachada aparece una "fisura" del orden de 0.08 a 0.10 mm, y de 10 a 15 cm, de recorrido de 60 cm, de forma vertical y con cierta inclinación y a priori, de escasa entidad.

3.- "Cuando llueve entra agua por una rejilla del baño".

Esto no ha podido constatarse ya que ni siquiera hay síntomas de que ello haya sido así.

4.- "El muro del patio que da a la cámara de aire tiene mucha humedad".

Como consecuencia de la falta de ventilación de la cámara, que si debería tener, aparece humedad, en el muro referido.

Se estima que el costo de reparación del defecto asciende a unos 150 euros."

Vivienda: Lomo Los Frailes I, nº 22-26.

"En relación con la solicitud de visita de inspección a la vivienda de referencia, el técnico que suscribe informa:

Que girada visita e inspección ocular de la misma, se constata en relación con:

"Humedades en la mitad hacia abajo en la pared de la cocina".

Efectivamente se constata la existencia de la humedad en la pared del patio que sirve de apoyo al forjado de la cámara sanitaria; humedad motivada por la falta de ventilación suficiente de la cámara.

Se estima que el costo de reparación de las obras necesarias es de 150 euros."

Vivienda: Lomo Los Frailes, Manzana 22- P.21.

En relación con la solicitud de visita de inspección a la vivienda de referencia, el Técnico que suscribe informa:

Que girada visita e inspección ocular de la misma, se constata en relación con:

1.- Humedad en el patio:

En la pared existente en el patio, y que sostiene el forjado de la cámara sanitaria, aparecen humedades generalizadas procedentes de la cámara como consecuencia de la falta de ventilación que dicha cámara debería tener.

2.- Grietas en habitación de matrimonio y salón:

Tanto en habitación como en salón aparecen "fisuras" verticales en la unión o forro de bajante (en salón) y con cerramiento de vivienda. Ambas fisuras están comprendidas entre 0.06 y 0.08 mm, que a priori son defectos de escasa consideración.

Se estima que el costo del arreglo de dichos defectos es de 150 euros."

Contra esta notificación que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de su notificación, según establecen los artículos 29.2 del Decreto 2/2004, de 27 de enero (B.O.C. nº 19, de 29.1.04), en concordancia con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y nº 12, de 14.1.99), según modificación introducida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de julio de 2004.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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