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BOC Nº 129. Martes 6 de Julio de 2004 - 1049

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

1049 - Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.- Resolución de 6 de mayo de 2004, de la Presidenta, por la que se hacen públicas las bases genéricas que regulan el procedimiento de selección y gestión de las listas de reserva para la posible contratación laboral en régimen de sustitución temporal.

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El artículo 14 de la Ley 2/2000, de 17 de julio, de medidas económicas, en materia de organización administrativa y gestión relativas al personal de la Comunidad Autónoma de Canarias y de establecimiento de normas tributarias, añade un apartado 5 al artículo 15 de la Ley 11/1986, de 11 de diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, estableciendo que la contratación de personal laboral sustituto, para cubrir necesidades urgentes e inaplazables del Instituto, sólo requerirá la autorización del titular del departamento, previa acreditación de la disponibilidad presupuestaria, sin perjuicio de su inmediata comunicación a las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto a los efectos oportunos.

La necesidad de agilizar el procedimiento de contratación de personal laboral temporal sustituto, exige la elaboración y aprobación de unas bases que configuren un sistema objetivo de selección, mediante listas de reserva que, a su vez, permitan conciliar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la selección de futuros aspirantes, con el de urgencia en la cobertura temporal.

En su virtud, en uso de las facultades previstas en el artículo 8.2 de la Ley 11/1986, de 11 de diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia y del artículo 7 del III Convenio Único del Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y oídos los representantes de los trabajadores,

R E S U E L V O:

Convocar procedimiento selectivo para la selección de personal laboral que han de integrar las listas de reserva para cubrir las sustituciones de personal laboral, que se ajustará a las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los requisitos de la presente convocatoria, el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la contratación:

a) Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Igualmente, podrán participar aquellas personas incluidas dentro del ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Por último, podrán hacerlo quienes, no estando comprendidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado de trabajo. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, de residencia permanente, en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

b) Haber cumplido la edad de 16 años.

c) Estar en posesión de la titulación académica y/o profesional, de conformidad con el III Convenio Único del Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de los demás requisitos que para cada categoría profesional se determinan en el anexo I de estas bases. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que impida el desempeño de las tareas y funciones que corresponden a las diferentes categorías convocadas.

e) No haber sido separado ni despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Segunda.- Aspirantes con minusvalías física, psíquica o sensorial.

Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de tareas o funciones correspondientes, y siempre que no sea necesaria la adaptación funcional del puesto de trabajo.

Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía a tenor de los regulado en el Real Decreto 1.971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (B.O.E. nº 22, de 26.1.00; c.e. B.O.E. nº 62, de 13.3.00).

Tercera.- Instancias.

Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II, acompañada de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte para los que ostenten la nacionalidad española.

Fotocopia del pasaporte o de un documento oficial acreditativo de su nacionalidad, para los nacionales de cualquier estado miembro de la Unión Europea o de países con los que existe un Tratado Internacional celebrado por la Comunidad Europea y ratificado por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.

Los aspirantes que residan en España deberán presentar una fotocopia cotejada del correspondiente documento de identidad o pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar residente comunitario en vigor, o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada del pasaporte, del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, o del país con el que la Comunidad Europea haya celebrado Tratado Internacional, ratificado por España, en el que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en todo caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Declaración responsable de que se cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria, la cual se encuentra consignada en el cuerpo de la instancia que se inserta como anexo II.

c) Fotocopia compulsada de la titulación académica requerida.

d) Autobaremación ajustada al modelo que se inserta como anexo III. Para los méritos que se quieran hacer valer, se presentarán, igualmente, documentos originales y acreditativos de dichos méritos, o fotocopia compulsada de los mismos, debiendo tenerse en cuenta que sólo se valorarán aquellos méritos que posean a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Los méritos a valorar por el Tribunal correspondiente, a efectos de determinar la puntuación en el concurso, serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.

El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

La presentación de las instancias ha de realizarse en los Registros Generales de este Organismo, sito en las calles Eusebio Navarro, 77, Las Palmas de Gran Canaria y Méndez Núñez, 14, Santa Cruz de Tenerife. Las instancias podrán ser presentadas igualmente en las Oficinas Centrales de Registro de la Comunidad Autónoma de Canarias y Cabildos Insulares, conforme establecen el artículo 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio (B.O.C. nº 102, de 19.8.94), por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 38.4 de la citada Ley.

Cuarta.- Relación de admitidos y excluidos.

Una vez cerrado el plazo de presentación de instancias y dentro de los cinco días hábiles siguientes, se expondrá en los tablones de anuncios del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, calles Eusebio Navarro, 77, Las Palmas de Gran Canaria y Méndez Núñez, 14, Santa Cruz de Tenerife, la lista provisional correspondiente de aspirantes admitidos y excluidos, en la que se expresará la causa de la exclusión de estos últimos, señalándose un plazo de cinco días hábiles para la subsanación de defectos. Dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de la finalización de este último, se publicará en los citados tablones de anuncios la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, indicándose los días y horas previstos para la entrevista personal a los 20 primeros candidatos de cada categoría con mayor puntuación en la fase de concurso.

Quinta.- Tribunal Calificador.

Se constituirá un Tribunal Calificador para cada provincia y categoría que estará compuesto por los siguientes miembros:

- Tribunal Calificador para la categoría de Médico/a en la provincia de Las Palmas:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal:

Titular: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Miguel Ángel Vega García, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: D. Guillermo Bethencourt Mateos.

Suplente: Dña. María Antonia Hernández Afonso.

Titular: D. Nicolás Amador Amador.

Suplente: Dña. Milagros Domínguez Arencibia.

- Tribunal Calificador para la categoría de Médico/a en la provincia de Santa Cruz de Tenerife:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente:

Vocal:

Titular: D. Miguel Ángel Vega García, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: D. Guillermo Bethencourt Mateos.

Suplente: D. Ángel Tamargo Rodríguez.

Titular: Dña. María de los Ángeles Brito Pérez.

Suplente: Dña. María Antonia Hernández Afonso.

- Tribunal Calificador para la categoría de Enfermero/a en la provincia de Las Palmas:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal:

Titular: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Miguel Ángel Vega García, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Laura Rodríguez Álvarez.

Suplente: Dña. Patricia Gallo Aracil.

Titular: D. Nicolás Amador Amador.

Suplente: Dña. Milagros Domínguez Arencibia.

- Tribunal Calificador para la categoría de Enfermero/a en la provincia de Santa Cruz de Tenerife:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente:

Vocal:

Titular: D. Miguel Ángel Vega García, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Patricia Gallo Aracil.

Suplente: Dña. Laura Rodríguez Álvarez.

Titular: Dña. Camila Pérez Rodríguez.

Suplente: Dña. Luisa María Fajardo Padrón.

- Tribunal Calificador para la categoría de Analista de Laboratorio en la provincia de Las Palmas:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal:

Titular: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Suplente: D. Amador Martín Recio, Titulado Superior Hematólogo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Sandra Merelles Santana.

Suplente: Dña. Milagros Domínguez Arencibia.

Titular: Dña. Laura Rodríguez Álvarez.

Suplente: Nicolás Amador Amador.

- Tribunal Calificador para la categoría de Analista de Laboratorio en la provincia de Santa Cruz de Tenerife:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Miguel Ángel Vega García, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente:

Vocal:

Titular: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Suplente: D. Amador Martín Recio, Titulado Superior Hematólogo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Patricia Gallo Aracil.

Suplente: Dña. Laura Rodríguez Álvarez.

Titular: Dña. Fátima Toledo García.

Suplente: Dña. Camila Pérez Rodríguez.

- Tribunal Calificador para la categoría de Auxiliar Clínico en la provincia de Las Palmas:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal:

Titular: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Suplente: D. Amador Martín Recio, Titulado Superior Hematólogo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Margarita García Cáceres.

Suplente: D. José Cristo Baeza Santana.

Titular: Dña. Sandra Merelles Santanta.

Suplente: Dña. Laura Rodríguez Álvarez.

- Tribunal Calificador para la categoría de Conductor/a en la provincia de Las Palmas:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Santana Figueras, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Las Palmas del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal:

Titular: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Suplente: D. Amador Martín Recio, Titulado Superior Hematólogo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Margarita García Cáceres.

Suplente: D. José Cristo Baeza Santana.

Titular: Dña. Sandra Merelles Santanta.

Suplente: Dña. Laura Rodríguez Álvarez.

- Tribunal Calificador para la categoría de Conductor/a en la provincia de Santa Cruz de Tenerife:

Presidente:

Titular: Dña. Felícitas Díaz-Flores Estévez, Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: D. Miguel Ángel Vega García, Responsable de la Unidad de Promoción de la provincia de Santa Cruz de Tenerife del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal-Secretario:

Titular: D. Carlos Javier Ruiz Santana, Responsable del Servicio de Régimen Jurídico y Financiero del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Suplente: Dña. María Dolores Ruiz Pérez, Titulado Superior Farmacéutica del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocal:

Titular: D. Fernando Fernández Fuertes, Director Técnico del Centro Canario de Transfusión.

Suplente: D. Amador Martín Recio, Titulado Superior Hematólogo del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia.

Vocales designados por la representación de los trabajadores:

Titular: Dña. Patricia Gallo Aracil.

Suplente: D. Roberto González González.

Titular: D. David Moreno García.

Suplente: D. Félix Martínez Alamino.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de los miembros, requiriéndose la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan (artículo 26.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre). Sus acuerdos se adoptarán por mayoría.

Los miembros del Tribunal tendrán derecho a percibir las asistencias y demás indemnizaciones que correspondan, según la normativa vigente. El máximo de asistencias será de diez, de conformidad con el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón de servicio.

A propuesta del Tribunal, la Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia podrá designar el personal necesario para colaborar con las tareas extraordinarias de carácter administrativo y/o material, precisas para el desarrollo del proceso selectivo. El personal designado tendrá derecho a percibir las siguientes indemnizaciones por asistencias:

- Colaboradores administrativos: una asistencia de la correspondiente a un Vocal del Tribunal.

- Colaboradores materiales: 1/2 asistencia de la correspondiente a un Vocal del Tribunal.

Sexta.- Proceso selectivo.

La selección tendrá lugar por el sistema de concurso. El concurso constará de dos fases: fase de autobaremación y fase de entrevista personal. Solamente quienes superen la primera fase, que será eliminatoria, pasarán a la segunda. La suma de puntuación obtenida en ambas fases será la que determine el orden final de los aspirantes, quedando seleccionado de entre los mismos y por dicho orden un número de 10 aspirantes para la categoría de Médico/a, 10 aspirantes para la categoría de Enfermero/a, 15 aspirantes para la categoría de Analista de Laboratorio, 5 aspirantes para la categoría de Auxiliar Clínico y 10 aspirantes para la categoría de Conductor/a.

6.1. Fase de autobaremación.

En esta fase se valorará la formación de los aspirantes. El Tribunal Calificador verificará la autobaremación presentada por los mismos. En dicho proceso de verificación, el Tribunal podrá minorar la puntuación consignada por los aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al anexo III o en el caso de apreciar errores aritméticos. En el supuesto de méritos autobaremados en apartados erróneos, el Tribunal podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello implique aumento de la puntuación total autoasignada por los aspirantes en cada apartado. En ningún caso el Tribunal podrá otorgar una puntuación mayor a la consignada en cada apartado del baremo por los aspirantes. Pasarán a la siguiente fase sólo los 20 primeros candidatos de cada categoría con mayor puntuación.

Esta fase tendrá una valoración de 12 puntos como máximo y se ajustará al siguiente baremo:

a) Formación académica. Se valorará hasta un máximo de 4 puntos y de la siguiente forma:

- Titulación académica inmediatamente superior a la exigida a la categoría: 1 punto.

- Otras titulaciones relevantes: 0,25 puntos hasta un máximo de 1 punto.

- Por cursos, jornadas, seminarios, etc., realizados en organismos oficiales o centros homologados sobre materias directamente relacionadas con la categoría que se solicita:

Cuando la duración del curso es inferior a 20 horas lectivas o no se acredita la duración del mismo: 0,1 punto.

De 20 horas y hasta 40: 0,2 puntos.

De 41 horas y hasta 80: 0,3 puntos.

De 81 horas y hasta 160: 0,4 puntos.

De 161 horas o más: 0,5 puntos.

La valoración de los cursos requiere la acreditación mediante copia compulsada del correspondiente certificado de asistencia.

- Ponencias a Congresos, Jornadas o Reuniones organizadas por Entidades docentes acreditadas o Sociedades Científicas (dos primeros firmantes): 0,2 puntos.

- Comunicaciones a Congresos, Jornadas o Reuniones organizadas por Entidades docentes acreditadas o Sociedades Científicas (primer firmante): 0,05 puntos.

- Artículos publicados en revistas profesionales (dos primeros firmantes): 0,1 punto.

- Premios de investigación otorgados por Sociedades Científicas y/o Organismos oficiales: 0,5 puntos.

b) Experiencia profesional. Se valorará hasta un máximo de 8 puntos y de la siguiente forma:

- Haber prestado servicios anteriormente en el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, en puestos de categoría igual a los que se opta: 0,2 puntos por mes completo de servicios y a 0,0066 puntos por día de servicio, hasta un máximo de 5 puntos, debiendo acreditarse mediante certificado de empresa, vida laboral o certificado de los servicios prestados, cumplimentados por el órgano competente.

- Haber prestado servicios anteriormente en el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, en puestos de cualquier categoría: 0,1 punto por mes completo de servicios y a 0,0033 puntos por día de servicio, hasta un máximo de 4 puntos, debiendo acreditarse mediante certificado de empresa, vida laboral o certificado de los servicios prestados, cumplimentados por el órgano competente.

- Haber prestado servicios en la administración pública, en puestos de categoría igual a los que se opta: 0,06 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 3 puntos, debiendo acreditarse mediante certificado de empresa, vida laboral o certificado de los servicios prestados, cumplimentados por el órgano competente.

- Haber prestado servicios en la administración pública, en puestos de cualquier categoría: 0,05 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 3 puntos, debiendo acreditarse mediante certificado de empresa, vida laboral o certificado de los servicios prestados, cumplimentados por el órgano competente.

- Haber prestado servicios anteriormente en el sector privado, en puestos de trabajo de responsabilidad y funciones similares a las del puesto de trabajo al que se opta 0,05 puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 3 puntos, debiendo acreditarse mediante certificado de empresa, vida laboral o certificado de los servicios prestados, cumplimentados por la empresa correspondiente.

No se podrá puntuar por los mismos períodos en más de un apartado.

En el caso de empate, la prelación vendrá determinada por las siguientes circunstancias por orden de preferencia:

a) Puntuación en la Experiencia profesional (suma parcial B).

b) Puntuación en la Formación Académica (suma parcial A).

c) Mayor antigüedad en el ICHH.

6.2. Fase de entrevista personal.

El Tribunal Calificador procederá a realizar una entrevista personal a los 20 primeros candidatos de cada categoría con mayor puntuación en la fase de concurso.

Esta fase tendrá una valoración de 5 puntos como máximo.

Séptima.- Elaboración y exposición de las listas de reserva.

Efectuada la valoración de los méritos por el Tribunal, el Secretario levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo que hayan actuado, y hará constar en el mismo los aspirantes presentados, las puntuaciones otorgadas a los aspirantes en la fase de concurso y en la fase de la entrevista personal y la suma de ambas, que determinará el orden final de los aspirantes y las incidencias que, a juicio del Tribunal, deban reflejarse en acta.

Vistos los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará incluido en las listas de reservas a un máximo de 10 aspirantes para la categoría de Médico/a, 10 aspirantes para la categoría de Enfermero/a, 15 aspirantes para la categoría de Analista de Laboratorio, 5 aspirantes para la categoría de Auxiliar Clínico y 10 aspirantes para la categoría de Conductor/a. Las listas de reservas provisionales se expondrán, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, debidamente certificadas por el Secretario y con el visto bueno del Presidente en los tablones de anuncios del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, calles Eusebio Navarro, 77, Las Palmas de Gran Canaria y Méndez Núñez, 14, Santa Cruz de Tenerife, señalándose un plazo de cinco días hábiles para la subsanación de defectos. Dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de la finalización de este último, se publicará en los citados tablones de anuncios las lista de reservas definitiva.

Octava.- Llamamientos.

Cuando se precise proveer un puesto con los seleccionados en la forma prevista en esta Resolución, se efectuará el llamamiento mediante burofax a los tres primeros aspirantes de la correspondiente lista, debiendo el aspirante contactar con el Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia el mismo día o antes de las 14,00 horas del día siguiente a partir de la fecha del llamamiento, y manifestar su disposición a proveer la plaza que se le asignará al aspirante al que le corresponda. Para la formalización del contrato deberá aportar la documentación necesaria, que se le solicite al efecto. En caso de que no la presente o ésta no esté en vigor decaerá en su derecho y quedará excluido.

Examinada y admitida la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas. Los contratos se formalizarán por escrito de conformidad con las disposiciones en vigor.

Son causas justificadas para aplazar la contratación las siguientes:

- Encontrarse en incapacidad temporal (enfermedad).

- Encontrarse en el permiso por maternidad, adopción o acogimiento.

- Estar desempeñando cargo público o sindical.

- Estar trabajando en otra empresa en el momento de ser llamado, debiendo aportar copia del contrato.

- Estar desempeñando funciones para este Organismo u otra Administración Pública, aportando el correspondiente nombramiento y/o contrato.

- Tener al cuidado hijos menores de 3 años.

- Estar trabajando en otra Empresa o Administración en los períodos de suspensión obligatoria de los contratos de sustitución, respetando la elección de uno u otro contrato, en el momento de su llamamiento.

Las causas para aplazar la contratación deberán manifestarse por escrito en el plazo de cinco días desde la realización del llamamiento. Una vez finalizadas las causas justificadas anteriormente, el interesado deberá comunicarlo a la Administración, en el plazo máximo de 5 días hábiles a partir de la fecha de finalización de la causa que motivó su aplazamiento, quedando excluido de la lista en caso contrario.

Quienes justifiquen su renuncia al tercer llamamiento, por causa de incapacidad temporal o por un contrato de trabajo, pasarán a ocupar el último lugar de la lista, y de persistir estas circunstancias una cuarta vez, serán excluidos de la misma.

Las personas seleccionadas que renuncien a la contratación ofertada, o bien compareciendo a la misma manifiesten cualquier causa que les impida suscribir el contrato de trabajo, salvo los motivos justificados expresados anteriormente, quedarán excluidas en su derecho de formar parte de las listas de reserva.

También quedarán excluidos de la lista cuando se haya extinguido la relación contractual por causa de despido procedente, por sentencia firme.

Novena.- Vigencia.

Una vez publicadas las listas de reservas, mantendrán la vigencia temporal prevista en el III Convenio Único del Personal Laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante la Ilma. Sra. Presidenta del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2004.- La Presidenta, Felícitas Díaz-Flores Estévez.

Ver anexos - páginas 10505-10507

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