Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 133. Viernes 6 de Octubre de 2000 - 1360

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1360 - DECRETO 174/2000, de 6 de septiembre, por el que se declara el Palacio de Nava, en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, isla de Tenerife, Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento.

Descargar en formato pdf

Por Resolución de la Dirección General de Patrimonio Artístico y Cultural del Ministerio de Educación y Ciencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 242, de 8 de octubre de 1976, se incoó expediente para la declaración del Palacio de Nava en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (B.O.E. nº 155, de 29.6.85) y Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio (B.O.E. nº 52, de 2.3.94).

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 6 de septiembre de 2000,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Declarar como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento el Palacio de Nava, en el término municipal de San Cristóbal de La Laguna, isla de Tenerife, de acuerdo con la descripción y delimitación que figuran en el anexo I, así como ubicación en plano que se recoge en el anexo II a este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de septiembre de 2000.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Román Rodríguez Rodríguez.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

A N E X O I

Descripción.

Edificado dentro del Conjunto Histórico de San Cristóbal de La Laguna, el Palacio de Nava se sitúa en la esquina noroeste de la Plaza del Adelantado, ofreciendo dos fachadas: la principal, a la propia plaza y a la calle Nava, antes calle del Agua, y una lateral a la calle Deán Palahi, al sur. La Casa o Palacio de Nava es un acreditado ejemplo de arquitectura culta en las islas, si bien la fachada no observa los preceptos de un estilo determinado al ser ésta producto de sucesivas adiciones.

El inmueble cuenta con planta rectangular, dos patios interiores y una huerta trasera. La configuración de la huerta y del patio más próximo a ella se ha visto alterada por añadidos modernos: el patio fue dividido en dos por un pasillo que lo cruza a doble altura; un muro de cerca divide por la mitad la huerta trasera.

La fachada principal, enteramente cubierta de cantería y con fajas de almohadillado en ambas esquinas, es de dos plantas. Remata en parapeto un abalaustrado con coronamiento central que oculta la tradicional cubierta de teja árabe. Ofrece cinco vanos en cada planta alineados simétricamente; la ubicación de la portada es axial.

En la planta baja, la puerta de entrada, adintelada y con el escudo de los Grimón tallado en piedra sobre el friso, está flanqueada por columnas pareadas, corintias, sobre plinto con decoración romboidal. En la primera planta destacan los balcones, de rejería, con la base de piedra apeando sobre canes en forma de S tendida; el exterior de las ventanas se decora con pilastras toscanas molduradas y frontón triangular (las puertaventanas fueron reformadas para adaptarlas al gusto neoclásico; de hecho, hacia el interior, aún se aprecian los típicos derrames capialzados). El vano central, en correspondencia simétrica, respeta la anchura del de la planta baja. Repite, asimismo, las columnas pareadas de orden corintio sobre plinto; remata en un frontón semicircular partido que enlaza con la cornisa. Sobresaliendo de ésta, muy próximas al frontón, destacan dos gárgolas pétreas, zoomorfas. El coronamiento del frontispicio es enteramente barroco y recuerda a los áticos con que se remataban los retablos. En el centro figura el escudo de los marqueses de Villanueva del Prado; a los lados, columnas salomónicas pareadas, y cornisa retranqueada en la parte superior, con remates en forma de pagoda y roleos en el ápice. En los laterales, enlazando esta cornisa con el parapeto, dos aletas con idéntica decoración de roleos y remates.

En la fachada lateral el paramento es liso, con alero de tres hileras de teja. En el interior destaca el patio principal, al que se accede franqueando el zaguán y una verja de hierro. La galería alta es cerrada, de fábrica y con ventanales hacia el patio. Del corredor bajo, abierto con losa chasnera, destacan las columnas que soportan la galería. Talladas en piedra basáltica, presentan plintos decorados por sus cuatro caras; fustes acanalados en su primer tercio y con estrías helicoidales, a partir de un collarín, en los dos tercios siguientes, y capiteles corintios apoyando en zapatas de madera.

En la crujía posterior del patio oeste, dos arcos de medio punto comunican bien con el segundo patio, a través de un corredor, bien con la planta alta. Una escalera de mármol abalaustrada, de tres tramos con dos descansillos, conduce a la planta alta. El volumen y la pesadez de su estructura obliga a apear el rellano superior con una columna toscana. Sobre esta escalera hallamos un artesonado ochavado, con el escudo familiar en el almizante, de talla profusa en los faldones y policromado. Combina la destreza mudéjar en la talla con la influencia portuguesa (cromatismo), considerada por algunos autores como el mejor exponente de cubierta portuguesa en Canarias.

Delimitación.

El entorno afectado por el Monumento, se define por un polígono cuyos vértices son los siguientes:

VÉRTICE A.- Es el formado por la intersección de la línea imaginaria coincidente con el eje de la calle Nava y Grimón y la prolongación de otra línea imaginaria, por la medianería del edificio situado en la calle Plaza del Adelantado, 3, esquina a la calle Nava y Grimón (del plano del catastro) y el siguiente por la calle Nava y Grimón.

VÉRTICE B.- La prolongación de esta línea imaginaria que coincide con la mediana de la calle Nava y Grimón hasta su intersección con la línea imaginaria coincidente con la prolongación de la línea de medianería del edificio que se ubica junto al Palacio de Nava por la calle Nava y Grimón y el siguiente que hace esquina a la calle Bencomo.

VÉRTICE C.- La prolongación de esta última línea imaginaria descrita hasta su intersección con la línea también imaginaria coincidente con la línea de fachada posterior de este mismo edificio.

VÉRTICE D.- La prolongación de esta línea imaginaria coincidente con la línea de fachada posterior hasta su intersección con la línea imaginaria que coincide con la medianería Norte del propio Palacio de Nava.

VÉRTICE E.- La prolongación de esta línea imaginaria por la medianería hasta su intersección con otra línea imaginaria coincidente con la fachada posterior del propio edificio Palacio de Nava.

VÉRTICE F.- La prolongación de esta línea imaginaria coincidente con la fachada trasera del Palacio de Nava cruzando la calle Deán Palahi hasta su intersección con otra línea imaginaria paralela a la fachada del Convento de las Monjas Catalinas a la calle Deán Palahi a 10 metros de profundidad.

VÉRTICE G.- La prolongación de esta línea imaginaria atravesando la calle Plaza del Adelantado hasta su intersección en el interior de la Plaza del Adelantado, con la prolongación de la línea imaginaria que coincide con la medianería entre el edificio situado en la Plaza del Adelantado, 3, esquina a Nava y Grimón y el siguiente por la Plaza del Adelantado, números 4, 5 y 6 (del plano del catastro).

VÉRTICE H.- La prolongación de esta línea imaginaria hasta su intersección con otra línea imaginaria coincidente con la medianería de este mismo edificio y el contiguo por la calle Nava y Grimón. Y la prolongación de esta línea hasta el vértice A anteriormente descrito, cierra el perímetro de delimitación, entendiéndose incluidos en el presente ámbito de respeto todos los edificios y espacios libres anteriormente definidos.

Ver anexos - página 15877

© Gobierno de Canarias