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BOC Nº 074. Miércoles 9 de Junio de 1999 - 953

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

953 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 6 de abril de 1999, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 26 de enero de 1999, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual nº 43 de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, consistente en posibilitar la construcción de un paso inferior a la Carretera General LZ-2.

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de fecha 26 de enero de 1999, de la Modificación Puntual nº 43 de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, consistente en posibilitar la construcción de un paso inferior a la Carretera General LZ-2.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de abril de 1999.- El Director General de Urbanismo, Juan César Muñoz Sosa.

A N E X O

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 26 de enero de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual nº 43 de las Normas Subsidiarias de San Bartolomé de Lanzarote, consistente en posibilitar la construcción de un paso inferior a la Carretera General LZ-2.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado al Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote y al Cabildo Insular de Lanzarote.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente certificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1986 y artículo 145 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias por remisión del artículo 2 de dicha norma territorial.

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