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Por Orden de 23 de octubre de 1998 (B.O.C. nº 151, de 2.12.98) se establecieron las bases y se efectuó convocatoria para la concesión de ayudas y subvenciones en el área de protección del menor y la familia durante el ejercicio de 1999.
A su vez, mediante Orden de 8 de marzo de 1999 (B.O.C. nº 46, de 16.4.99) se determinó el importe de los créditos presupuestarios destinados a la financiación de la concesión de las ayudas y subvenciones de referencia.
Vistas las solicitudes presentadas como consecuencia de la convocatoria e instruidos los correspondientes expedientes, se deduce la imposibilidad de resolver dentro del plazo previsto en el punto 2 de la base duodécima por las siguientes razones:
a) En lo que se refiere a las subvenciones, por la obligada adaptación de los programas presentados por las Entidades Locales e Instituciones sin fines de lucro a los objetivos establecidos en el Plan Integral del Menor en Canarias y por haber sido preciso cursar requerimientos a los interesados, a fin de que aportaran documentación complementaria omitida en el momento de presentación de solicitudes.
b) Por lo que respecta a las ayudas, dado el elevado número de solicitudes y por la imposibilidad de ultimar la comprobación de todos aquellos documentos incorporados a los expedientes debido a los requerimientos cursados a los interesados en fase de subsanación.
En su virtud, a tenor de lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a propuesta de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia, y en uso de las facultades que tengo conferidas por el artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,
R E S U E L V O:
Ampliar el plazo de resolución de solicitudes de ayudas individuales y subvenciones institucionales en el área de protección del menor y la familia hasta el 31 de mayo de 1999.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 1999.
EL CONSEJERO DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES, Víctor Manuel Díaz Domínguez.
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