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Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Industria, Comercio y Consumo para la modificación parcial de su relación de puestos de trabajo.
Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo a las exigencias actuales de dicho Departamento.
Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 21.3 de la Ley 16/1990, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1991 y demás normativa vigente de aplicación.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Función Pública y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 1991,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Aprobar la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Industria, Comercio y Consumo en los términos del anexo.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y surtirá efectos económicos desde el día 1 de enero de 1992.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 1991.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Jerónimo Saavedra Acevedo.
EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, Blas Gabriel Trujillo Oramas.
EL CONSEJERO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA,
José Miguel González Hernández.
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