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El Decreto 54/1988, de 12 de abril, por el que se aprueba la metodología que regirá la valoración de competencias que se transfieran a los Cabildos Insulares, dispone, por lo que a la actualización de las valoraciones se refiere, que los costes de personal y de funcionamiento, se actualizarán con los mismos criterios que los señalados para la Administración de la Comunidad Autónoma.
Por otra parte, la Disposición Final del Decreto 87/1989, de 1 de junio, referente a la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, establece que la materialización de las transferencias asumidas por los Cabildos, quedará subordinada a la previa confección de las Actas de entrega y recepción de los medios personales, materiales y recursos transferidos.
Habiéndose publicado recientemente la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, se hace preciso de conformidad con su Disposición Transitoria Tercera, previo Acuerdo aprobado en la Comisión de Transferencias, proceder a la actualización de aquellas situaciones que hasta la materialización de dichas transferencias se han observado.
En su virtud, visto el Acuerdo adoptado por la Comisión de Transferencias de Competencias a los Cabildos Insulares, y a propuesta del Consejero de la Presidencia, tras la deliberación del Gobierno en su sesión del día 28 de noviembre de 1990,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Actualizar el Decreto por el que se establece la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de El Hierro, en el sentido que a continuación se expresa:
Decreto 87/1989, de 1 de junio, por el que se establece la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de El Hierro, de las competencias en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico insular, en el sentido que a continuación se expresa:
En el anexo I, en la N. RPT, donde dice: "3468", debe decir: "3488".
DISPOSICION FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de noviembre de 1990.
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.
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