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Vista la Orden de 6.6.89, de la Consejería de Turismo y Transportes, por la que se acuerda la declaración de caducidad de la concesión número 07/U3311/40 del Servicio Regular de Transporte de Viajeros del Suroeste de La Palma.
Resultando que está sobradamente justificada la necesidad de reestablecer el Servicio Regular de Transporte de Viajeros por Carretera en el Suroeste de La Palma y adecuarlo a la nueva situación que plantea la demanda actual y potencial de los usuarios de dicho servicio.
Considerando que de acuerdo con el artº. 11 en relación con el 10 del Reglamento de Ordenación de Transportes Mecánicos por Carretera, aprobado por Decreto de 9 de diciembre de 1949, debe procederse a la aprobación de un anteproyecto en el que se incluyan Memoria, descripciones técnicas y estudios económicos que jusfitiquen la viabilidad y establezcan las características y condiciones de la explotación, así como la apertura del correspondiente trámite de información pública en el expediente de establecimiento del Servicio Público citado.
Considerando que el artº. 11 del Decreto Territorial 26/1984, de 27 de enero, modificado por los Decretos 123/1985, de 19 de abril, y 23/1987, de 13 de marzo, atribuye al Director General de Transportes competencias para la incoación, tramitación y resolución de los expedientes de creación de líneas de servicios regulares de viajeros a establecer por iniciativa de la Administración autonómica.
Vista la Memoria explicativa, planos y demás informes elaborados y reunidos por los Servicios de esta Dirección General.
Vista la Orden de 22 de marzo de 1990, de la Consejería de Turismo y Transportes, por la que se acuerda la tramitación, por el procedimiento de urgencia, del expediente de establecimiento del Servicio Regular Permanente de Transportes de Viajeros de Uso General, R E S U E L V O:
Primero: aprobar el anteproyecto de establecimiento y explotación del Servicio Regular Parmenente de Transporte de Viajeros de Uso General del Suroeste de La Palma.
Segundo: acordar la apertura del trámite de información pública al objeto de que por los interesados sea examinado el citado anteproyecto que obra en las oficinas de la Dirección General de Transportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, ubicadas en la calle Agustín Millares Carló, s/n, Edificio de Usos Múltiples, Las Palmas de Gran Canaria, y en la Avenida Tres de Mayo, Estación de Guaguas de Santa Cruz de Tenerife, y aleguen lo que estimen conveniente en el plazo de 15 días hábiles.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de marzo de 1990.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
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