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Esta beca cubre el pago de la matrícula de las asignaturas del curso 2021-2022.
Repetidores:
Umbrales económicos:
Para acceder a la beca de matrícula no se podrán superar los umbrales de ingresos económicos familiares anuales: Renta del año 2020 + Patrimonio familiar.
Umbral de aplicación beca de matrícula (Umbral 3).
N.º de miembros de la familia | Umbral de renta anual |
1 | 14.826 |
2 | 25.308 |
3 | 34.352 |
4 | 40.796 |
5 | 45.598 |
6 | 49.224 |
7 | 52.810 |
8 | 56.380 |
Por cada miembro a partir del 8º | 3.562 |
Umbrales económicos:
Umbral de aplicación beca de cuantía fija por renta (Umbral 1).
N.º de miembros de la familia | Umbral de renta anual |
1 | 8.422 |
2 | 12.632 |
3 | 16.843 |
4 | 21.054 |
5 | 24.423 |
6 | 27.791 |
7 | 31.160 |
8 | 34.529 |
Por cada miembro a partir del 8º | 3.368 |
Umbrales económicos:
Residentes en Gran Canaria y Tenerife que estudian en universidades Canarias.
N.º de miembros de la familia | Umbral de renta anual |
1 | 13.236 |
2 | 22.594 |
3 | 30.668 |
4 | 36.421 |
5 | 40.708 |
6 | 43.945 |
7 | 47.146 |
8 | 50.333 |
Por cada miembro a partir del 8º | 3.181 |
Residentes en islas no capitalinas y/o que estudian en la península.
Nº de miembros de la familia | Umbral de renta anual |
1 | 14.112 |
2 | 24.089 |
3 | 32.697 |
4 | 38.831 |
5 | 43.402 |
6 | 46.853 |
7 | 50.267 |
8 | 53.665 |
Por cada miembro a partir del 8º | 3.391 |
Esta beca está destinada a los estudiantes que por sus estudios hayan de residir en una isla distinta a su domicilio familiar o fuera de Canarias.
Estudiantes en universidades canarias:
Estudiantes en universidades de la península:
Los estudiantes participantes en los programas ERASMUS o SICUE que no hagan el curso completo fuera, percibirán la parte proporcional de la BECA DE RESIDENCIA y la cuantía adicional por transporte aéreo/ marítimo de los meses de permanencia en la universidad de origen. Y Los estudiantes participantes en los programas ERASMUS o SICUE que hagan el curso completo fuera, percibirán la cuantía fija a la residencia y la cuantía adicional por transporte aéreo o marítimo.
Con determinados grados reconocidos de discapacidad.
Podrá obtener en el curso 2021-2022, la beca básica, o beca de matrícula según corresponda, la cuantía fija ligada a la renta, la cuantía fija ligada a la residencia y la cuantía variable que resulte de la aplicación de la fórmula, en el caso de convocarse, sin que les sean de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada en el curso 2020-2021 ni el límite del número de años con condición de becario, ni la exigencia de superar un determinado porcentaje de créditos, asignaturas, módulos u horas en el curso 2020-2021 para el que haya resultado beneficiario de la beca.
La convocatoria en su resuelvo duodécimo fija la cuantía de la ayuda por diversidad funcional:
a) Grado de discapacidad superior o igual al 33 % e inferior o igual al 49 %: 600 euros.
b) Grado de discapacidad superior o igual al 50 % e inferior o igual al 65 %: 900 euros.
c) Grado de discapacidad superior al 65%: 1.500 euros.
Excepcionalmente, podrá otorgarse el doble del importe previsto en el apartado c) anterior para aquellas personas que además de tener reconocido dicho grado de discapacidad, tengan acreditado y reconocido un nivel de dependencia Grado III nivel dos.
Podrá obtener en el curso 2021-2022, la beca básica, o beca de matrícula según corresponda, la cuantía fija ligada a la renta, la cuantía fija ligada a la residencia y la cuantía de transporte, las personas víctimas de violencia de género y/o sus hijos e hijas menores de veintitrés años, sin que les sean de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada en el curso 2020-2021 ni el límite del número de años con condición de becario, teniendo que acreditar que en el curso 2020-2021 se ha producido un menor rendimiento académico con causa directa en dicha condición, declarada por sentencia condenatoria.
Modalidades de becas:
Para ampliar información: Ver del resuelvo sexto al decimotercero de la convocatoria.