Comunicaciones

BECAS DEL GOBIERNO DE CANARIAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EN EL CURSO 2020-2021.

Corrección de errores del Anexo I de la concesión extraordinaria de becas:

Concesión extraordinaria de becas:

Estimación de los recursos potestativos de reposición interpuestos a la segunda relación de concesión definitiva de becas y corrección de errores de la Resolución de 23 de diciembre de 2020.

BOC Nº 65. Martes 30 de marzo de 2021. Resolución de 19 de marzo de 2021, por la que se resuelve aprobar y publicar la segunda relación de concesión definitiva de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2020/2021, se reconoce la obligación y se propone el pago.

  • Recurso potestativo de reposición.

  • Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, por dictarse en virtud de competencias delegadas por la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

    Plazo de presentación de recurso potestativo de reposición: del 31 de marzo al 30 de abril de 2021, ambos inclusive.

Estimación de los recursos potestativos de reposición interpuestos y corrección de errores de la Resolución de 23 de diciembre de 2020.

Segunda relación de concesión provisional de becas para la realización de estudios universitarios, curso 2020-2021.

Primera relación de concesión definitiva de becas para la realización de estudios universitarios, curso 2020-2021.

Recurso potestativo de reposición.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, por dictarse en virtud de competencias delegadas por la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Director General de Universidades, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Primera relación de concesión provisional de becas para la realización de estudios universitarios, curso 2020-2021.

  • BOC Nº 248. Viernes 4 de diciembre de 2020.

  • Resolución de 27 de noviembre de 2020, por la que se resuelve aprobar y publicar la primera relación de concesión provisional de becas para la realización de estudios universitarios en el curso académico 2020/2021, denegando las que no cumplen con los requisitos y requiriendo subsanación de las solicitudes presentadas con defectos.

Plazo de subsanación y alegaciones:

Fecha de publicación: 4/12/2020.

El plazo de subsanación y alegaciones finaliza el 22 de diciembre de 2020.

COMUNICADO: SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE BECAS.

La Dirección General de Universidades a la vista de que al intentar presentar la solicitud de las becas para el curso 2020/2021, en algunos casos se genera el Error Cl@ve nivel bajo comunica al estudiantado lo siguiente:

Tal y como indica el comunicado relativo a los sistemas de identificación en el procedimiento de becas, la presentación de la solicitud requiere de un nivel de seguridad medio-alto por lo que, cuando se genera el error antes mencionado es necesario aumentar el nivel de seguridad de su Cl@ve para lo cual deberá acreditar su identidad en una oficina de registro de la Administración del Estado, de la Administración autonómica o de la Administración local, siendo indispensable solicitar cita previa.

Dado que el plazo de presentación de las solicitudes termina el día 2 de noviembre, aconsejamos a los interesados que realicen este trámite urgentemente.

Para más información, puede contactar con el servicio de atención de la plataforma Cl@ve, telefónicamente marcando el 060, a través del siguiente formulario: https://ssweb.seap.minhap.es/ayuda/consulta/Claveciudadanos
o puede consultar la páginas web de las universidades públicas canarias:

https://www.ulpgc.es/becas/becas-comunidad-autonoma-canarias-cac

https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showprocedure/561

SISTEMAS DE IDENTIFICACIÓN EN EL PROCEDIMIENTO DE BECAS.

La Dirección General de Universidades comunica al estudiantado que en la próxima convocatoria de becas para el curso 2020/2021 , así como para cualquier otro procedimiento con tramitación electrónica de esta Dirección General, que se inicie a partir de septiembre de 2020, será imprescindible para la presentación de la solicitud, que el interesado en el procedimiento disponga de alguno de los sistemas de identificación establecidos en el artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y admitidos por la Sede electrónica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes con nivel de seguridad medio-alto, es decir: Certificado Electrónico/DNI electrónico o sistema Cl@ve.

Certificado Electrónico: http://www.fnmt.es/
DNI electrónico: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/
Sistema Cla@ve: https://clave.gob.es/clave_Home/dnin/queEs.html

Más información en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias:

https://sede.gobcan.es/sede/la_sede/sistemas_firma

Así mismo se recuerda que la convocatoria de becas para el curso 2020/2021 solo admite la tramitación electrónica.