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Reintegro o renuncia de becas concedidas

  • Deberán devolver todos los importes de la beca recibida los alumnos que hayan anulado la matrícula.
  • Deberán devolver todos los importes de la beca recibida, con la excepción de la beca de matrícula, los alumnos que no hayan superado el 50 por ciento de los créditos matriculados, en la convocatoria ordinaria o extraordinaria.
  • En el caso de ingenierías y arquitectura hay que superar el 40 por ciento para no devolver la beca.
  • Los Estudiantes con beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional - incompatible con la beca del Gobierno de Canarias.
  • En caso de encontrarse en uno de los supuestos anteriores deberá de presentarse la renuncia a la beca concedida utilizando el modelo disponible en la Web de la Dirección de Universidades:
  •  Modelo renuncia o devolución de la beca concedida. (Expedientes de reintegro de subvenciones, becas y ayudas - Procedimiento de reintegro de becas y ayudas para la realización de estudios universitarios.)