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Requisitos

  1. Tener residencia en las Islas Canarias y cursar estudios superiores en centros públicos, en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros públicos en la isla de residencia, para el curso 2020/2021.
  2. Haber realizado matrícula en estudios de educación superior en un centro público. Los estudios de educación superior, tal y como establece el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, son: La enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior.
  3. En el caso de las enseñanzas universitarias y las enseñanzas artísticas superiores, las personas beneficiarias deberán estar matriculadas en enseñanzas presenciales, con un mínimo de 45 créditos (o equivalente), salvo las que estén en cursos finales, para las que bastará estar matriculadas de los créditos que les queden para finalizar la enseñanza.
  4. En el caso del resto de enseñanzas de Educación Superior deberán estar cursando enseñanzas presenciales, a tiempo y curso completo, salvo los que estén en cursos finales, para los que bastará estar matriculado de lo que les reste para finalizar la enseñanza.