Guías de Turismo

Los guías de turismo son profesionales que tienen la oportunidad de un contacto privilegiado con los turistas, dando a conocer el patrimonio natural y cultural de las islas, sus tradiciones y en esa medida tienen la responsabilidad de transmitir no solo una información amplia y veraz sino también de despertar en ellos el respeto y la pasión por las islas. Para el ejercicio de la profesión de guía de turismo se requiere la posesión de una autorización administrativa o habilitación, para cuya obtención se requiere superar un examen o prueba de habilitación que convoca periódicamente la Dirección General de Ordenación, Formación y Promoción Turística. Tras la aprobación y publicación del Decreto 88/2012, de modificación del Decreto 13/2010, ésta es la única forma de obtención del carné de guía de turismo, desapareciendo el procedimiento que permitía a los diplomados en turismo y otros titulados la obtención directa sin examen.

En virtud del principio comunitario de libre prestación de servicios, los guías de turismo de otros estados de la UE podrán ejercer la profesión con carácter temporal con motivo de una prestación ocasional y transfronteriza, sin sufrir limitaciones innecesarias en dicha prestación. Se permite el ejercicio, sin necesidad de obtener el carné, pero sujeto a la obligación de presentar la declaración prevista en el artículo 7 de la Directiva 2005/36/CE.

 

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Convocatoria 2025

Nueva convocatoria de las pruebas para la habilitación de Guías de Turismo de Canarias, y de ampliación de idiomas de guías ya habilitados. La primera prueba (escrito) para los inscritos en las pruebas de nueva habilitación tendrá lugar el día 17 de marzo de 2026, a las 10:00 hrs. (base novena).

 

Pruebas para la habilitación de Guías de Turismo de Canarias 2025, convocadas por Resolución 674/2025, de 22 de octubre, así como para la ampliación de idiomas , convocadas por la Resolución 675/5025, de 22 de octubre.

 

El plazo permanecerá abierto desde el día 14 de noviembre hasta el día 15 de diciembre de 2025, inclusive.

 

Puede realizar la inscripción a través de los siguientes enlaces:

- Inscripción para las pruebas, nueva habilitación.  

- Inscripción para las pruebas,  ampliación de idiomas.

 

Pago de tasas-modelo 700 (ver siguiente apartado, Modelo telemático para el pago de tasas)

 

El temario  del examen figura como Anexo I del Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente. Los temas 29 y 30 del Anexo I, Unidad Temática IV, se modificaron según el Decreto 9/2013, de 19 de febrero, del Presidente, por el que se modifica el Decreto 212/2011.

Los temas no están desarrollados, no existe un libro oficial con el temario desarrollado, por lo que las personas aspirantes necesitarán elaborar por su cuenta los contenidos, pudiendo consultar libros, publicaciones y páginas web relacionadas con el mismo. Puede encontrarse información sobre algunos contenidos en las páginas webs de los departamentos con competencia en cultura, patrimonio, etc, de las Consejerías del Gobierno de Canarias, de los Cabildos Insulares (y Patronatos de Turismo) y de los Ayuntamientos.

Ejemplos de pruebas anteriores.

 

Para más información puede ponerse en contacto con el 012.

 

La información relevante de las pruebas (lugares, días y horas de celebración de los ejercicios, listados de admitidos y excluidos, composición de los tribunales, actas certificaciones, emplazamientos) será accesible a través de la página web de este centro directivo: https://www.gobiernodecanarias.org/turismo/dir_gral_ordenacion_promocion/guias_de_turismo/index.html (base undécima.- Publicidad e Información en la web).

 

Desplegar Modelo telemático para el pago de tasas

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Tramitación para Guías ya habilitados

       La fotografía a aportar debe ser reciente, con fondo uniforme blanco o liso, tomada de frente, con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier            otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.

TRAMITACIÓN PARA GUÍAS COMUNITARIOS (UE)

Listado de Guías habilitados

El listado contiene los datos de Guías de Turismo de Canarias habilitados, residentes en Canarias, que han renovado su carnet, con la finalidad exclusiva de facilitar su contratación. Este listado sólo incluye los guías ejercientes.

Si usted es un Guía de Turismo de Canarias y no figura en el listado, compruebe la fecha de caducidad de su carné, y en su caso solicite la renovación o reexpedición de su carné ; si desea modificar los datos que figuran en el mismo o ejercitar su derecho de oposición a que sus datos figuren en el listado de guías ejercientes en Canarias, debe formular solicitud de modificación de datos.  

Para cualquier observación o consulta sobre la materia, pueden enviar un correo a eturcan.turic@gobiernodecanarias.org 

Normativa que afecta a los Guías de Turismo

Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

5/29/20

Decreto 45/2020, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio

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Presidencia del Gobierno

11/22/12

Decreto 88/2012, de 15 de noviembre, de modificación del Decreto 13/2010, de 11 de febrero, por el que se regula el acceso y ejercicio de la profesión de guía de turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias

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Presidencia del Gobierno

2/28/12

Decreto 9/2013, de 19 de febrero, por el que se modifica el Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente, de desarrollo del Decreto 13/2010, de 11 de febrero, sobre acceso y ejercicio de la profesión de Guía de Turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias

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