En esta página se resumen las principales novedades y medidas tributarias en el presente ejercicio.
También puede consultar los resúmenes tributarios de años anteriores en el apartado de
Publicaciones.
[27/03/24]
Modificación del Reglamento de gestión de los tributos derivados del REF [+]
Decreto 51/2024, de 25 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por Decreto 268/2011, de 4 de agosto (BOC nº 63 de 27/03/2024).
El presente Decreto modifica exclusivamente aspectos de desarrollo reglamentario relativos al Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), con cuatro grandes objetivos:
a) Generalizar la obligación de presentar las declaraciones censales de comienzo, modificación y cese y de la declaración de operaciones económicas con terceras personas, así como realizar diversos ajustes técnicos en la regulación reglamentaria de las declaraciones censales. Entre otras medidas, se generaliza a todos los empresarios o profesionales establecidos en Canarias, con independencia de su régimen de tributación, la obligación de presentar la declaración censal de comienzo, modificación o cese.
b) Modificar determinadas obligaciones formales inherentes a los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del pequeño empresario o profesional (REPEP).
c) Adaptación del Reglamento de gestión a diversas modificaciones legales en la normativa estatal y autonómica del IGIC.
d) Modificaciones en el ámbito de la tributación de las operaciones de comercio exterior.
Otras modificaciones
- Modificaciones relativas a la devolución a empresarios o profesionales no establecidos en las Islas Canarias.
- Modificaciones relacionadas con la obligación de llevanza de libros registros y sus requisitos formales.
- Modificación de la regulación del libro registro de facturas recibidas.
- Se unifica el período de liquidación mensual para los empresarios o profesionales que estén obligados o hayan optado por la llevanza de los libros registro a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.
- En relación con los procedimientos administrativos y judiciales de ejecución forzosa de los que deriven operaciones sujetas al IGIC y cuando los adjudicatarios tienen la condición de empresarios o profesionales, se regulan una serie de facultades, en nombre y por cuenta del ejecutado, de los adjudicatarios en el ámbito de la renuncia a las exenciones inmobiliarias y la expedición de la factura.
Entrada en vigor
- El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, con efectos desde el día 1 de enero de 2024.
- La modificación del apartado 1 del artículo 47 nonies tendrá efectos desde la declaración informativa correspondiente al año 2024.
- La modificación de la letra b) del apartado 5 del artículo 140 tendrá efectos desde la declaración informativa correspondiente al año 2024.
- La modificación del apartado 3 del artículo 50 y del apartado 5 del artículo 51 tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2025.
- La modificación de los apartados 1 y 2 del artículo 54 bis y lo dispuesto en la letra d) del apartado 5 del artículo 57 es aplicable a los periodos de liquidación que se inicien a partir del día 1 de enero de 2025.
[15/02/24]
Plan de Acción Anual de la Agencia Tributaria Canaria para 2024 [+]
Resolución de 5 de febrero de 2024, por la que se da publicidad al Plan de Acción Anual de la Agencia Tributaria Canaria para el ejercicio 2024 (BOC nº 34 de 15/02/2024).
El Plan de Acción Anual incluye los recursos disponibles, el plan de objetivos y los criterios que informan el plan de control tributario.
El Plan también incluye un apartado específico dedicado al plan de acción anual de los tributos del bloque de financiación canario, así como los criterios generales de las actividades formativas del personal de la Agencia y los objetivos e indicadores para el seguimiento y evaluación de los resultados del propio Plan.
[09/02/24]
Nuevo modelo 431 de declaración informativa de suministro de gasóleo de uso especial [+]
Resolución de 31 de enero de 2024, por la que se aprueba el modelo 431 de declaración informativa de suministro de gasóleo de uso especial (BOC nº 30 de 09/02/2024).
Los sujetos pasivos que realicen entregas de gasóleo de uso especial (tipo impositivo reducido) sujetas al Impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre Combustibles derivados del petróleo, están obligados a presentar una declaración informativa de datos relativos a tales entregas mediante el modelo 431.
Periodicidad, plazos y vía de presentación
El modelo tiene una periodicidad mensual y se presentará en los mismos plazos que el modelo 430, es decir, durante el mes siguiente al que se refiera la declaración.
La aprobación del nuevo modelo tiene efectos desde el día 1 de enero de 2024, por lo que el primer plazo de presentación es hasta el 29 de febrero de 2024 para la declaración correspondiente al mes de enero.
La presentación del modelo 431 deberá ser obligatoriamente por vía telemática.
En el siguiente enlace con el Calendario del contribuyente puede consultar todos los plazos de presentación correspondientes al ejercicio 2024:
> Calendario del contribuyente
[31/01/24]
Modificación del Reglamento General de gestión e inspección tributaria [+]
Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, por el que se desarrollan las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas, y se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias (BOE nº 27 de 31/01/2024).
[23/01/24]
Novedades tributarias 2024 [+]
La Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024 (BOC nº 255 de 30/12/2023) introduce diversas novedades tributarias que afectan a nuevos tipos impositivos de varios impuestos y tasas, a nuevos productos que se incluyen en el ámbito objetivo de varios impuestos, al Régimen especial del pequeño empresario o profesional (REPEP), a bonificaciones y reducciones.
En el siguiente enlace puede consultar un cuadro resumen con las principales novedades tributarias vigentes desde el 1 de enero de 2024:
> Novedades tributarias 2024
[16/01/24]
Tasas de cuantía fija de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024 [+]
Resolución de 8 de enero de 2024 -de la Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea-, por la que se informa sobre las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024 (BOC nº 10 de 15/01/2024).
[04/01/24]
Listado actualizado de mercancías frecuentes y tipos de gravamen aplicables para el autodespacho de envíos postales y mensajería [+]
[29/12/23]
Precios medios de mercado para determinar el valor de bienes rústicos a efectos tributarios en 2024 [+]
Resolución de 15 de diciembre de 2023, por la que se modifica la metodología de cálculo y los precios medios para estimar el valor de mercado de determinados bienes inmuebles de naturaleza rústica a efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones (BOC nº 251 de 29/12/2023).
La presente Resolución modifica los Anexos 1 y 2 de la Orden 19 de noviembre de 2019:
- Anexo 1: METODOLOGÍA PARA EL CÁLCULO DE LOS PRECIOS MEDIOS DE MERCADO DE LOS SUELOS DE NATURALEZA RÚSTICA
- Anexo 2: PRECIOS MEDIOS DE SUELOS DE NATURALEZA RÚSTICA
La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2024 y resultará aplicable a los hechos imponibles del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se devenguen a partir de esa fecha.
[29/12/23]
Coeficientes aplicables al valor catastral para la valoración de bienes inmuebles urbanos en 2024 [+]
Resolución de 15 de diciembre de 2023, por la que se modifican los coeficientes multiplicadores para estimar el valor de mercado de determinados bienes inmuebles urbanos a efectos de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones (BOC nº 251 de 29/12/2023).
La presente Resolución modifica el Anexo 2 de la Orden de 29 de octubre de 2019, y entrará en vigor el día 1 de enero de 2024 y resultará aplicable a los hechos imponibles del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que se devenguen a partir de esa fecha.
[29/12/23]
Precios medios en el mercado de determinados vehículos y embarcaciones [+]
Resolución de 18 de diciembre de 2023, por la que se actualizan los anexos de la Orden de 22 de abril de 2021, que aprueba, conforme a lo previsto en el artículo 57.1.c) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los precios medios en el mercado de determinados vehículos y embarcaciones (BOC nº 251 de 29/12/2023).
- Se actualizan los precios medios en el mercado de los vehículos y embarcaciones que figuran en los Anexos I, III, V, VII y IX de la Orden de 22 de abril de 2021, referidos a vehículos comerciales e industriales, caravanas, buguis, cuatriciclos y embarcaciones neumáticas y semirrígidas.
- Se dejan sin contenido los Anexos II, IV, VI y VIII de la Orden de 22 de abril de 2021.
- Se actualiza el contenido del Anexo X de la Orden de 22 de abril de 2021 (porcentajes determinados en función de los años de utilización).
La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2024 y resultará aplicable a los hechos imponibles del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto General Indirecto Canario que se devenguen a partir de esa fecha.
[29/12/23]
Precios medios de venta para 2024 en la gestión de los impuestos sobre Transmisiones patrimoniales y Actos jurídicos documentados, Sucesiones y Donaciones, y Especial sobre determinados medios de transporte [+]
Orden HFP/1396/2023, de 26 de diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (BOE nº 311 de 29/12/2023).
[26/12/23]
Índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del IGIC para 2024 [+]
Orden de 13 de diciembre de 2023, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2024, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el año 2023 de la cuota anual devengada por operaciones corrientes, se prorroga la autorización a las tiendas libres de impuestos para la venta por comercio electrónico y se realizan diversas autorizaciones a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria (BOC nº 251 de 26/12/2023).
[26/12/23]
Ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del AIEM y módulos para el año 2024 [+]
Orden de 13 de diciembre de 2023, por la que se establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias y se fijan los módulos para el año 2024 (BOC nº 251 de 26/12/2023).
[26/12/23]
Nuevas medidas tributarias por la erupción volcánica en La Palma: Régimen simplificado del IGIC [+]
Orden de 13 de diciembre de 2023, por la que se fijan los índices, módulos y demás parámetros del régimen simplificado del Impuesto General Indirecto Canario para el año 2024, se establecen reducciones y ajustes para la determinación del importe en el año 2023 de la cuota anual devengada por operaciones corrientes, se prorroga la autorización a las tiendas libres de impuestos para la venta por comercio electrónico y se realizan diversas autorizaciones a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria (BOC nº 251 de 26/12/2023).
La Disposición adicional primera de la Orden establece la reducción del 10% de la cuota anual devengada por operaciones corrientes del año 2023 a aquellos contribuyentes del régimen simplificado del IGIC con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma que desarrollen actividades empresariales o profesionales en la isla incluidas en el Anexo II de la Orden de 23 de diciembre de 2019 . Esa reducción ascenderá al 30% para aquellos radicados en los municipios de Los Llanos de Aridane, El Paso, Tazacorte y Fuencaliente.
> Información sobre otras medidas tributarias relacionadas con la erupción volcánica en La Palma: infovolcanlapalma/tributos
[26/12/23]
Se prorroga hasta el 30 de junio de 2024 la autorización a las tiendas libres de impuestos para la venta por comercio electrónico [+]
[29/09/23]
Nuevas medidas tributarias por la erupción volcánica en La Palma: Se prorroga hasta el 31 de marzo de 2024 la aplicación del tipo cero en el IGIC para determinadas operaciones relacionas con la recuperación de diversas actividades [+]
Decreto ley 6/2023, de 25 de septiembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para la recuperación de diversas actividades en la isla de La Palma y para combatir los efectos del COVID-19 (BOC nº 193 de 29/09/2023).
El presente Decreto ley prorroga hasta el 31 de marzo de 2024 la vigencia del apartado Tres del artículo 4 del Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Concretamente, será aplicable el tipo cero en el IGIC a las entregas o importaciones de bienes y servicios, excluidos los bienes inmuebles, los necesarios para la reposición, recuperación, o reactivación de las actividades empresariales o profesionales, incluidas las agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras, y las actividades culturales, sanitarias, educativas, científicas, deportivas, sociales o religiosas, en aquellos casos en los que las construcciones, instalaciones o explotaciones en las que se desarrollaban estas actividades hayan sido destruidas o dañadas directamente por la erupción volcánica.
La prórroga tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2023.
> Información sobre otras medidas tributarias relacionadas con la erupción volcánica en La Palma: infovolcanlapalma/tributos
[29/09/23]
Se prorroga hasta el 31 de marzo de 2024 la aplicación del tipo 0 en el IGIC para el material sanitario destinado a combatir los efectos del COVID-19 [+]
Decreto ley 6/2023, de 25 de septiembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para la recuperación de diversas actividades en la isla de La Palma y para combatir los efectos del COVID-19 (BOC nº 193 de 29/09/2023).
El apartado Dos del artículo único del presente Decreto ley prorroga hasta el 31 de marzo de 2024 la vigencia del Decreto ley 17/2021, de 23 de diciembre, por el que se amplía el plazo de aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, a la importación o entrega de determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, y se unifica su regulación.
La prórroga tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2023.
Histórico de medidas tributarias
En el siguiente documento puede consultar una recopilación de las medidas tributarias y normativa adoptadas en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19:
> Medidas tributarias y normativa COVID-19: 2020-2024