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Calendario del contribuyente: De interés en este ejercicio

Formas de presentación de modelos

Oficinas de atención tributaria

Desde el día 1 de junio de 2020, todos los contribuyentes pueden realizar en las oficinas de la Agencia Tributaria Canaria cualquier trámite presencial de presentación, sellado y recogida de documentación de los que habitualmente se atienden, previa solicitud de Cita previa en el portal web de la Agencia.

El horario de atención es de 8:00 a 14:00 horas y solo se atenderá a los contribuyentes que hayan reservado horario a través de la cita previa.


Sede electrónica

Modelos que pueden ser presentados telemáticamente o cumplimentados online a través de la Sede electrónica:

Modificación de los plazos de presentación de determinadas autoliquidaciones del IGIC y el AIEM con forma de pago por domiciliación bancaria como consecuencia de la erupción de La Palma

Orden de 15 de octubre de 2021, por la que se modifican los plazos de presentación de determinadas autoliquidaciones aprobados por el Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, que adopta medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción en la isla de La Palma, cuando el modo de pago sea por domiciliación bancaria (BOC nº 217 de 20/10/2021).

Cuando la forma de pago sea la domiciliación bancaria, se amplían los plazos de presentación de las siguientes autoliquidaciones para los sujetos pasivos con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma:

IGIC

  • Las correspondientes al periodo de liquidación del tercer trimestre del año 2021, finalizan el día 25 de enero de 2022.
  • Las correspondientes al periodo de liquidación del mes de septiembre, finalizan el día 24 de diciembre de 2021.
  • Las correspondientes al periodo de liquidación del mes de octubre, finalizan el día 25 de enero de 2022

AIEM: La correspondiente al periodo de liquidación del tercer trimestre del año 2021, finaliza el día 25 de enero de 2022

Ampliación del plazo de presentación de determinadas autoliquidaciones del IGIC y el AIEM para los sujetos pasivos con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma

Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma (BOC nº 202 de 01/10/2021).

El Decreto ley tiene como objetivo facilitar las obligaciones fiscales de las personas contribuyentes palmeras, en especial las afectadas por la erupción volcánica en Cumbre Vieja. Entre las medidas adoptadas se encuentra la ampliación del plazo de presentación de determinadas autoliquidaciones del IGIC y el AIEM para los sujetos pasivos con domicilio fiscal o establecimiento permanente principal en La Palma.

Estas ampliaciones no son aplicables a los sujetos pasivos que apliquen el régimen del grupo de entidades.

IGIC

  • Se amplía hasta el 31 de enero de 2022 el plazo de presentación de la autoliquidación del tercer trimestre de 2021.
  • Se amplía hasta el día 31 de diciembre de 2021 la autoliquidación correspondiente al período de liquidación del mes de septiembre de 2021.
  • Se amplía hasta el día 31 de enero de 2022 la autoliquidación correspondiente al período de liquidación del mes de octubre de 2021.

AIEM: Se amplía hasta el 31 de enero de 2022 el plazo de presentación de la autoliquidación del tercer trimestre de 2021.

Modificación del modelo 468

Orden de 23 de abril de 2021 , por la que se establece la fecha de efectos de la reforma legal del precio medio ponderado de venta real de cigarrillos y picadura para liar, y se modifican la Orden de 9 de mayo de 2011, de desarrollo de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias, y la Orden de 28 de mayo de 2015, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago de determinadas autoliquidaciones periódicas cuya presentación se realiza telemáticamente y se regulan los plazos de presentación de las autoliquidaciones (BOC nº 88 de 30/04/2021).

Desde el 30 de abril de 2021, se modifica el modelo 468, el cual tiene un plazo de presentación mensual e independiente de la autoliquidación periódica (modelo 460), previéndose también la obligatoriedad de su presentación por vía telemática. La presentación telemática del modelo 468 será obligatoria a partir de la fecha en que así se determine por Resolución de la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria.


Pago de deudas mediante transferencia bancaria

Orden de 23 de abril de 2021 , por la que se establece la fecha de efectos de la reforma legal del precio medio ponderado de venta real de cigarrillos y picadura para liar, y se modifican la Orden de 9 de mayo de 2011, de desarrollo de la Ley 1/2011, de 21 de enero, del Impuesto sobre las Labores del Tabaco y otras Medidas Tributarias, y la Orden de 28 de mayo de 2015, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago de determinadas autoliquidaciones periódicas cuya presentación se realiza telemáticamente y se regulan los plazos de presentación de las autoliquidaciones (BOC nº 88 de 30/04/2021).

El Artículo tercero de la presente Orden modifica la Orden de 28 de mayo de 2015 -por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago de determinadas autoliquidaciones periódicas cuya presentación se realiza telemáticamente y se regulan los plazos de presentación de las autoliquidaciones-, introduciendo una disposición final mediante la cual el pago de aquellas deudas que pueda ser efectuado a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria, podrá ser realizado mediante transferencia bancaria a las cuentas abiertas al efecto en las Entidades de crédito autorizadas para actuar como colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Canarias. Este procedimiento de pago será regulado por la persona titular de la Dirección la Agencia Tributaria Canaria.


Ampliación de los plazos de presentación de los modelos 045 y 046 correspondientes al primer trimestre de 2021

Decreto ley 1/2021, de 28 de enero , por el que se adoptan medidas excepcionales para facilitar el pago de determinadas deudas tributarias (BOC nº 20 de 29/01/2021).

Excepcionalmente se amplía hasta el día 20 de octubre de 2021 el plazo de presentación de la autoliquidación de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos, que se devengue el día 1 de enero de 2021.


Aplazamiento del ingreso del IGIC y del AIEM del primer trimestre de 2021

Decreto ley 1/2021, de 28 de enero , por el que se adoptan medidas excepcionales para facilitar el pago de determinadas deudas tributarias (BOC nº 20 de 29/01/2021).

Excepcionalmente se permite solicitar de forma voluntaria el aplazamiento hasta el 20 de octubre de 2021 del ingreso de la deuda tributaria de la autoliquidación correspondiente al primer trimestre de este año del IGIC y del AIEM. Podrán beneficiarse todos los empresarios o profesionales con obligación de liquidar trimestralmente.

Para adherirse a esta medida, los interesados habrán de presentar una solicitud entre el 1 y el 20 de abril de este año. El aplazamiento no generará intereses de demora.


Ampliación de los plazos de presentación y domiciliación del modelo 046 correspondiente al cuarto trimestre de 2020

Orden de 15 de enero de 2021 por la que se amplía el plazo de presentación y el plazo de domiciliación del pago de la deuda tributaria relativa al modelo 046 de autoliquidación del cuarto trimestre del año 2020 de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos (BOC nº 11 de 18/01/2021).

Esta ampliación responde a las dificultades en la elaboración y a los problemas en la presentación del modelo 046 debido a los cambios informáticos en la configuración de la base de datos de máquinas o aparatos automáticos.

Se amplía hasta el día 1 de febrero de 2021 el plazo de presentación del modelo 046 de autoliquidación de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos correspondiente al último trimestre del año 2020.

Se amplía hasta el día 25 de enero de 2021 el plazo de presentación del modelo 046 de autoliquidación de la Tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos correspondiente al último trimestre del año 2020, en el supuesto de utilizar la domiciliación bancaria como medio de pago en efectivo.


Modificación en la domiciliación bancaria para el pago de determinadas autoliquidaciones presentadas telemáticamente

Orden de 28 de diciembre de 2020 por la que se establece el ámbito objetivo de aplicación del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entrega de Mercancías en las Islas Canarias, se fijan los módulos para el año 2021, y se modifican diversas ódenes en materia tributaria (BOC nº 270 del jueves 31 de diciembre de 2020).

La Disposición final segunda de la presente Orden modifica el Anexo I de la Orden de 28 de mayo de 2015, por la que se establece la domiciliación bancaria como forma de pago de determinadas autoliquidaciones periódicas cuya presentación se realiza telemáticamente y se regulan los plazos de presentación de las autoliquidaciones.

La modificación incluye en la relación de modelos el 045 y 046 de la Tasa Fiscal sobre Juegos de Suerte, Envite o Azar correspondiente a máquinas o aparatos automáticos y tendrá efectos para las autoliquidaciones correspondientes al año 2021 y siguientes.

Esta modificación ha sido actualizada en el apartado de Domiciliaciones bancarias del Calendario del Contribuyente.



Calendario del Contribuyente

El calendario Fiscal para el año 2021, al igual que los anteriores, tiene como principal misión la de recordar a los empresarios y profesionales los plazos para el cumplimiento de sus principales obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias a lo largo de dicho ejercicio.

De igual forma se recuerda que la Agencia Tributaria Canaria cuenta con Oficinas de Atención Tributaria, de tal forma, que el ciudadano tenga un único lugar de referencia para la presentación, gestión e información de cualquiera de los modelos e impuestos gestionados por la Agencia Tributaria Canaria.

En la página del calendario puede realizar lo siguiente:

  • Calendario actual.
  • Guía de modelos por mes o por día.
  • Consultar declaraciones sin plazo preestablecido.
Actualizado  15/02/2024