Miembros |
Matilde Pastora Asián González
, Presidenta
Raquel Peligero Molina , Directora de la Agencia Tributaria Canaria Gabriel Andrés Megías Martínez , Viceconsejero de Hacienda y Relaciones con la UE José Ramón Falcón Granados , Director general de Planificación y Presupuesto María Pilar García Brugos , Subdirectora de Gestión tributaria Fabiola Tuya Cortés , Subdirectora de la Unidad de Grandes contribuyentes y tributos a la importación y especiales Lina Isabel Caridad Pulido , Subdirectora de Inspección y planificación Mariana Fernández Cruz , Subdirectora de Recaudación Francisco José Sánchez Román , Subdirector de la Unidad de Auditoría interna Un representante designado por cada uno de los cabildos insulares y dos por la Federación Canaria de Municipios Vicente Castellano Caballero , Vocal Alcibíades Trancho Lemes , Vocal Francisco Purriños Carrasco , Vocal Víctor Sánchez Blázquez , Vocal Laura Rivero Padrón , Secretaria general |
Competencias | a) Informar la propuesta de Plan de Acción Anual de la Agencia que contiene de modo específico y separado el Plan de Acción Anual de los tributos del bloque de financiación canario. b) Recibir y analizar periódicamente el seguimiento del Plan de Acción Anual y, en el primer cuatrimestre de cada año, los resultados del Plan de Acción Anual del año anterior. c) Proponer líneas de actuación para la mejora de la gestión de los tributos integrantes del bloque de financiación canario y, en especial, para la colaboración material de los cabildos y ayuntamientos con la Agencia. d) Proponer directrices para la ejecución de actuaciones coordinadas en determinados programas incluidos en los planes de control. e) Impulsar el intercambio de información entre la Agencia y los entes locales canarios. f) Analizar e informar los proyectos normativos con rango de ley relativos a los tributos del bloque de financiación canario que corresponda aprobar a la Comunidad Autónoma de Canarias. g) Proponer anualmente, en función de las capacidades reales de adaptación, la distribución a gasto corriente o inversión del incremento del presupuesto asignado a la Agencia a que se refiere la Disposición adicional sexta de la Ley 7/2014. |
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