El artículo 18.3.e) de la Orden HAP/2015/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la LOEPSF, señala que los informes de seguimiento de los Planes económico-financieros de las Comunidades Autónomas deben ser publicados en el portal web del Ministerio de Hacienda.
Con respecto a la Comunidad Autónoma de Canarias y referente a los Planes de Ajuste, se pone de manifiesto que de conformidad con lo previsto en el artículo 16 Real Decreto Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, el Gobierno de Canarias adoptó el acuerdo de adhesión en 2015 al compartimento Facilidad Financiera del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas. Con base en ese compartimento se mantiene el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Plan de Ajuste suscrito en su día actualizado con la nueva información derivada de la adhesión al compartimento de facilidad financiera, sin que se realice informe de seguimiento específico por así indicarlo el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los planes económicos-financieros y los de reequilibrio, actualmente, al no tener suscritos Planes económicos-financieros ni de reequilibrio, no procede el seguimiento.
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