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BOC-A-2020-269-5253.
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Examinado el expediente de aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.
Vista la propuesta formulada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo y teniendo en cuenta lo siguientes
I. ANTECEDENTES
Primero.- Habida cuenta de la finalización de la vigencia del Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo 2018-2020, al objeto de configurar un nuevo Plan Estratégico para las anualidades 2021, 2022, 2023 y 2024, se ha procedido a interesar, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo la correspondiente propuesta, relativa a los fines estratégicos que se pretenden lograr con el establecimiento de líneas de subvenciones, vinculadas con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios.
Segundo.- Consta propuesta elaborada por la Directora del Servicio Canario de Empleo, en la que expone la conveniencia de disponer de un Plan Estratégico propio de subvenciones y de periodicidad cuatrienal exponiendo que:
Por Orden de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, de 6 de marzo de 2018, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para los ejercicios 2018-2020 (BOC nº 53, de 15.3.18), modificado posteriormente por Órdenes de 29 de junio de 2018 (BOC nº 133, de 11.7.18), 30 de octubre de 2018 (BOC nº 219, de 13.11.18), 12 de diciembre de 2018 (BOC nº 252, de 31.12.18), 21 de febrero de 2019 (BOC nº 50, de 13.3.19) y 6 de junio de 2019 (BOC nº 120, de 25.6.19), de la misma Consejería, así como Órdenes de 21 de noviembre de 2019 (BOC nº 238, de 10.12.19), 21 de febrero de 2020 (BOC nº 45, de 5.3.2020), 14 de abril de 2020 (BOC nº 84, de 29.4.2020), 30 de septiembre de 2020 (BOC nº 212, de 16.10.2020), 11 de noviembre de 2020 (BOC nº 240, de 24.11.2020) y 21 de diciembre de 2020 de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.
Ya en el Plan 2018-2020, tal como fuera en ejercicios anteriores y a la vista de las propuestas que integran las líneas de subvenciones correspondientes al organismo autónomo Servicio Canario de Empleo, se consideró pertinente la aprobación de un Plan Estratégico de Subvenciones única y exclusivamente para dicho organismo, toda vez que, tanto por razones de eficacia procedimental como atendiendo a la importancia y particularidades de las subvenciones que gestiona el Servicio Canario de Empleo, se justifica que el mismo tenga un desarrollo particularizado en dicha materia a través de su propio Plan Estratégico de Subvenciones.
Tercero.- Consta informe favorable, emitido con fecha 21 de diciembre de 2020, por la Dirección General de Planificación y Presupuesto sobre los distintos aspectos del contenido del referido Plan Estratégico de Subvenciones,
A los que son de aplicación las siguientes
II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- La legislación vigente en materia de subvenciones tiene como objetivo fundamental que la actividad pública se desarrolle dentro de los parámetros que la normativa establece, fijando los mecanismos adecuados para su control previo y evaluación posterior.
En esta línea, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) introduce, como elemento de gestión e instrumento para la mejora de la eficacia en las actuaciones de las Administraciones Públicas, la necesidad de elaborar, en cada administración, un Plan Estratégico de Subvenciones, disponiéndose en su artículo 8.1 que "Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria".
Segunda.- El citado artículo 8 de la Ley General de Subvenciones ha sido desarrollado por los artículos 10 a 15 de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y establece cuales deben ser los principios rectores, el ámbito y el contenido de los Planes estratégicos de subvenciones, así como la competencia para su aprobación y el seguimiento que debe realizarse de los mismos.
Tercera.- El artículo 10.1 del referido Reglamento determina que "los planes estratégicos de subvenciones se configuran como un instrumento de planificación de las políticas públicas que tengan por objeto el fomento de una actividad, de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública".
Cuarta.- Por su parte, el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, prevé en el artículo 6 que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos, como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.
Quinta.- No obstante lo expresado en el punto anterior, es de señalar que, en el apartado 2 de dicho artículo 6, se recoge la opción que, por los titulares de los citados órganos, se podrán aprobar planes estratégicos especiales, de ámbito inferior al departamental, cuando su importancia justifique su desarrollo particularizado.
Así pues y en atención a la importancia y peculiaridad de las subvenciones que concede el Servicio Canario de Empleo, se propone una planificación propia de su actuación, lo que conlleva a un desarrollo particularizado de un plan estratégico especial e independiente al de la propia Consejería.
Sexta.- Asimismo, el punto 4 del referido artículo 6 establece que "Los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente. No obstante lo anterior, dichos planes podrán tener una vigencia inferior cuando los mismos deban ajustarse a los escenarios plurianuales aprobados y someterse, en todo caso, a las restricciones que en orden al cumplimiento de los objetivos de política económica y de estabilidad presupuestaria se determinen para cada ejercicio".
Teniendo en cuenta que la nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo es para el período 2021-2024 (en adelante EEAE), se propone un Plan Estratégico que coincida en duración con dicha Estrategia, dado que la misma determina el marco conceptual y organizativo al que deberán referirse todas las actuaciones que se lleven a cabo en el seno del Sistema Nacional de Empleo en materia de políticas de activación y formación profesional para el empleo.
Por lo tanto, se entiende que debe existir cohesión y coherencia entre el Plan Estratégico del Servicio Canario de Empleo y la Estrategia Española de Activación para el Empleo, coincidiendo ambos en su período de aplicación.
Séptima.- De acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el artículo 8 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, este Departamento asume las competencias en materia de empleo que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en relación con el artículo 5, apartado 2, letra f), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, aprobado por Decreto 9/2020, de 20 de febrero.
Visto los antecedentes expuestos y, demás normas de general y pertinente aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo, cuyo ámbito temporal abarca los años 2021, 2022, 2023 y 2024.
Segundo.- Determinar, como ámbito objetivo del organismo, ser instrumento de gestión de la intermediación laboral y de las políticas activas de empleo.
Tercero.- El Plan Estratégico se adjunta como anexo a la presente Orden.
Cuarto.- Determinar el carácter programático del referido Plan Estratégico, estando supeditado, en su caso, a la aparición de nuevas estrategias de actuación que resulten de la implantación de las políticas desarrollas por dicho organismo autónomo en el transcurso del tiempo, así como también por los resultados que se vayan alcanzando en el seguimiento y en la evaluación continua aplicables a las diferentes líneas de subvenciones que configuran el presente Plan Estratégico.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de diciembre de 2020.
LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.
A N E X O
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2021-2024 DEL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO
El Servicio Canario de Empleo es un organismo público adscrito a la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y tiene encomendado el ejercicio de las funciones necesarias para la gestión de la intermediación y de las políticas activas de empleo, tal y como establece el artículo 3 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, en la versión otorgada por la modificación realizada mediante Ley 3/2011, de 18 de febrero.
El presupuesto con el que cuenta el Servicio Canario de Empleo para el ejercicio 2021 asciende a 276.621.277 euros, de los cuales, la mayor parte, en concreto un 80,37%, se encuentra posicionado en el capítulo IV "Transferencias corrientes", a los efectos de dar cobertura a las políticas activas de empleo fundamentadas en el instrumento jurídico subvencional. Asimismo, como novedad para este ejercicio presupuestario, cuenta con 2.000.000 euros en el Capítulo VII "Transferencias de capital" para la concesión de subvenciones para la financiación de activos fijos.
En cuanto a la aplicación de dichos créditos, el 63,12% del presupuesto está previsto que lo destinemos a acciones de inserción y re-inserción ocupacional de los desempleados, un 9,99% al refuerzo del emprendimiento y capacidad empresarial, un 7,62% a la integración laboral de las personas con especiales dificultades y un 4,42% al refuerzo de la estabilidad en el empleo y adaptabilidad de los trabajadores.
OBJETIVOS Y EFECTOS:
Una vez abordados aspectos generales del límite económico y presupuestario, procede poner de manifiesto el contexto del desarrollo de acciones y medidas a llevar a cabo por parte del Servicio Canario de Empleo, en adelante SCE.
La finalidad del SCE, establecida en el artículo 2 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, es la de fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de los trabajadores desempleados y ocupados, atendiendo con carácter prioritario de aquellos colectivos que presenten mayores dificultades para su inserción laboral.
La realización de acciones y medidas, el diseño y ejecución de las políticas activas de empleo se hará teniendo en cuenta la nueva Estrategia Española de Activación para el Empleo 2021-2024, la cual se plantea desde la siguiente visión estratégica: impulsar las Políticas Activas de Empleo dentro del marco de gobernanza y cohesión del SNE, con un enfoque centrado en las personas y en las empresas, orientándolas hacia resultados evaluables, coherentes con la innovación y la sostenibilidad, y apoyadas en la mejora de las capacidades y en la transformación digital de los SPE.
La EEAE establece tres tipos de objetivos:
1) Objetivos clave.
Son cuatro objetivos que constituyen la finalidad última de la función que desempeñan los servicios públicos de empleo:
a) Reducir el desempleo.
b) Aumentar la activación y reducción de los períodos de desempleo.
c) Mejorar la participación de los servicios públicos de empleo en la cobertura de vacantes.
d) Mejorar el grado de satisfacción de los empleadores y demandantes con los servicios prestados por los servicios públicos de empleo.
2) Objetivos estratégicos.
Se orientarán sobre las siguientes cinco referencias que se definen a continuación:
A. Promover la activación y mejora de la empleabilidad de los jóvenes, con especial atención a los que presentan mayores deficiencias de formación y riesgo de precariedad laboral, mediante instrumentos como la Garantía Juvenil y la coordinación con el sistema educativo.
B. Potenciar el empleo como principal instrumento de inclusión social, mejorando de manera prioritaria la activación e inserción de los desempleados de larga duración y los mayores de cincuenta y cinco años.
C. Promover, de acuerdo con las necesidades identificadas en los diagnósticos personalizados y con las necesidades del sistema productivo, una oferta formativa dirigida a un mercado laboral cambiante, ajustando mejor las competencias y facilitando las transiciones laborales.
D. Mejorar el desempeño de los servicios públicos de empleo modernizando los instrumentos del Sistema Nacional de Empleo.
E. Abordar las políticas de activación desde una perspectiva holística que tenga en cuenta sus dimensiones sectorial y local, y estableciendo marcos de colaboración con empleadores, interlocutores sociales y otros agentes públicos y privados.
3) Objetivos estructurales.
Son aquellos de naturaleza estable, que tienen que ser atendidos por los servicios públicos de empleo en su funcionamiento ordinario.
Estos objetivos estructurales son los que, en la práctica, constituyen la actividad del presente plan estratégico y se agrupan en los seis Ejes de las políticas de activación para el empleo a los que se refieren los siguientes apartados.
EJES DE ACTUACIÓN PARA EL PERIODO 2021-2024.
Sobre la base de los principios generales citados y objetivos anteriormente señalados, las acciones y medidas se van a estructurar básicamente en distintas áreas de actuación:
1) Orientación.
2) Formación.
3) Oportunidades de Empleo.
4) Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.
5) Emprendimiento y promoción del desarrollo de la actividad económica.
6) Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo.
1.- Orientación.
Incluye todo el abanico de actuaciones necesarias, tales como, la información, orientación profesional, la motivación, asesoramiento, determinación del perfil profesional y competencias, diseño y seguimiento de itinerarios personalizados para el aprendizaje, búsqueda de empleo, intermediación y, finalmente, inserción laboral.
Se fomentará la orientación, con elaboración de un itinerario personalizado de empleo, asignación de tutor individual y otras acciones para guiar a los beneficiarios en su proceso de retorno al empleo.
Para todos estos fines, desde el SCE se están potenciando los niveles de servicios de valor añadido, no meramente administrativos, en la red de oficinas que hagan posible la prestación de un mejor servicio al ciudadano, con los efectivos precisos para alcanzar mayor número de personas atendidas y una mejora de la calidad de esta atención, así como su mayor nivel de personalización. Igualmente también con otras vías, incrementando no solo el nivel de servicios, sino ampliando la relación de los servicios que se prestan, tanto presenciales como mediante otras vías alternativas que permitan descongestionar las oficinas de aquellos trámites más rutinarios. Con estos servicios:
* Se impulsará la participación en acciones formativas derivadas de las acciones orientadoras relacionadas con el reconocimiento de la experiencia con el fin de completar la obtención del correspondiente título o certificado.
* Se proporcionará orientación e información sobre empleo, autoempleo y mercado de trabajo, incentivos y medios disponibles para el fomento de la contratación, el mantenimiento del empleo y el apoyo a las iniciativas emprendedoras, así como medidas para la mejora de su cualificación profesional.
* Se realizarán evaluaciones de los servicios de orientación prestados, con el objetivo de asegurar y mejorar la calidad de los mismos.
* Se potenciarán los servicios dirigidos a la orientación, información, búsqueda y mejora del empleo.
* Relación con empresas y otros agentes del mercado de trabajo, para mayor difusión de la información sobre las iniciativas para facilitar la inserción laboral y una colaboración que redunde en beneficio de los demandantes de empleo.
* En cuanto a la Orientación propiamente:
- Diagnóstico de grado de empleabilidad y clasificación del demandante según necesidades.
- Itinerarios personalizados de inserción y propuestas de acciones para mejorar la empleabilidad.
- Asesoramiento para colectivos de especiales dificultades en la inserción laboral.
* Informar y gestionar ofertas de empleo adecuadas para cada usuario, incrementando y potenciando la captación y la cobertura de ofertas a través de un sistema de intermediación laboral transparente y eficaz.
Acciones y medidas a desarrollar en concreto en este eje:
1. Acciones de orientación, motivación, formación y asesoramiento a los desempleados a través de convenios con las confederaciones de empresarios, sindicatos y fundaciones universitarias.
2. Acciones de información, orientación, elaboración de itinerarios individuales personalizados, tutorización y búsqueda de empleo.
3. Acciones de información, orientación, asesoramiento y búsqueda de empleo realizar a través de la Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo "FUNCATRA", que incluyen:
- Diagnóstico individualizado y elaboración del perfil profesional, mediante atención específica al usuario.
- Diseño del itinerario personalizado para el empleo.
- Asesoramiento y ayuda técnica incluyendo la elaboración del currículo, la información y asesoramiento y aplicación de técnicas para la búsqueda activa de empleo.
2.- Formación:
Las acciones formativas del subsistema de formación para el empleo están dirigidas a la adquisición, mejora y actualización permanente de las competencias y cualificaciones profesionales, favoreciendo el aprendizaje a lo largo de toda la vida de la población activa, y conjugando las necesidades de las personas, de las empresas, de los territorios y de los sectores productivos. Asimismo, la situación del escenario vigente y el mercado laboral, tan cambiante, desencadena la necesidad de proceder a revisar con mayor frecuencia el contenido de las ofertas formativas. También, actuaciones integradas de empleo y formación especialmente vinculadas a los requerimientos de las actividades económicas emergentes y/o con potencial en la generación de empleo (energías renovables; industrias culturales, sociales y de la salud; dependencia; nuevas tecnologías; o rehabilitación de edificios, entre otros). Asimismo, procede considerar la importancia de mecanismos de evaluación efectiva de la oferta formativa.
Son objetivos de la formación, los siguientes:
1. Incrementar el esfuerzo formativo en la formación profesional para el empleo.
2. Promover un mejor ajuste de la formación profesional para el empleo a las necesidades del mercado de trabajo: revisión y adecuación de la formación profesional para el empleo estableciéndose una oferta que tenga en cuenta las peculiaridades del mercado laboral en ámbitos concretos.
3. Promover la formación acreditable: revisión y adecuación de la formación profesional para el empleo estableciéndose una oferta con especial prioridad a la formación conducente a certificados de profesionalidad.
4. Promover la formación en alternancia: promover la formación en alternancia con el empleo y la experiencia laboral.
5. Avanzar y consolidar la evaluación y reconocimiento de las competencias profesionales.
6. Promover una oferta formativa dirigida especialmente a los colectivos con mayores dificultades de inserción en el mercado laboral.
7. Mejorar los sistemas de seguimiento y evaluación de la calidad de la formación profesional para el empleo.
Colectivos prioritarios se considerarían: personas sin cualificación profesional, personas con necesidades formativas especiales, así como de los colectivos ya citados que tiene especiales dificultades para su inserción o recualificación profesional.
Acciones y medidas a desarrollar en concreto en este eje:
* Planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.
* Acciones formativas dirigidas prioritariamente a los trabajadores desempleados (incluidas ayudas y becas).
* Acciones formativas que incluyen compromisos de contratación dirigidas prioritariamente a desempleados.
* Realización de itinerarios integrados de inserción laboral para la formación e integración de las personas con necesidades formativas especiales o que tengan dificultades para su inserción.
* Programas de formación en alternancia con el empleo.
* Programas para la mejora de la empleabilidad de alumnos en prácticas no laborales.
* Formación sectorial específica en sectores emergentes, para la mejora de la competitividad.
* Acciones de mejora de la cualificación y la empleabilidad.
* Acciones formativas dirigidas al reciclaje profesional en sectores específicos.
3.- Oportunidades de Empleo:
Estímulo de la contratación, la creación de empleo, y apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo que contribuyan a reducir las tasas de desempleo, mejorar la calidad del empleo y favorecer la cohesión social.
Acciones y medidas de inserción laboral de personas que, de forma estructural o coyuntural, presentan especiales dificultades para el acceso y la permanencia en el empleo. A estos efectos, se tendrá especialmente en consideración a los colectivos con mayores dificultades anteriormente citados, la situación de las mujeres víctimas de violencia de género y de las personas con discapacidad o en situación de exclusión social. En relación con las personas con discapacidad, se incentivará su contratación tanto en el empleo ordinario como en el empleo protegido a través de los Centros Especiales de Empleo. Asimismo se impulsará la contratación de personas en situación de exclusión social a través de las empresas de inserción.
En este ámbito se busca diseñar y desarrollar medidas que contribuyan a reducir los obstáculos a la entrada en el mercado de trabajo, aproximando sus tasas de actividad, ocupación y empleo a la de la población en general y favoreciendo la cohesión social, así como medidas de estímulo de la contratación y apoyo al mantenimiento de puestos de trabajo, como son:
* Fomento de acciones de contratación, que reduzcan los riesgos de exclusión social de colectivos en situación prolongada de desempleo.
* Estímulo de la contratación de los colectivos con mayores dificultades de inserción laboral, mejorando las políticas de incentivos y estableciendo requisitos más adecuados con la situación del mercado de trabajo.
* Fomentar las oportunidades de empleo para personas en situación de empleo no declarado, permitiendo aflorar empleo en economía sumergida.
* Actuaciones en favor del empleo en actividades económicas emergentes y con potencial de generación de empleo.
* Fomentar la inserción laboral de personas perceptoras de prestaciones, intentando su incorporación al trabajo antes del agotamiento de las prestaciones, evitando con ello su desprotección.
Colectivos prioritarios para estas acciones serían los siguientes: jóvenes, parados de larga duración, personas con discapacidad, personas en situación de exclusión social, víctimas de violencia de género y doméstica, mayores de 55 años.
Acciones y medidas a desarrollar en concreto en este eje:
* Programas de colaboración con Corporaciones Locales.
* Programas de colaboración con Órganos de la Administración General del Estado, Organismos Autónomos y Entidades sin ánimo de lucro.
* Programas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado protegido, con las siguientes medidas para Centros Especiales de Empleo:
- Subvención de los costes salariales correspondientes a los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad.
- Subvención para Unidades de Apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo.
* Programas para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo: subvenciones a la contratación indefinida de personas con discapacidad y subvenciones para la adaptación de puestos de trabajo.
* Programas integrales de empleo.
* Programa de Acción Conjunto para la Mejora de la Atención a las Personas Paradas de Larga Duración.
* Oportunidades de Empleo.
* Incentivos a la contratación.
* Programas de inserción sociolaboral.
4.- Igualdad de oportunidades en el acceso al empleo:
La igualdad de oportunidades en el empleo, considera las medidas de conciliación y movilidad geográfica, funcional y sectorial, procurando remover los obstáculos para el acceso al empleo.
Además de tener su propio eje, la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo está presente de modo transversal en todos los ejes.
Las acciones y medidas a desarrollar en concreto en este eje son:
* Movilidad.
* Conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
5.- Emprendimiento:
En este ámbito se incluye la realización de acciones y medidas dirigidas a fomentar las iniciativas empresariales, el empleo autónomo y la economía social, o bien encaminadas a la generación de empleo, la creación y promoción de todo tipo de actividad empresarial y la dinamización e impulso del desarrollo económico local:
a) Ayudas por establecimiento como autónomo/a o incorporación como socio/a en cooperativas y sociedades laborales, así como para la creación de empresas, ayudas destinadas a inversiones, de asistencia técnica y apoyo a la función gerencial, ayudas destinadas al estudio de mercados y análisis de viabilidad.
b) Medidas de emprendimiento y apoyo financiero en general y potenciando aquellas vinculadas a actividades económicas emergentes y con potencial de generar empleo, especialmente las relacionadas con las energías renovables; el turismo sostenible; las industrias culturales, sociales; las nuevas tecnologías; las ecoindustrias, o la rehabilitación de edificios.
c) Promoción, en los ámbitos del fomento de iniciativas emprendedoras por parte de personas desempleadas, de actividades productivas estratégicas, emergentes o con potencial de creación de empleo.
d) Refuerzo de las medidas específicas de orientación y asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento dirigidas a las personas inscritas en los servicios públicos de empleo (y en particular, para personas desempleadas de larga duración y personas que precisen una recualificación profesional).
e) Fomento de la capacidad emprendedora de la población activa, especialmente de las personas jóvenes, mediante la formación y la economía social.
f) Fomento de medidas especiales para la facilitar la permanencia de los autónomos en sus negocios, así como de apoyo las pequeñas y medianas empresas en dificultades.
g) Medidas de formación, difusión y fomento del trabajo autónomo y de la creación de empresas, cooperativas y sociedades laborales vinculadas al fomento del empleo.
h) Actuaciones de refuerzo de la planificación y gestión empresarial entre trabajadores autónomos y en el ámbito de la economía social. Incorporación de prácticas de responsabilidad social empresarial.
i) Facilitar la viabilidad financiera de los proyectos de emprendimiento (autónomos y de economía social) y la puesta en marcha de la actividad.
j) Fomento de la iniciativa empresarial (por ejemplo, facilitando instalaciones y apoyo profesional a las iniciativas emprendedoras) mediante el trabajo autónomo y la economía social.
k) Impulso de actuaciones de emprendimiento en actividades económicas emergentes y con potencial de crear empleo dentro de la economía social y del trabajo autónomo.
l) Apoyo a la creación empresarial mediante actividades de asesoramiento a los emprendedores, acciones encaminadas a facilitar y mejorar el acceso a la financiación, y actividades formativas en el terreno de la creación empresarial.
m) Apoyo a la creación y funcionamiento en las Entidades Locales de unidades especializadas en la promoción e implantación de acciones encaminadas a la creación de empleo y el desarrollo local, así como la promoción e implantación de las políticas activas de empleo relacionadas con la creación de actividad empresarial.
n) Sensibilización, orientación, formación, asesoramiento para la creación de empresas en el ámbito local, así como actuaciones de formación, difusión, acompañamiento y fomento de la actividad empresarial en proceso de creación o de consolidación (refuerzo de capacidades y competencias empresariales, provisión de servicios empresariales dentro de infraestructuras de apoyo a la creación de empresas, creación de redes de personas emprendedoras, entre otras).
o) Información sobre las distintas vías de financiación para el desarrollo de la actividad empresarial en el ámbito local. Estudio de oportunidades empresariales y de actuaciones que permitan planificar e implantar estrategias de creación de empleo y actividad y de valorización de recursos en el ámbito local o comarcal. Medidas de coordinación y complementariedad de las iniciativas que promuevan las corporaciones locales con los servicios públicos de empleo. Medidas de formación dirigidas al personal de los organismos que vayan a dar apoyo y asesoramiento a emprendedores en la creación de empresas.
p) Acciones para la promoción del autoempleo y la actividad emprendedora de mujeres.
Acciones y medidas a desarrollar en concreto en este eje:
1) Fomento del empleo autónomo.
2) Apoyo a la creación y al empleo en cooperativas y sociedades laborales.
3) Dinamización e impulso del desarrollo económico local.
4) Servicio de apoyo y creación de empresas.
5) Formación para el emprendimiento y la economía social.
6) Programa de Acción Conjunto para la Mejora de la Atención a las Personas Paradas de Larga Duración.
7) Subvenciones para financiar activos fijos para la creación, renovación y ampliación de las empresas de economía social y autoempleo.
8) Orientación al emprendimiento en economía circular/digitalización/economía azul y verde.
6.- Mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo:
La mejora del marco institucional del Sistema Nacional de Empleo, en este Organismo se corresponde con la modernización del propio SCE. Esta modernización se refiere tanto a un proceso integral de mejoras internas, como la innovación, modernización, mejora del SCE, unida a la motivación de los recursos humanos, que permita una mejora general en la calidad de los servicios prestados, abriendo las puertas, además, a la colaboración con agentes privados del mercado laboral que incremente el abanico de opciones para la inserción de los demandantes de empleo.
Las actuaciones que se llevan a cabo relacionadas con este eje están relacionadas principalmente con la contratación administrativa.
PROGRAMAS Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS GESTIONADOS POR EL SCE.
Las líneas de subvención que propone el Servicio Canario de Empleo y pretenden la consecución de los objetivos establecidos por este Organismo, acordes con la EEAE, así como con los distintos Programas Operativos con los que se gestiona, se encuadran en los siguientes programas presupuestarios que forman parte de su presupuesto en el año 2021:
* 241H. Inserción y re-inserción ocupacional de los desempleados, que constituye el principal programa de actuación del Organismo. Tiene por objeto realizar actuaciones dirigidas a favorecer la empleabilidad de la población a través de la realización de acciones de formación, de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
* 241K. Refuerzo de la capacidad empresarial: incluye acciones para promover el espíritu empresarial, fomentar el trabajo por cuenta propia y la creación de empresas, impulsar el desarrollo de nuevas actividades empresariales que diversifiquen la actividad económica canaria, en especial dirigidos a la economía verde, azul, economía circular, transición ecológica, digitalización, fomentar el empleo autónomo y la creación de empresas, principalmente en el ámbito de la economía social.
* 241J. Refuerzo del empleo y la estabilidad: Se trata de promover las distintas acciones de formación continua que permitan la mejora de la adaptabilidad, recualificación y del nivel de competencia de los trabajadores en activo, favoreciendo su continuidad y mejora dentro del mercado laboral. Asimismo contempla acciones de adaptabilidad de las empresas y de los empresarios, en el marco de un mercado de trabajo en constante evolución.
* 241L. Integración laboral de personas con especiales dificultades: Incluye medidas que incrementen las oportunidades de integración laboral de los colectivos más desfavorecidos, como las personas con discapacidad, los centros integrales de empleo y empresas de inserción, los inmigrantes y quienes se encuentren en situación de exclusión social o riesgo de padecerla.
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS:
Dentro de los programas anteriormente mencionados, las aplicaciones presupuestarias a través de las cuales se ejecutarán las subvenciones, correspondientes a los Capítulos 4 y 7 del Presupuesto de Gastos de este Organismo, se desglosan por programa y línea de actuación de la siguiente manera:
CON FINANCIACIÓN PROPIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA:
Ver anexo en las páginas 41277-41283 del documento Descargar
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