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BOC-A-2020-059-1179.
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Vistas las propuestas elaboradas por determinados titulares de los centros directivos del Departamento relativas a la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones 2019/2021, para el ejercicio 2020, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Mediante Orden de la titular de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda nº LOR2019CA00084, de 22 de febrero de 2019, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de dicho Departamento para los ejercicios 2019/2021(BOC nº 50, de 13.3.19), condicionado a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención y a las disponibilidades presupuestarias de los ejercicios económicos siguientes.
Segundo.- Posteriormente y, a propuesta de los titulares de los centros directivos, se ha procedido a diversas modificaciones del citado Plan estratégico, con respecto al año 2019, siendo recogidas en las Órdenes que se relacionan a continuación: nº LOR2019CA00296, de 17 de mayo de 2019 (BOC nº 105, de 4.6.19); nº LOR2019CA00379, de 11 de junio de 2019 (BOC nº 122, de 27.6.19); nº LOR2019CA00413, de 24 de junio de 2019 (BOC nº 137, de 18.7.19); nº LOR2019CA00580, 22 de agosto de 2019 (BOC nº 175, de 11.9.19) y nº LOR2019CA00571, de 27 de noviembre de 2019 (BOC nº 240, de 12.12.19).
Es de señalar que, tras la publicación de los Decretos 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el se determinan el número, denominación y competencia de las Consejerías (BOC nº 136, de 17.7.19) y del 203/2019, de 1 de agosto, que determina la estructura central y periférica, así como las sedes las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 149, de 5.8.19), se procedió, mediante la Orden nº LOR2019CA00580, 22 de agosto de 2019, a adaptar dicho Plan estratégico a la nueva estructura del Departamento.
Tercero.- En el presente ejercicio económico, por parte de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, se ha interesado, a los titulares de los centros directivos, la elaboración de una propuesta relativa a la actualización del contenido de dicho Plan estratégico referido al ejercicio 2020.
Cuarto.- Constan las propuestas de los titulares de los centros directivos, salvo la relativa a la de la Dirección General de Dependencia, dado que, en el momento de la aprobación de la presente Orden, no cuenta con la definición de las Líneas de actuación, de sus programas presupuestarios 231M "Atención a personas en situación de dependencia" y 231N "Atención a personas con discapacidad".
A los que son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- En atención a la obligación establecida en el artículo 8.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, anualmente se realizará la actualización de los planes estratégicos de subvenciones, de acuerdo con la información relevante disponible.
Segundo.- Por los titulares los centros directivos de este Departamento, a excepción del de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad que, como se ha indicado anteriormente, se encuentra pendiente de una modificación presupuestaria que defina las líneas de actuación de sus programas presupuestarios, se ha procedido a confeccionar las oportunas propuestas relativas a la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones, referido al presente ejercicio presupuestario, tomando como base las disponibilidades de crédito correspondientes a los programas presupuestarios contemplados en la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020 y concretando, por áreas competenciales, los objetivos estratégicos que se pretenden lograr con el establecimiento de líneas de subvenciones.
Tercero.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), el Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la entonces Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda (BOC nº 188, de 27.9.16), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 136 de 17.7.19), en el que se dispone que la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, salvo las relativas a empleo y vivienda, y finalmente el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente (BOC nº 137, de 18.7.19) por el que se nombra, entre otros, a la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, la titular de este Departamento es competente para la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones 2019/2021, relativo al ejercicio 2020.
Visto los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,
R E S U E L V O:
Primero.- Actualizar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2019/2021, para el presente ejercicio presupuestario 2020, aprobado mediante Orden de la titular de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda nº LOR2019CA00084, de 22 de febrero de 2019 (BOC nº 50, de 13.3.19) y sus posteriores modificaciones recogidas en las siguientes Órdenes que se relacionan a continuación: nº LOR2019CA00296, de 17 de mayo de 2019 (BOC nº 105, de 4.6.19); nº LOR2019CA00379, de 11 de junio de 2019 (BOC nº 122, de 27.6.19); nº LOR2019CA00413, de 24 de junio de 2019 (BOC nº 137, de 18.7.19); nº LOR2019CA00580, de 22 de agosto de 2019 (BOC nº 175, de 11.9.19) y nº LOR2019CA00571, de 27 de noviembre de 2019 (BOC nº 240, de 12.12.19).
Se significa que, en dicha actualización, no se incluyen las líneas de actuación correspondientes al Servicio 08 de la Dirección General de Dependencia y Discapacidad, Programas 231M y 231N, por no estar, en el momento de la aprobación de la presente Orden, la concreción de dichas líneas de actuación.
Segundo.- Precisar que la actualización del referido Plan estratégico se estructura en dos anexos, cuyos contenidos son los que se indican a continuación:
Anexo I: dedicado al establecimiento de líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de los Servicios y Programas Presupuestarios que se relacionan a continuación, en el que se determina, las competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, coste previsibles para su realización, fuentes de financiación, indicadores y medios de evaluación que permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimientos de los respectivos objetivos:
* Servicio 23.07 DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS SOCIALES E INMIGRACIÓN
- Programas:
231B COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES Y ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES.
231I FOMENTO DE LA INCLUSIÓN SOCIAL.
*Servicio 23.09 DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD.
- Programa: 232A PROMOCIÓN Y FOMENTO CALIDAD DE VIDA DE LOS JÓVENES.
*Servicio 23.17 DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y LA FAMILIA.
- Programa: 231H PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN EN ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA.
*Servicio 23.18 VICECONSEJERÍA DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
- Programa: 912A DIRECCIÓN POLÍTICA Y GOBIERNO.
* Servicio 23.19 DIRECCIÓN GENERAL DE DIVERSIDAD.
- Programa: 232C PLANIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD.
Anexo II: referido a las subvenciones que se concedan de forma directa y contiene las memorias explicativas de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación de los Servicios y Programas Presupuestarios que se relacionan a continuación:
- Servicio 23.01 SERVICIOS GENERALES.
Programa: 912A Dirección Política y Gobierno.
- Servicio 23.07 DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS SOCIALES E INMIGRACIÓN.
Programas:
231B COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES Y ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES
231I FOMENTO DE LA INCLUSIÓN SOCIAL.
- Servicio 23.09 DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD.
Programa: 232A PROMOCIÓN Y FOMENTO CALIDAD DE VIDA DE LOS JÓVENES.
- Servicio 23.17 DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA Y LA FAMILIA.
- Programa: 231H PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN EN ÁREA DEL MENOR Y LA FAMILIA.
- Servicio 23.18 VICECONSEJERÍA DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
Programa: 912A DIRECCIÓN POLÍTICA Y GOBIERNO.
- Servicio 23.19 DIRECCIÓN GENERAL DE DIVERSIDAD.
Programa 232C PLANIFICACIÓN Y PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD.
Tercero.- Determinar el carácter programático de la actualización del referido Plan estratégico, estando supeditado, en su caso, a la aparición de nuevas estrategias de actuación que resulten de la implantación de las políticas desarrollas por este Departamento en el transcurso del ejercicio 2020, así como también por los resultados que se vayan alcanzando en el seguimiento y en la evaluación continua, aplicables a las diferentes Líneas de subvenciones que configuran el mismo.
Cuarto.- Instar a la publicación de la actualización del referido Plan estratégico, en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de marzo de 2020.
LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES,
IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD,
Noemí Santana Perera.
Ver anexo en las páginas 9356-9376 del documento Descargar
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