La información que se suministra procede de la Base de Datos del Sistema Delt@ de Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados, establecido por Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo y se posibilita su transmisión por procedimiento electrónico. Estos Accidentes de Trabajo han sido notificados a la Autoridad Laboral competente de Canarias por los empresarios, o en el caso de trabajadores autónomos por ellos mismos, a través de la Entidad Gestora o Colaboradora en la gestión del Sistema de Seguridad Social.
Los accidentes de trabajo pueden ser sin baja médica o con baja médica. Éstos últimos a su vez se diferencian según que ocurran durante la jornada de trabajo (dentro del centro de trabajo o por desplazamiento), o al ir o al volver del lugar de trabajo (accidentes "in itinere").
La información que aportan los cuadros estadísticos procede de los datos recabados a través de la aplicación informática CEPROSS (Comunicación de enfermedades profesionales, Seguridad Social), aprobada por la Orden TAS 1/2007, que se configura como el conjunto de medios que permiten su transmisión por vía electrónica y la creación del correspondiente fichero de datos personales. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social es la responsable de la administración del aplicativo CEPROSS.
La Estadística de Accidentes de Trabajo ofrece datos anuales y mensuales sobre accidentes de trabajo con baja que han sido notificados en los registros administrativos habilitados al efecto. Para que se pueda contabilizar cada uno de los casos notificados en los registros, la correspondiente notificación tiene que haber sido aceptada tanto por la Entidad Gestora o Colaboradora a la que le corresponda la cobertura del accidente de trabajo por parte del sistema de Seguridad Social como por la Autoridad Laboral de la provincia en la que radica el centro de trabajo donde el trabajador está afiliado a la Seguridad Social.
La cumplimentación y transmisión del parte de enfermedad profesional se realizará únicamente por vía electrónica, por medio de la aplicación informática CEPROSS (Comunicación de enfermedades profesionales, Seguridad Social), a la que se tendrá acceso a través de la oficina virtual de la dirección electrónica http://www.seg-social.es.
Para el acceso a la aplicación mencionada, todos los agentes estarán representados por persona física acreditada mediante usuario SILCON, además de certificado digital SILCON o certificado Clase 2 emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o por alguna de las Autoridades de Certificación relacionadas en dicha oficina virtual de la Seguridad Social.
Acceso a las diferentes estadísticas que elabora el Ministerio de Trabajo e Inmigración. Muchas de ellas relacionadas con la actividad laboral y las condiciones de trabajo.
http://www.empleo.gob.es/es/estadisticas/contenidos/anuario.htm