REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS (REA)

La Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, establece que las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas en una obra de construcción deben, con carácter previo, estar inscritas en el registro de empresas acreditadas, que depende de la autoridad laboral competente. Con este objeto se crea en la Comunidad Autónoma de Canarias el Registro de empresas acreditadas en el sector de la construcción (REA).

El REA tiene naturaleza administrativa y carácter público y está adscrito a la Dirección General de Trabajo. Los trámites administrativos que recoge son los siguientes: inscripciones, certificaciones, renovaciones, variaciones de datos y cancelaciones.

  • La inscripción tiene un periodo de validez de 3 años, renovables por periodos iguales. Por ello, se recuerda a todas las empresas inscritas que deberán solicitar la renovación de su inscripción en este Registro dentro de los seis meses anteriores a la fecha en que expire su validez.
  • La renovación de la inscripción en el REA es un procedimiento que está vinculado a la FECHA en la que se inscribió cada empresa.
  • Transcurrido el periodo de validez de la inscripción sin que la empresa hubiese solicitado en plazo su renovación, se entenderá automáticamente cancelada la misma en el Registro.

 

 

ENLACE A LA PÁGINA REA DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

OBLIGADOS A INSCRIPCIÓN

Las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción (excavación, movimiento de tierras, construcción, montaje y desmontaje de elementos prefabricados, acondicionamientos o instalaciones, transformación, rehabilitación, reparación, desmantelamiento, derribo, mantenimiento, conservación y trabajos de pintura y limpieza, saneamiento).

 

 

NO ESTÁN SUJETOS A INSCRIPCIÓN

  • Los autónomos, siempre que no tengan trabajadores asalariados.
  • Las sociedades constituidas por autónomos, si no hay trabajadores asalariados.
  • El promotor de la obra.

 

 

IMPORTANTE

 

 

MÁS INFORMACIÓN

Para más información puede contactar a través del correo electrónico:

LIBRO DE SUBCONTRATACIÓN

Diligencia Libro de Subcontratación