A propuesta conjunta de los Consejeros de Empleo y Asuntos Sociales y de Presidencia y Relaciones Institucionales, oído el Consejo Canario de Relaciones Laborales y previa deliberación del Gobierno, en su reunión del día 20 de noviembre de 1998, se acordó crear mediante el Decreto 215/1998, de 20 de noviembre, y posteriormente modificado por Decreto 54/2002, de 6 de mayo, integrado en la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, el Instituto Canario de Seguridad Laboral, como órgano competente en materia de prevención de riesgos laborales, en el ámbito competencial de la administración laboral.
Le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
La de promoción de la prevención y el asesoramiento técnico que se regula en el artículo 7.1.a) de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, incluidas la asistencia y cooperación técnica, la información, divulgación, formación e investigación en materia preventiva; así como el seguimiento de las actuaciones que en materia de prevención realicen las empresas.
El Instituto Canario de Seguridad Laboral realiza actuaciones conjuntas con organizaciones sindicales, empresariales, Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el resto de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, ya que su principal prioridad es ofrecer soluciones prácticas y eficaces a los problemas de seguridad y salud en el trabajo y ponerlas al alcance de toda persona implicada y/o interesada en mejorar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
Estas funciones se materializan en las siguientes actividades: