Copago farmacéutico
Eliminación el copago farmacéutico a los pensionistas canarios con rentas inferiores a 18.000 euros |
Los pensionistas con rentas anuales inferiores a 18.000 euros residentes en Canarias y sus beneficiarios están exentos del copago farmacéutico desde el 18 de enero de 2020, día de la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2020, de 16 de enero, del Gobierno de Canarias (BOC nº 11, de 17 de enero) de "Medidas urgentes, por el que se regula la ayuda para la adquisición de medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud a las personas que ostenten la condición de pensionistas de la Seguridad Social y sus beneficiarios cuya renta anual sea inferior a 18.000 euros”.
Las personas beneficiarias de la ayuda para la adquisición de medicamentos en las oficinas de farmacia de Canarias deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha en que se produce la dispensación del medicamento:
- Ostentar la condición de pensionista de la Seguridad Social o ser beneficiario de quien tenga dicha condición.
- Ser residente en la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ser titular de tarjeta sanitaria individual expedida por el Servicio Canario de la Salud.
- Tener una renta inferior a 18.000 euros anuales, consignada en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Código de aportación farmacéutica TSI 002-01).
Las cuantías abonadas por los pensionistas y sus beneficiarios desde el 1 de enero de 2020 hasta la entrada en vigor del Decreto ley serán reintegradas a la mayor brevedad a través de las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma, conforme al sistema que se determine y del que se informará oportunamente, según establece la Disposición transitoria única. Para las aportaciones realizadas en oficinas de farmacia fuera del ámbito de la comunidad canaria se seguirá a estos efectos con lo establecido en la Instrucción 4/2013, de 28 de febrero, de la Directora del Servicio Canario de la Salud.
- Acceso al Decreto ley 1/2020, de 16 de enero. [21/01/2020].
Los datos correspondientes a porcentaje de aportación del usuario se incorporan a tarjeta sanitaria desde el INSS, que a su vez los actualiza anualmente en función de los datos que suministra el Ministerio de Hacienda en función de la declaración de la renta.
En caso de disconformidad con el porcentaje de aportación debe procederse de acuerdo a lo establecido en la Instrucción del Director del Servicio Canario de la Salud, la 13/2021, a la que puede acceder a través del siguiente enlace:
Tipos de aportación farmacéutica según usuario del Servicio Canario de la Salud |
Información sobre los tipos de aportación farmacéutica, según tipo de usuario: activo, pensionista, personas sin recursos, mutualistas y otros.
- Tipos de aportación farmacéutica según usuario del Servicio Canario de la Salud. [21/01/2020].