Consejero
Excmo. Sr. D. Blas Gabriel Trujillo Oramas
Nombramiento: Decreto 53/2020, de 19 de junio (BOC nº 123 de 20.06.2020)
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/san/
Correo electrónico: consejero.san@gobiernodecanarias.org
Competencias
El Consejero de Sanidad, como órgano superior de dirección y jefe del Departamento, tiene atribuidas las funciones relacionadas en el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y ejerce las competencias previstas en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad y en las demás disposiciones vigentes.
Corresponde al Consejero de Sanidad:
- La resolución de las reclamaciones previas a la vía civil que puedan plantearse ante el Departamento.
- La aprobación de ficheros de datos de carácter personal.
Además le corresponden competencias en las siguientes materias:
- Salud pública, asistencia sanitaria y ordenación farmacéutica.
- Atención a las drogodependencias.
Marco Legal
- Ley 14/1990, de 26 de julio (BOC nº 96, de 01.08.90), de Regimen Jurídico de las Administraciones Publicas de Canarias
- Ley 1/1983, de 14 de abril (BOC nº 11, 30.04.83), del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias
- Decreto 203/2019, de 1 de agosto (BOC nº 149 de 05.08.2019), por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente (BOC nº 136, de 17.07.2019), por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.
- Decreto 5/2016, de 15 de febrero (BOC nº 37, de 24.02.2016), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad