Director (rango de Viceconsejero)
Ilmo. Sr. D. Carlos Gustavo Díaz Perera
Nombramiento: DECRETO 228/2023, de 17 de julio
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/san/
Correo electrónico: direccion.scs@gobiernodecanarias.org
Competencias
La Dirección del Servicio Canario de la Salud realiza funciones de regulación interna de los servicios, gestión económica y contable, ejecución y evaluación, conforme se determina en la Ley Territorial 11/1994, de 26 de julio.
La Dirección del Servicio ejerce las siguientes atribuciones:
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que regulan la actuación del Servicio Canario de la Salud y los acuerdos adoptados por el Gobierno, Consejero competente en materia de sanidad y Consejo de Dirección en las materias que son de su respectiva competencia.
- Adoptar medidas preventivas de protección de la salud cuando exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud, tales como órdenes generales y particulares de hacer, no hacer o tolerar, suspensión del ejercicio de actividades, cierres de empresas, centros o establecimientos o de parte de sus instalaciones, intervención de medios materiales y personales y cuantas otras se consideren sanitariamente justificadas.
- Autorizar la creación, modificación, traslado y cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, si procede, y el cuidado de su registro, catalogación y acreditación así como supervisión, control, inspección y evaluación.
- Impulsar, coordinar, inspeccionar y evaluar los órganos y actividades del Servicio Canario de la Salud.
- Dictar las instrucciones y circulares relativas al funcionamiento y organización internos del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de las facultades del Consejo de Dirección.
- Ejercer la jefatura del personal del Servicio, sin perjuicio de la atribución del Consejero competente en materia de sanidad.
- La ejecución del presupuesto del Servicio conforme a la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y las facultades de órgano de contratación.
- Autorizar gastos según los presupuestos del Servicio.
-Es competencia de la Dirección del Servicio la facultad de decretar la intervención administrativa de una actividad, bien, centro o establecimiento, para eliminar la repercusión excepcional y negativa en la salud de los ciudadanos.
Además asume las competencias en materia de ordenación e inspección farmacéutica de la extinta Dirección General de Farmacia.
Marco Legal
- Ley 11/1994, de 26 de julio (BOC nº 96, de 05.08.94) de Ordenación Sanitaria de Canarias
- DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.
- Decreto 32/1995, de 24 de febrero (BOC nº 32, 15.03.95) por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud
Órganos Colegiados
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Composición:
- Presidente.
- Vocales:
* Dos facultativos médicos especialistas en Pediatría y dos facultativos médicos especialistas en Endocrinología, que presten sus servicios en los hospitales del Servicio Canario de la Salud.
* Un facultativo médico especialista en Nefrología y preferentemente también en Pediatría.
* Un facultativo médico especialista en Farmacología Clínica, representante del Centro Regional de Farmacovigilancia e Información Terapéutica de Canarias.
* Dos farmacéuticos especialistas en Farmacia Hospitalaria, uno del Área de Salud de Gran Canaria y otro del Área de Salud de Tenerife. -
Marco Legal:
- Decreto 200/2008, de 30 de septiembre (BOC nº 203, de 9.10.2008), que modifica el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.
- Decreto 29/2004, de 23 de marzo (BOC nº 66, de 5.04.2004), por el que se modifica el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, y el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.
- Decreto 61/1997, de 30 de abril (BOC nº 68, de 28.05.1997), por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.
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Composición:
- Presidente: Director/a de Área de Salud, del Servicio Canario de la Salud.
- Vocales:
* El responsable o responsables del Servicio o Servicios de Psiquiatría y Salud Mental del Área de Salud, sean del Servicio Canario de la Salud o del Cabildo, en su caso.
* El responsable o responsables de los Servicios Sociales especializados del Área de Salud con competencia en la atención a enfermos mentales crónicos.
* Un representante por cada una de las Direcciones Gerencias de Hospitales o, en su caso, de la Gerencia de Servicios Sanitarios.
* Un representante de la Dirección General de Programas Asistenciales que actuará de coordinador con la presidencia de la Comisión Asesora sobre Atención a la Salud Mental.
* El responsable de Acción Social del Cabildo con competencia en la atención a enfermos mentales crónicos.
* Un representante del Instituto Canario de Formación y Empleo con competencia en formación y empleo para disminuidos psíquicos.
* Un representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa con competencia en la formación para disminuidos psíquicos.
* Un representante de cada Asociación de Familiares de Enfermos Mentales, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, con ámbito de influencia en el Área de Salud correspondiente al CIRPAC.
* Una representación de los municipios, tratándose de las mismas personas designadas para los Consejos de Salud de Área. - Marco Legal:
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Composición:
- Un representante de los facultativos de cada una de las Juntas Técnico Asistenciales de los Hospitales Universitarios del Servicio Canario de la Salud y uno del conjunto de las Juntas técnico Asistenciales de los Hospitales no docentes.
- Un representante sindical propuesto por el sindicato con mayor representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
- Cinco miembros por parte de la Administración de designación directa por el Director del Servicio Canario de la Salud. Uno de ellos ostentará la presidencia y su voto tendrá carácter dirimente.
- Con independencia de lo anterior, el Director del Servicio Canario de la Salud nombrará un Secretario para cada Comisión y sus correspondientes suplentes, entre personal fijo del grupo A al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, funcionario o estatutario.
El Secretario no tendrá carácter de miembro de la Comisión, por lo que actuará con voz pero sin voto. - Marco Legal:
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Composición:
El Comité Autonómico de garantías de la carrera profesional para el personal sanitario de formación profesional y el Comité Autonómico de personal de gestión y servicios estarán formados por once miembros elegidos por la Dirección del Servicio Canario de la Salud de entre los que integran los respectivos Comités de evaluación.
Entre sus miembros figurarán, necesariamente, dos de los representantes sindicales a que se refiere el artículo 18.1.d): dos representantes sindicales con categoría de igual o superior nivel de titulación que el personal evaluado, a propuesta conjunta de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad. -
Marco Legal:
- Decreto 231/2008, de 25 de noviembre (BOC nº 239, de 28.11.2008), que modifica el Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 6, de 9.1.08).
- Decreto 421/2007, de 26 de diciembre (BOC nº 6, de 9.01.2008), por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud.
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Composición:
- Cuatro representantes de los facultativos de los Equipos de Atención Primaria por los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, que representen la mayoría prevista para la adopción de acuerdos según el Reglamento de dicha Mesa.
- Un representante sindical propuesto por el Sindicato con mayor representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
- Cinco miembros por parte de la Administración designados directamente por el Director del Servicio Canario de la Salud. Uno de ellos ostentará la presidencia y su voto tendrá carácter dirimente.
- Con independencia de lo anterior, el Director del Servicio Canario de la Salud nombrará un Secretario para cada Comisión y sus correspondientes suplentes, entre personal fijo del grupo A al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, funcionario o estatutario.
- El Secretario no tendrá carácter de miembro de la Comisión, por lo que actuará con voz pero sin voto. - Marco Legal:
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Composición:
- Cuatro personas especialistas en cardiología que desempeñen su labor en el área de Electrofisiología, una por cada Hospital de tercer nivel del Servicio Canario de la Salud.
- Una persona especialista en cardiología que desempeñe su labor en el área de Cardiología Pediátrica, por uno de los Hospitales de tercer nivel del Servicio Canario de la Salud en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
- Una persona especialista en cardiología que desempeñe su labor en el área de Cardiología Pediátrica, por el Complejo Hospitalario Insular Materno Infantil de Gran Canaria.
- Un profesional médico que desempeñe su labor en el área de Genética de uno de los Hospitales del Servicio Canario de la Salud.
- Una persona especialista en cardiología del Sistema Canario de Salud.
- La persona que ocupe la Jefatura de Servicio de Atención Especializada de la Dirección General de Programas Asistenciales.
- Un Técnico del Servicio de Atención Especializada de la Dirección General de Programas Asistenciales.
- La Presidencia de la Comisión la desempeñará una de las personas especialistas en cardiología del Servicio Canario de la Salud elegida entre los miembros de dicha Comisión.
- La Secretaría de la Comisión la desempeñará el Técnico del Servicio de Atención Especializada de la Dirección General de Programas Asistenciales. - Marco Legal:
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Composición:
- Presidente: El titular de la Dirección del Servicio Canario de la Salud.
- Vocales:
* Un representante de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud.
* Un representante de la Dirección General competente en materia de programas asistenciales.
* Un representante de la Dirección General competente en materia de salud pública.
* Un representante de ordenación farmacéutica.
* Un representante de la Consejería competente en materia de Educación.
* Un representante del Instituto Canario de Administración Pública.
* Un representante de los Colegios de Médicos.
* Un representante de los Colegios de Enfermería.
* Un representante del Colegio Oficial de Fisioterapia de Canarias.
* Un representante de los Colegios de Farmacéuticos.
* Un representante de los Colegios de Veterinarios.
* Un representante de las Universidades Canarias.
- Secretario: El funcionario titular de la Secretaría Técnica. - Marco Legal:
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Composición:
- Cuatro representantes de la Administración designados directamente por la Dirección del Servicio Canario de la Salud, uno de los cuales ostentará la presidencia, con voto de calidad, elegidos del siguiente modo:
* En los Comités de evaluación del personal sanitario de formación profesional: cuatro representantes entre personal fijo de categorías de personal sanitario de formación profesional, de igual o superior nivel que el personal evaluado.
* En los Comités de evaluación del personal de gestión y servicios: cuatro representantes entre personal fijo de categorías de gestión y servicios, de igual o superior nivel que el personal evaluado.
- El Director o Directora de enfermería o de gestión del Hospital o de la Gerencia.
- Un profesional del servicio, unidad o equipo de pertenencia del evaluado, de su misma profesión y que ostente, al menos, el mismo grado de desarrollo profesional que aquel al que se pretende acceder, propuesto por el responsable de dicho servicio o unidad.
- Dos representantes sindicales con categoría de igual o superior nivel de titulación que el personal evaluado, a propuesta conjunta de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad.
- Un evaluador designado por una agencia de calidad o por la sociedad científica del ámbito de competencia a que se refiera la evaluación.
- La Dirección del Servicio Canario de la Salud nombrará un secretario, con su suplente, entre personal al servicio de la Administración Pública, que no será miembro del Comité y actuará con voz pero sin voto. -
Marco Legal:
- Decreto 231/2008, de 25 de noviembre (BOC nº 239, de 28.11.2008), que modifica el Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 6, de 9.1.08).
- Decreto 421/2007, de 26 de diciembre (BOC nº 6, de 9.01.2008), por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud.
Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas
El Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas elabora informes y asesora al Servicio Canario de la Salud sobre la utilización terapéutica de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas, para lo que dispondrá de los datos clínicos, analíticos y diagnósticos necesarios en todo lo relacionado con esa materia, entre otras funciones encomendadas.
Consejos Insulares de Rehabilitación Psico-social y Acción Comunitaria para Enfermos Mentales (CIRPAC)
Los Consejos Insulares de Rehabilitación Psicosocial y Acción Comunitaria para Enfermos Mentales (CIRCAP) en cada Área de Salud son órganos colegiados adscritos al Servicio Canario de la Salud, cuyo ámbito de actuación se coordina en la Comisión Asesora sobre Atención a la Salud Mental.
Comisión de evaluación de carrera profesional del personal facultativo de Atención Especializada del Servicio Canario de la Salud
La Comisión de evaluación de la carrera profesional del personal facultativo de Atención Especializada fija, revisa y hace público, con carácter previo al inicio de los períodos a evaluar, todos los criterios y elementos necesarios para la evaluación; valora el cumplimiento de los requisitos y méritos de los profesionales que soliciten el encuadramiento en cada uno de los niveles; supervisa y evalúa los informes y formula propuestas motivadas en relación al resultado.
Comité Autonómico de Garantías de la carrera profesional del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud
El Comité Autonómico de Garantías de la carrera profesional del personal de gestión y servicios tiene como funciones fijar, revisar y hacer públicos, con carácter previo al inicio de los períodos a evaluar, todos los criterios para la evaluación, de los que será informada la Mesa Sectorial de Sanidad; dictar directrices generales de obligado cumplimiento para los Comités de Evaluación con el fin de asegurar la uniformidad en su actuación, así como cualquier otra que le asigne la normativa vigente.
Comisión de evaluación de carrera profesional del personal facultativo de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud
La Comisión de Evaluación de la carrera profesional del personal facultativo de Atención Primaria fija, revisa y hace público, con carácter previo al inicio de los períodos a evaluar, todos los criterios y elementos necesarios para la evaluación; valora el cumplimiento de los requisitos y méritos de los profesionales que soliciten el encuadramiento en cada uno de los niveles; supervisa y evalúa los informes y formula propuestas motivadas en relación al resultado.
Comisión técnica de seguimiento clínico del Programa de Diagnóstico Precoz de Cardiopatía Familiar con alto riesgo de muerte súbita en la Comunidad Autónoma de Canarias
La Comisión técnica de seguimiento clínico del Programa de Diagnóstico Precoz de Cardiopatía Familiar con alto riesgo de muerte súbita en la Comunidad Autónoma de Canarias evalúa los datos disponibles sobre la evolución clínica de los pacientes atendidos en el Programa; toma decisiones en la actuación clínica de los pacientes que sean referidos a la Comisión y hace seguimiento del cumplimiento del Programa, evaluación del mismo y elaboración de propuestas de mejora.
Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias
La Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias tiene como fin regular, dentro del sistema de acreditación, los órganos que posibiliten el desarrollo de la acreditación de centros o unidades docentes, de actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias, así como también la acreditación avanzada de profesionales en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Comités de evaluación de la carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud
Los Comités de evaluación de la carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios evalúan y valoran el cumplimiento de los requisitos y méritos de los profesionales que soliciten el encuadramiento; supervisasn y valoran los informes para la valoración de los méritos; formulan propuestas motivadas a la Dirección del Servicio Canario de la Salud y cualquiera otra que les asigne la normativa vigente.
Estos comités están vigentes para las categorías de Técnico Especialista de Laboratorio, Auxiliar Administrativo y Grupo Técnico de la Función Administrativa.
Oficinas de registro
Servicio Canario de la Salud
C/ Pérez de Rozas, 5
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.
S.G. del Servicio Canario de la Salud
Avda. Juan XXIII, 17
Planta 0
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.
- Servicio Canario de la Salud
- Servicio de Acreditación y Autorización
- Servicio de Ordenación Farmaceútica
- Secretaría General del Servicio Canario de la Salud
- Dirección General de Programas Asistenciales
- Dirección General de Recursos Económicos
- Dirección General de Recursos Humanos
- Dirección General Salud Mental y Adicciones
- Dirección General del Paciente y Cronicidad
- Dirección General de Relaciones Externas e Inspección
- Dirección General de Salud Pública
- Dirección de Área de Salud de El Hierro
- Dirección de Área de Salud de Fuerteventura
- Dirección de Área de Salud de Gran Canaria
- Dirección de Área de Salud de La Gomera
- Dirección de Área de Salud de Lanzarote
- Dirección de Área de Salud de La Palma
- Dirección de Área de Salud de Tenerife
- Gerencia de Servicios Sanitarios de El Hierro
- Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura
- Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera
- Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote
- Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma
- Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria
- Gerencia de Atención Primaria de Tenerife
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Insular Materno-Infantil de Gran Canaria
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias