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Viceconsejero

Ilmo. Sr. D. Alfonso Cabello Mesa

Nombramiento:  DECRETO 134/2023, de 17 de julio

Web: http://www.gobiernodecanarias.org/presidencia/

Correo electrónico: vcp.presidencia@gobiernodecanarias.org

Avda. José Manuel Guimerá, 1  
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 92 38 00
Faxes: 922 92 39 11

Plaza Dr. Rafael O'Shanahan, 1  
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 21 12 60
Faxes: 928 21 12 46

Competencias

La Viceconsejería de la Presidencia es el órgano encargado de prestar apoyo y asistencia al Presidente o Presidenta del Gobierno, así como de la coordinación general de las actividades y funciones del Departamento. Asimismo prestará apoyo y asistencia al Vicepresidente o Vicepresidenta en el ámbito de sus funciones.

Como órgano de apoyo y asistencia de la Presidencia, le corresponden las funciones siguientes:
- La asistencia a quienes desempeñen la Presidencia y Vicepresidencia del Gobierno en sus competencias de dirección y coordinación política de la acción del Gobierno, así como en el seguimiento y dirección de los planes de actuación e iniciativas sectoriales.
- El asesoramiento y asistencia en el seguimiento de las directrices de la política general y del programa legislativo del Gobierno.
- La planificación, diseño y coordinación de la elaboración de los estudios de análisis, seguimiento y prospectiva que le encarguen en relación con las directrices de la política general y el programa legislativo del Gobierno.
- La participación en el diseño y ejecución de los programas de actuación, comisiones y grupos de trabajo impulsados por la Presidencia, cuando se lo encarguen.
- Consulta de la información presupuestaria y económico financiera que permita el seguimiento de la ejecución presupuestaria de las distintas secciones y organismos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- El análisis y seguimiento de las actuaciones sectoriales emprendidas en cada una de las áreas funcionales en ejecución del programa de gobierno.
- El impulso y coordinación de las acciones y programas de los distintos departamentos y organismos públicos para dar cumplimiento al programa de gobierno.
- La propuesta de iniciativas y recomendaciones de coordinación para la ejecución de las directrices de la política general del Gobierno y el mantenimiento de la unidad de dirección política y administrativa de la actividad gubernativa.
- La evaluación del grado de cumplimiento de los políticas comprendidas en el programa de gobierno.
- El seguimiento de los procedimientos de elaboración y tramitación de los anteproyectos de ley y de los proyectos de disposiciones generales de desarrollo y ejecución de las normas incluidas en el programa legislativo del Gobierno de Canarias.
- La evaluación del grado de cumplimiento del programa legislativo del Gobierno de Canarias.
- El impulso y coordinación de las iniciativas legislativas y acciones para el desarrollo y ejecución del Estatuto de Autonomía de Canarias.
- El impulso, seguimiento y coordinación de nuevos traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma, en ejecución del Estatuto de Autonomía de Canarias.
- Las demás que sean necesarias y así lo considere el Presidente o Presidenta para la asistencia en el ejercicio de sus competencias de dirección política y coordinación de la actividad gubernativa.

En materia de coordinación general de las actividades y funciones de la Presidencia del Gobierno, corresponden a la Viceconsejería de la Presidencia las competencias siguientes:
- La promoción, ejecución y coordinación de las áreas de actuación del Presidente o Presidenta.
- La coordinación del Consejo Asesor del Presidente en materia de política económica y social y el desempeño de su secretaría.
- Las facultades de órgano de contratación respecto de las áreas de actuación del Presidente o Presidenta del Gobierno, cuando superen los importes previstos y asignados a otros órganos por el artículo 4 de este Reglamento, sin perjuicio de la propuesta del Presidente o Presidenta para la autorización del Gobierno cuando sea precisa de acuerdo con la legislación vigente.
- La formalización de los encargos a medios propios respecto de las áreas de actuación del Presidente o Presidenta del Gobierno, siempre que se trate de personas jurídicas que tengan la calificación jurídica de medio propio de conformidad con la legislación de contratos del sector público.
- La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial en el ámbito de la Presidencia del Gobierno.
- La organización, dirección y, en su caso, ejecución de los actos institucionales y demás eventos a realizar con motivo de la celebración del Día de Canarias.
- El ejercicio de las competencias atribuidas al Presidente o Presidenta del Gobierno, en el ámbito funcional de sus competencias, por la normativa de indemnizaciones por razón del servicio, siempre que no estén atribuidas a otro órgano.
- El establecimiento y modificación de la modalidad de anticipos de caja fija y la regulación de las órdenes de pago a justificar, así como el nombramiento de los habilitados en el ámbito de la Presidencia del Gobierno, de acuerdo con lo que se establece en la normativa reguladora de los mismos.
- La dirección y coordinación de la delegación del Gobierno de Canarias situada en territorio español.
- Cualesquiera otras que en el ámbito funcional atribuido al Presidente o Presidenta del Gobierno no estén expresamente asignadas a otro órgano.

En materia de fomento de la economía canaria y el desarrollo sostenible, en el ámbito funcional atribuido al Presidente o Presidenta del Gobierno, corresponden a la Viceconsejería de la Presidencia las competencias siguientes:
- La realización y materialización de estudios y actuaciones en materia de internacionalización de la economía canaria, que no correspondan a la Consejería competente en materia de promoción económica.
- La coordinación de la promoción, apoyo y participación en las actividades encaminadas al fomento de la actividad económica, así como de la creación y establecimientos de empresas en Canarias y la promoción de la internacionalización de las empresas canarias, en colaboración con las consejerías competentes por razón de la materia.
- La dirección y coordinación de las competencias atribuidas a la Dirección General de Investigación y Coordinación del Desarrollo Sostenible, en materia de impulso, promoción y realización de investigaciones sobre el desarrollo sostenible de Canarias, así como de apoyo técnico al Presidente en la coordinación de las políticas de desarrollo sostenible de los departamentos de la Administración autonómica.

En materia de seguimiento de las relaciones con las instituciones del Estado, de la Unión Europea y de las Comunidades Autónomas, así como sus administraciones, corresponden a la Viceconsejería de la Presidencia las competencias siguientes:
- El seguimiento e informe de las iniciativas políticas del Estado y otras Comunidades Autónomas que resulten de interés para la Presidencia del Gobierno.
- El apoyo y asistencia al Presidente o Presidenta en sus relaciones con las instituciones del Estado, de la Unión Europea y de las Comunidades Autónomas, así como sus administraciones.

En materia de desarrollo del Estatuto de Autonomía de Canarias, en coordinación con la Secretaría General, corresponden a la Viceconsejería de la Presidencia las competencias siguientes:
- La promoción, impulso y coordinación jurídico-administrativa de las iniciativas legislativas de desarrollo estatutario.
- La coordinación de las actuaciones en orden a la elaboración de estudios, informes y propuestas sobre el desarrollo estatutario.
- La coordinación y seguimiento de los proyectos de disposiciones y acuerdos para la efectividad de las previsiones del Estatuto de Autonomía. d) El apoyo y la asistencia para la promoción e impulso del desarrollo estatutario.

En materia de seguimiento de la normativa europea, estatal y autonómica, corresponden a la Viceconsejería de la Presidencia las competencias siguientes:
- El estudio y seguimiento de los anteproyectos y proyectos de disposiciones generales del Estado y otras Comunidades Autónomas para salvaguardar el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma, en coordinación con la Secretaría General.
- La coordinación del procedimiento de alerta temprana para la verificación de los principios de subsidiariedad y de proporcionalidad en las iniciativas normativas de la Unión Europea.
- La dirección y coordinación de todas las actuaciones relacionadas con las competencias del Estado y del seguimiento normativo.
- La dirección y coordinación de todas las actuaciones previstas para la difusión normativa estatal o autonómica que resulte de interés.

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