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Presidente de Canarias

Excmo. Sr. D. Ángel Víctor Torres Pérez

Nombramiento:  Real Decreto 446/2019, de 15 de julio (BOC nº 135, de 16.07.2019)

Web: http://www.gobiernodecanarias.org/presidencia/

Correo electrónico: presidencia@gobiernodecanarias.org

Avda. José Manuel Guimerá, 1  
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 92 38 00

Plaza Dr. Rafael O'Shanahan, 1  
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 21 12 00

Competencias

Sin perjuicio de la posición institucional que le corresponde por el Estatuto de Autonomía y por la Ley 4/2023 de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, como el más alto representante de la comunidad autónoma y jefe de su poder ejecutivo, el Presidente o la Presidenta del Gobierno ostenta la posición orgánica de titular de departamento respecto de las funciones, competencias, órganos y unidades que tiene asignados.

Corresponden al Presidente o Presidenta las funciones y competencias que el ordenamiento jurídico le atribuye como titular del departamento y miembro del Gobierno, salvo las que están desconcentradas en otro órgano de la Presidencia del Gobierno por su Reglamento.

Específicamente, le corresponden al Presidente o Presidenta del Gobierno las siguientes competencias:
- La coordinación y seguimiento del programa legislativo del Gobierno.
- La aprobación de las normas internas para el buen orden de los trabajos del Gobierno y de sus Comisiones y para la adecuada preparación de los acuerdos que hayan de adoptarse.
- La aprobación de las instrucciones de tramitación de las iniciativas legislativas, así como de las directrices de técnica normativa.
- La propuesta al Gobierno de las normas y acuerdos relativos al régimen jurídico del Consejo de Gobierno y de los demás órganos colegiados del Gobierno.
- La propuesta de celebración de consultas populares en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre cuestiones de interés general en materias autonómicas o locales.
- Las relaciones con las instituciones del Estado, de la Unión Europea y de las Comunidades Autónomas, así como sus administraciones, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Vicepresidencia y a las Consejerías.
- La propuesta al Gobierno de los acuerdos sobre interposición de recursos de inconstitucionalidad, requerimientos de incompetencia y planteamiento de conflictos de competencia, o la formulación de requerimientos de incompetencia suscitados por la Comunidad Autónoma al Estado o a otra Comunidad Autónoma, o viceversa, previos a la sustanciación de conflictos de competencia ante el Tribunal Constitucional.
- La coordinación y seguimiento de las actuaciones que susciten controversias jurídicas, procesales o de otra índole, de relevancia institucional, política o económica, así como las que afecten al ámbito competencial de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.
- La propuesta al Gobierno de los acuerdos que correspondan respecto a las materias que tiene atribuidas la Presidencia del Gobierno y que no estén asignadas al Vicepresidente o Vicepresidenta del Gobierno por este Reglamento Orgánico.
- La firma de los convenios y acuerdos de colaboración con entidades públicas o privadas en los asuntos de competencia de la Presidencia del Gobierno.
- La presidencia de las delegaciones oficiales del Gobierno de Canarias y la representación autonómica en los actos y reuniones de órganos colegiados a los que asista, salvo en los casos en que esté atribuida por norma con rango de ley a otro órgano.
- La superior dirección y coordinación de los órganos y funciones de la Presidencia del Gobierno.
- El nombramiento y cese del personal eventual y de los titulares de los puestos de trabajo de libre designación no atribuidos al Vicepresidente o Vicepresidenta del Gobierno.
- La presidencia de la delegación de la Comunidad Autónoma en la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición adicional cuarta del Estatuto de Autonomía de Canarias.

En materia de relaciones institucionales y acción exterior corresponden al Presidente o Presidenta las siguientes competencias:
- La dirección de las relaciones institucionales y de la acción exterior de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La dirección de la política de asistencia y apoyo a las personas emigrantes canarias y a sus descendientes.
- El reconocimiento de las Entidades Canarias en el Exterior.

En materia de medios de comunicación social corresponde al Presidente o Presidenta la dirección y coordinación de las políticas relativas a los medios de comunicación social.

La Presidencia del Gobierno presta apoyo administrativo a los siguientes órganos colegiados:
- Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas.
- Comisión Mixta de Transferencias de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma prevista en la Disposición adicional cuarta del Estatuto de Autonomía.
- La Comisión de Coordinación y Planificación, en colaboración con las Consejerías de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos y de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.
Asimismo, la Presidencia del Gobierno, en colaboración con las Consejerías de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos y de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, presta apoyo administrativo a la Comisión de Coordinación y Planificación.

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Fundaciones Públicas

    Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX)

    La Fundación Canaria para la Acción Exterior es una fundación pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, constituida al amparo de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias. Fue autorizada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de 29 de julio de 2008, con duración indefinida, que no tiene ánimo de lucro y cuyo patrimonio se encuentra afectado a la realización de los fines de interés general propios de la misma.
    Tiene la condición de medio propio e instrumental de los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus organismos y entidades de derecho público para las materias que constituyen los fines fundacionales.

    Web: http://www.fucaex.org/

    Avda. José Manuel Guimerá, 10
    Edf. Servicios Múltiples II Planta 2ª. CP 38071.  
    38071 Santa Cruz de Tenerife

    Avda. Livingstone, 21 B  
    1000 Bruselas

    Avda. Sexta Avenida de Altamira, entre 3ª y 5ª transversal
    Urbanización Altamira. Chacao. Caracas. Venezuela  
    1062 Caracas

    Avda. Andrade Corvo, 6 - Plateu  
    0000 Praia

    C/ Mamadou Konate, s/n
    Ubicada en la Embajada de España en Nouakchott  
    BP 232 Nouakchott

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Órganos Colegiados

    Comisión Preparatoria de Asuntos del Gobierno

    - Es el órgano colegiado encargado de realizar las tareas preparatorias de estudio e informe de los asuntos que haya de conocer el Gobierno.
    - La Comisión emite informes dirigidos al Gobierno, pero no adopta decisiones por delegación de este.
    - A la Comisión le corresponde, asimismo, fijar criterios de actuación homogénea en materias que sean de competencia común.

    Comité de Inversiones y Proyectos Estratégicos

    Es el órgano colegiado de consulta y asesoramiento al Presidente o a la Presidenta del Gobierno en relación con las actuaciones dirigidas a favorecer la implantación o localización en Canarias de inversiones externas o de proyectos e iniciativas inversoras de especial relevancia.

    Consejo de la Capitalidad

    El Consejo de la Capitalidad es el órgano colegiado, de carácter permanente y consultivo, que tiene encomendada la adecuada coordinación de actuaciones en aquellos aspectos que se estimen de interés concurrente para la Administración autonómica y para las administraciones municipales de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife derivadas del hecho de la capitalidad compartida.

    Funciones

    La organización, competencias y funcionamiento del Consejo de la Capitalidad se regirán por sus disposiciones específicas.

    Consejo Asesor del Presidente

    El Consejo Asesor del Presidente en materia de política económica y social es el órgano de consulta y asesoramiento del Presidente o Presidenta en el establecimiento de planes de políticas de empleo, planes sectoriales económicos y en el estudio de la planificación de la actividad económica regional.

    • Composición:
      - El Presidente o Presidenta del Gobierno, que lo preside.
      - Los Consejeros o Consejeras competentes en materia de economía, hacienda, empleo, derechos sociales y vivienda.
      - Cuatro personas miembros de las organizaciones empresariales más representativas de Canarias.
      - Cuatro personas miembros de las organizaciones sindicales más representativas de Canarias.
      - Las personas miembros del Gobierno o de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que sean convocadas por el Presidente o Presidenta.
      - La Secretaría del Consejo la desempeña la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia, con la asistencia de quien designe de entre el personal funcionario de la Presidencia del Gobierno.
    • Marco Legal:

    Comité de Admisión y Comité de Selección del Fondo de Desarrollo de Canarias

    El Comité de Admisión es el órgano donde se presentan los programas o proyectos a financiar con cargo al FDCAN. Evalúa respecto del cumplimiento de los requisitos y objetivos de los programas y proyectos conforme a lo dispuesto en el Decreto 85/2016, de 4 de julio.

    El Comité de Selección es el órgano que realiza la propuesta informada de los programas y proyectos a financiar con cargo al FDCAN, al Gobierno de Canarias, a través de la Presidencia del Gobierno y de la Consejería competente en materia de economía.

    Una vez culminados los trabajos de los Comités, se faculta a su Presidente o Presidenta para su disolución.

    Funciones
    Las funciones, composición y funcionamiento del Comité de Admisión y del Comité de Selección se rigen por sus normas específicas.

    • Composición:
      El Comité de Admisión tiene la siguiente composición:
      - Una persona en representación de la Consejería competente en materia de hacienda.
      - Una persona en representación de la Consejería competente en materia de economía.
      - Una persona en representación de la Consejería competente en materia de empleo.
      - Una persona en representación de la Consejería competente en materia de administraciones públicas, justicia y seguridad.
      - La persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia, que lo presidirá.
      - La persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno que actuará, además, como secretario del Comité de Admisión o persona en quien delegue.
      - La persona titular de la Dirección General de Coordinación y Apoyo a la Vicepresidencia del Gobierno.

      El Comité de Selección tiene la siguiente composición:
      - Los miembros del Consejo Asesor del Presidente del Gobierno, cuyo Presidente ejercerá la Presidencia del Comité de Selección.
      - Una persona en representación de la Federación Canaria de Islas.
      - Una persona en representación de la Federación Canaria de Municipios.
      - Los Rectores o Rectoras de las Universidades públicas de Las Palmas de Gran Canaria y de La Laguna.
      - La persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno que actuará, además, como secretario del Comité de Selección o persona en quien delegue.
    • Marco Legal:

    Comités de Expertos adscritos a la Presidencia del Gobierno

    Una vez culminados los trabajos de los Comités, se faculta al Presidente o Presidenta del Gobierno para su disolución.

    Funciones
    Las funciones, composición y funcionamiento de los Comités de Expertos se rigen por sus disposiciones específicas.

    Comité Jurídico Asesor

    El Comité Jurídico Asesor es el órgano de consulta y asesoramiento al Presidente o a la Presidenta del Gobierno en relación con las actuaciones que susciten controversias jurídicas, procesales o de otra naturaleza, de relevancia institucional, política o económica que afecten al ámbito competencial de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    Funciones:
    Corresponden al Comité Jurídico Asesor, sin perjuicio de las funciones que tiene atribuidas la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos en el ejercicio de las funciones consultiva y contenciosa ante los tribunales de justicia, las funciones siguientes:
    - La información previa y el seguimiento de los acuerdos que deba adoptar el Gobierno en relación con recursos de inconstitucionalidad, negociaciones para la resolución de discrepancias de constitucionalidad de las leyes, cuestiones de inconstitucionalidad, conflictos de competencias o conflictos en defensa de la autonomía local.
    - La información previa y el seguimiento de los acuerdos del Gobierno que declaren la utilidad pública o el interés social de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Judicial a efectos de expropiación de los derechos reconocidos en una sentencia firme.
    - La información previa y el seguimiento de las decisiones que deban adoptarse en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con las actuaciones de relevancia institucional, política o económica que se sigan ante los tribunales de cualquier orden jurisdiccional.
    - La información previa y el seguimiento de cualquier otro asunto de naturaleza jurídica que determine el Presidente o Presidenta del Gobierno.

    • Composición:
      Está compuesto por el Presidente o Presidenta, que lo preside, y por:
      -El Consejero o Consejera de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que desempeñará la vicepresidencia.
      -El Consejero o Consejera de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.
      -El Consejero o Consejera del departamento o departamentos competentes por razón de la materia.
      -La persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia.
      -La persona titular de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos.
      -La persona titular de la Viceconsejería de Justicia.
      -La persona titular de la Dirección General del Gabinete del Presidente.
      -La persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, que desempeña la secretaría del Comité con la asistencia del funcionario o funcionaria que la misma designe.
    • Marco Legal:

    Comité de Iniciativas y Proyectos de Interés Autonómico

    El Comité de Iniciativas y Proyectos de Interés Autonómico, es un órgano colegiado de asesoramiento adscrito a la Presidencia del Gobierno, al Presidente o Presidenta.


    Funciones
    Además de las de asesoramiento al Presidente o Presidenta del Gobierno, también tiene la función de la coordinación, participación y colaboración interadministrativa en relación con las actuaciones dirigidas a favorecer la implantación o localización en Canarias de inversiones externas o de iniciativas y proyectos de especial relevancia para la actividad económica en Canarias.

    • Composición:
      - Presidencia: la persona titular de la Presidencia del Gobierno.
      - Vicepresidencia: la persona titular del Departamento competente en materia de economía.
      - Vocales:
      • La persona titular del Departamento competente en materia de administraciones públicas.
      • Las personas titulares de los Departamentos competentes por razón de la materia a tratar.
      • Una persona designada en su representación por la Asociación Federación Canaria de Islas.
      • Una persona designada en su representación por la Asociación Federación Canaria de Municipios.
      • La persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia.
      • La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de economía.
      - La secretaría del Comité será asumida por la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia, con la asistencia de la persona que designe de entre el personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
    • Marco Legal:

    Consejo Canario de Desarrollo Sostenible

    El Consejo Canario de Desarrollo Sostenible, adscrito a la Presidencia del Gobierno, es un órgano colegiado de asesoramiento, colaboración y de cauce de participación de la sociedad civil para el cumplimiento de los retos, políticas aceleradoras, prioridades de actuación, objetivos y metas establecidos en la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible 2030 (Agenda Canaria 2030).

    • Composición:
      - La Presidencia, corresponde a la persona que designe la Viceconsejería de la Presidencia.
      - La Vicepresidencia, será ejercida por un representante elegido anualmente de forma consensuada entre las vocalías.
      - La Secretaría, será ejercida por la persona designada por la Viceconsejería de la Presidencia de entre el personal funcionario adscrito a la Presidencia del Gobierno.
      - Las vocalías, en representación de la sociedad civil, en número de treinta, siguientes:
      • Una persona a propuesta y en representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Federación Canaria de Islas (FECAI).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Dirección General responsable de coordinar los trabajos de diseño, implementación y dinamización de la Agenda Canaria 2030, y otra a propuesta y en representación de la Dirección General con competencias en materia de lucha contra el cambio climático y medio ambiente.
      • Una persona a propuesta y en representación del equipo de gobierno de la Universidad de La Laguna (ULL).
      • Una persona a propuesta y en representación del equipo de gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Unión General de Trabajadores de Canarias (UGT-Canarias).
      • Una persona a propuesta y en representación de Comisiones Obreras Canarias (CCOO-Canarias).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Confederación Canaria de Empresarios (CCE).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-Tenerife).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Asociación de Empresas de Economía Social en Canarias (ASESCAN).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Plataforma del Tercer Sector de Canarias.
      • Una persona a propuesta y en representación de Cruz Roja en Canarias.
      • Una persona en representación de la Organización Nacional de Ciegos (ONCE) en Canarias.
      • Una persona a propuesta y en representación de la Asociación de Empresas de Inserción de Canarias (ADEICAN).
      • Una persona a propuesta y en representación de Red Canaria de Entidades de Promoción e Inserción Socio-Laboral Anagos (Red Anagos).
      • Una persona a propuesta y en representación de Red Europea de Lucha Contra la Pobreza y la Exclusión Social de Canarias (EAPN-Canarias).
      • Una persona a propuesta y en representación de la Red Canaria de Reservas de la Biosfera.
      • Doce personas designadas por la Presidencia del Consejo, de forma que queden representadas las entidades que desarrollen actividad en Canarias en cada uno de los siguientes ámbitos:
      - la defensa de los intereses de las personas con discapacidad,
      - la cooperación internacional para el desarrollo y educación para la ciudadanía global en Canarias,
      - la migración,
      - la igualdad de trato por origen racial o étnico,
      - la igualdad de género,
      - la defensa de los intereses del colectivo LGTBIQ+,
      - la defensa del ecologismo social,
      - el patrimonio cultural y la cultura de los pueblos, su protección y el fomento del entendimiento mutuo,
      - la defensa de los intereses de los consumidores y usuarios,
      - la defensa de los intereses de la infancia,
      - la defensa de los intereses de la juventud,
      - la defensa de los intereses de los mayores.
    • Marco Legal:

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Oficinas de registro

    S.G. de Presidencia del Gobierno

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    38071 Santa Cruz de Tenerife

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas 
    - Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas. 
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre

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