Consejera
Excma. Sra. Dña. Esther María Monzón Monzón
Nombramiento: DECRETO 43/2023, de 14 de julio
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/san/
Correo electrónico: consejera.san@gobiernodecanarias.org
Competencias
El Consejero de Sanidad, como órgano superior de dirección y jefe del Departamento, tiene atribuidas las funciones relacionadas en la Ley 4/2023 de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, en el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y ejerce las competencias previstas en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad y en las demás disposiciones vigentes.
Corresponde al Consejero de Sanidad:
- La resolución de las reclamaciones previas a la vía civil que puedan plantearse ante el Departamento.
- La aprobación de ficheros de datos de carácter personal.
Además le corresponden competencias en las siguientes materias:
- Salud pública, asistencia sanitaria y ordenación farmacéutica.
- Atención a las drogodependencias.
Marco Legal
- Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias
- Ley 14/1990, de 26 de julio (BOC nº 96, de 01.08.90), de Regimen Jurídico de las Administraciones Publicas de Canarias
- DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.
- Decreto 5/2016, de 15 de febrero (BOC nº 37, de 24.02.2016), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad
Sociedades Mercantiles Públicas
Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias, S.A.
En Consejo de Gobierno de fecha 1 de agosto de 2023 se acuerda adscribir la tutela funcional de la sociedad Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias S.A. a las Consejerías de Sanidad y a la de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas.
Web: http://www.gsccanarias.com/
C/ Real del Castillo, 152
Hospital Juan Carlos I Quinta Planta. Ala Centro
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Carretera General de La Esperanza, 10
38071 San Cristóbal de La Laguna
Fundaciones Públicas
Fundación Canaria Instituto de Investigación Sanitaria de Canarias (FIISC)
La Fundación Canaria Instituto de Investigación Sanitaria de Canarias (FIISC), promovida por la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias y por el Servicio Canario de la Salud, nace de la modificación estatutaria de la Fundación Canaria de Investigación Sanitaria (FUNCANIS), creada a partir de la fusión de la Fundación Canaria Rafael Clavijo para la Investigación Biomédica y la Fundación Canaria de Investigación y Salud (FUNCIS). De ámbito autonómico, su objeto es promover y apoyar la investigación en el ámbito de las ciencias de la salud para contribuir a la prevención de la enfermedad, a la promoción y protección de la salud, al tratamiento y rehabilitación de la enfermedad y a elevar el grado de conocimiento sobre la salud de la población, así como gestionar la investigación del Servicio Canario de la Salud que se le encomiende por este organismo.
Web: https://www.funcanis.org/
Carretera Gral. La Cuesta-Taco, s/n
Pabellón de Gobierno del HUC Planta -1ª
38320 San Cristóbal de La Laguna
C/ Barranco La Ballena, s/n Edf. Anexo al Hospital Univ. de Gran Canaria Dr. Negrín
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Órganos Colegiados
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Composición:
- Presidente.
- Vocales:
* Dos facultativos médicos especialistas en Pediatría y dos facultativos médicos especialistas en Endocrinología, que presten sus servicios en los hospitales del Servicio Canario de la Salud.
* Un facultativo médico especialista en Nefrología y preferentemente también en Pediatría.
* Un facultativo médico especialista en Farmacología Clínica, representante del Centro Regional de Farmacovigilancia e Información Terapéutica de Canarias.
* Dos farmacéuticos especialistas en Farmacia Hospitalaria, uno del Área de Salud de Gran Canaria y otro del Área de Salud de Tenerife. -
Marco Legal:
- Decreto 200/2008, de 30 de septiembre (BOC nº 203, de 9.10.2008), que modifica el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.
- Decreto 29/2004, de 23 de marzo (BOC nº 66, de 5.04.2004), por el que se modifica el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, y el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.
- Decreto 61/1997, de 30 de abril (BOC nº 68, de 28.05.1997), por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.
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Composición:
- Presidente: Director/a de Área de Salud, del Servicio Canario de la Salud.
- Vocales:
* El responsable o responsables del Servicio o Servicios de Psiquiatría y Salud Mental del Área de Salud, sean del Servicio Canario de la Salud o del Cabildo, en su caso.
* El responsable o responsables de los Servicios Sociales especializados del Área de Salud con competencia en la atención a enfermos mentales crónicos.
* Un representante por cada una de las Direcciones Gerencias de Hospitales o, en su caso, de la Gerencia de Servicios Sanitarios.
* Un representante de la Dirección General de Programas Asistenciales que actuará de coordinador con la presidencia de la Comisión Asesora sobre Atención a la Salud Mental.
* El responsable de Acción Social del Cabildo con competencia en la atención a enfermos mentales crónicos.
* Un representante del Instituto Canario de Formación y Empleo con competencia en formación y empleo para disminuidos psíquicos.
* Un representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa con competencia en la formación para disminuidos psíquicos.
* Un representante de cada Asociación de Familiares de Enfermos Mentales, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, con ámbito de influencia en el Área de Salud correspondiente al CIRPAC.
* Una representación de los municipios, tratándose de las mismas personas designadas para los Consejos de Salud de Área. - Marco Legal:
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Composición:
- Un representante de los facultativos de cada una de las Juntas Técnico Asistenciales de los Hospitales Universitarios del Servicio Canario de la Salud y uno del conjunto de las Juntas técnico Asistenciales de los Hospitales no docentes.
- Un representante sindical propuesto por el sindicato con mayor representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
- Cinco miembros por parte de la Administración de designación directa por el Director del Servicio Canario de la Salud. Uno de ellos ostentará la presidencia y su voto tendrá carácter dirimente.
- Con independencia de lo anterior, el Director del Servicio Canario de la Salud nombrará un Secretario para cada Comisión y sus correspondientes suplentes, entre personal fijo del grupo A al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, funcionario o estatutario.
El Secretario no tendrá carácter de miembro de la Comisión, por lo que actuará con voz pero sin voto. - Marco Legal:
-
Composición:
El Comité Autonómico de garantías de la carrera profesional para el personal sanitario de formación profesional y el Comité Autonómico de personal de gestión y servicios estarán formados por once miembros elegidos por la Dirección del Servicio Canario de la Salud de entre los que integran los respectivos Comités de evaluación.
Entre sus miembros figurarán, necesariamente, dos de los representantes sindicales a que se refiere el artículo 18.1.d): dos representantes sindicales con categoría de igual o superior nivel de titulación que el personal evaluado, a propuesta conjunta de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad. -
Marco Legal:
- Decreto 231/2008, de 25 de noviembre (BOC nº 239, de 28.11.2008), que modifica el Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 6, de 9.1.08).
- Decreto 421/2007, de 26 de diciembre (BOC nº 6, de 9.01.2008), por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud.
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Composición:
- Cuatro representantes de los facultativos de los Equipos de Atención Primaria por los sindicatos presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, que representen la mayoría prevista para la adopción de acuerdos según el Reglamento de dicha Mesa.
- Un representante sindical propuesto por el Sindicato con mayor representación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
- Cinco miembros por parte de la Administración designados directamente por el Director del Servicio Canario de la Salud. Uno de ellos ostentará la presidencia y su voto tendrá carácter dirimente.
- Con independencia de lo anterior, el Director del Servicio Canario de la Salud nombrará un Secretario para cada Comisión y sus correspondientes suplentes, entre personal fijo del grupo A al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, funcionario o estatutario.
- El Secretario no tendrá carácter de miembro de la Comisión, por lo que actuará con voz pero sin voto. - Marco Legal:
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Composición:
- Cuatro personas especialistas en cardiología que desempeñen su labor en el área de Electrofisiología, una por cada Hospital de tercer nivel del Servicio Canario de la Salud.
- Una persona especialista en cardiología que desempeñe su labor en el área de Cardiología Pediátrica, por uno de los Hospitales de tercer nivel del Servicio Canario de la Salud en la provincia de Santa Cruz de Tenerife.
- Una persona especialista en cardiología que desempeñe su labor en el área de Cardiología Pediátrica, por el Complejo Hospitalario Insular Materno Infantil de Gran Canaria.
- Un profesional médico que desempeñe su labor en el área de Genética de uno de los Hospitales del Servicio Canario de la Salud.
- Una persona especialista en cardiología del Sistema Canario de Salud.
- La persona que ocupe la Jefatura de Servicio de Atención Especializada de la Dirección General de Programas Asistenciales.
- Un Técnico del Servicio de Atención Especializada de la Dirección General de Programas Asistenciales.
- La Presidencia de la Comisión la desempeñará una de las personas especialistas en cardiología del Servicio Canario de la Salud elegida entre los miembros de dicha Comisión.
- La Secretaría de la Comisión la desempeñará el Técnico del Servicio de Atención Especializada de la Dirección General de Programas Asistenciales. - Marco Legal:
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Composición:
- Presidente: El titular de la Dirección del Servicio Canario de la Salud.
- Vocales:
* Un representante de la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud.
* Un representante de la Dirección General competente en materia de programas asistenciales.
* Un representante de la Dirección General competente en materia de salud pública.
* Un representante de ordenación farmacéutica.
* Un representante de la Consejería competente en materia de Educación.
* Un representante del Instituto Canario de Administración Pública.
* Un representante de los Colegios de Médicos.
* Un representante de los Colegios de Enfermería.
* Un representante del Colegio Oficial de Fisioterapia de Canarias.
* Un representante de los Colegios de Farmacéuticos.
* Un representante de los Colegios de Veterinarios.
* Un representante de las Universidades Canarias.
- Secretario: El funcionario titular de la Secretaría Técnica. - Marco Legal:
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Composición:
La Comisión Asesora sobre Asistencia Geriátrica estará compuesta por:
- La Presidencia, que será ostentada por la persona que sea titular de la Dirección del Servicio Canario de la Salud.
- La Vicepresidencia, que será ostentada por la persona titular de la Viceconsejería competente en materia de políticas sociales de la Consejería competente en dicha materia.
- Los siguientes diecisiete vocales:
* La persona que ostente la dirección general competente en materia de programas asistenciales del Servicio Canario de la Salud.
* La persona que ostente la dirección general competente en materia de atención a la dependencia de la Consejería competente en materia de políticas sociales.
* Dos representantes de las asociaciones representativas de los municipios canarios, designados por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad a propuesta, respectivamente, de las asociaciones representativas de los municipios canarios.
* Una persona en representación de cada uno de los Cabildos Insulares, designada por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad a propuesta, respectivamente, de cada uno de los Cabildos Insulares.
* Cuatro profesionales de reconocido prestigio en el campo de la geriatría, designados directamente por la persona titular de la Consejería con competencias en materia de sanidad, dos a propuesta de la persona que ostente la Dirección del Servicio Canario de la Salud y los otros dos a propuesta de la persona que ostente la Viceconsejería responsable del área de políticas sociales de la Consejería competente en dicha materia.
* Una persona en representación de las Asociaciones Profesionales que tengan relación en el ámbito de la geriatría. Su nombramiento se realizará por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad y a propuesta conjunta de las Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería competente en la materia.
* Una persona en representación de las Asociaciones de Familiares. Su nombramiento se realizará por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad y a propuesta conjunta de las Asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería competente en la materia. -
Composición:
La Comisión estará integrada por las siguientes personas:
- nombradas directamente por orden del titular de la Consejería competente en materia de sanidad:
* Una en representación de la Consejería competente en materia de sanidad.
* Tres en representación del Servicio Canario de la Salud, siendo uno de ellos una persona técnica informática y otro un representante de la Dirección General competente en materia de programas asistenciales.
* Dos en representación de Hospitales integrados en el Servicio Canario de la Salud.
- nombradas a propuesta del organismo, centro o ente al que representen:
* Dos en representación de Hospitales privados de Canarias.
* Una en representación de la Consejería competente en materia de patrimonio documental.
* Una persona en representación de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos perteneciente a la Escala de Letrados del Cuerpo Superior Facultativo de la Comunidad Autónoma.
La persona representante de la Dirección General competente en materia de programas asistenciales ostentará la Presidencia de la Comisión.
Ejercerá el Secretariado de la Comisión la persona designada de entre el personal funcionario adscrito a la Dirección General competente en materia de programas asistenciales, que tendrá voz pero no voto. -
Composición:
La composición, funciones de estos comités y su régimen jurídico y de actividad se regirán por su normativa específica. -
Composición:
La Comisión Asesora de Bioética de Canarias estará integrada por los siguientes miembros:
- Presidencia: la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad.
- Vicepresidencia: una persona que sea alto cargo de la Consejería competente en materia de sanidad o de sus organismos públicos adscritos, designado por la persona titular de la Consejería.
- Vocales:
* Una persona nombrada por el consejero competente en materia de sanidad de entre los Altos Cargos del Servicio Canario de la Salud.
* Seis personas con conocimientos y experiencia acreditada en bioética, nombrados por el consejero competente en materia de sanidad a propuesta del Director del Servicio Canario de la Salud y a iniciativa de la persona titular de la dirección general competente en materia de programas asistenciales.
* Dos personas licenciadas/graduadas en Derecho, con conocimientos y experiencia en derecho sanitario y bioética, nombradas por el consejero competente en materia de sanidad, a propuesta de la persona que ostente la Secretaría General Técnica.
- Ejercerá el secretariado personal funcionario de la Consejería competente en materia de sanidad, licenciado en Derecho, designado por el titular del Departamento, que actuará con voz pero sin voto.
Los vocales serán nombrados por un período de tres años, prorrogable por otros tres y se nombrarán suplentes para cada uno de ellos.
La Comisión Asesora de Bioética de Canarias podrá ser asistida por personas expertas externas que se estime necesario. También podrá solicitar la presencia de representantes de entidades sin ánimo de lucro, en función de la naturaleza de los asuntos a tratar. En ambos casos, los expertos y representantes intervendrán con voz pero sin voto.
Los miembros de la Comisión Asesora de Bioética de Canarias y cualquier persona que asista a las deliberaciones, sesiones o reuniones deberán guardar confidencialidad de todos los asuntos tratados y de la información a la que tengan acceso. -
Composición:
El titular de la Consejería competente en materia de sanidad ostenta la presidencia del Consejo, pudiendo delegar su ejercicio en cualquiera de los altos cargos de la Consejería.
Integran el Consejo Canario de la Salud los siguientes vocales:
- Catorce en representación de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, asumiendo uno de ellos las funciones de Secretario.
- Siete en representación de los Cabildos insulares.
- Cuatro en representación de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma con mayor número de habitantes y uno en representación de la ciudad más poblada de cada una de las islas menores.
- Cuatro en representación de las centrales sindicales:
* Dos en representación de las centrales sindicales más representativas en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
* Dos en representación de las centrales más representativas en el sector de la salud de Canarias.
- Tres en representación de las organizaciones empresariales más representativas.
- Hasta seis en representación de los colegios profesionales relacionados con el objeto de esta Ley
- Uno por cada una de las Universidades Canarias.
- Uno en representación de las organizaciones de consumidores y usuarios, propuesto por la más representativa en Canarias de las inscritas en el Censo de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Canarias.
- Dos en representación de las organizaciones vecinales más representativas en Canarias, propuestos por la más representativa en Canarias de las inscritas legalmente en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias. -
Composición:
La Comisión coordinadora estará presidida por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad del Gobierno de Canarias y de la misma serán vocales:
- Por la Comunidad Autónoma de Canarias:
* Una persona con rango al menos de titular de dirección general, por cada una de las siguientes áreas materiales:
+ Servicio de empleo.
+ Políticas Sociales.
* La persona responsable de cada una de las siguientes áreas:
+ Atención primaria del Servicio Canario de la Salud.
+ Salud mental.
- Las personas en representación de la Administración General del Estado, designadas por ésta, con responsabilidad en las áreas materiales siguientes:
* Una de sanidad.
* Una de asuntos penitenciarios.
- La persona que ostente el cargo de Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Canarias o persona en quien delegue.
- Una persona representante de las Fuerzas Armadas designado por la Jefatura del Mando Unificado de Canarias.
- Una persona representante de la asociación de municipios canarios más representativa.
- Una persona representante de los Cabildos Insulares.
- Las personas titulares de los rectorados de las Universidades de Las Palmas de Gran Canaria y La Laguna o personas en quien respectivamente deleguen.
- Ejercerá el secretariado, con voz y voto, la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en materia de atención a las drogodependencias. -
Composición:
El Pleno de la Comisión Asesora estará presidido por la persona titular de la Dirección General competente en materia de programas asistenciales del Servicio Canario de la Salud y de el formarán parte:
- Las personas titulares de las direcciones generales competentes o responsables de organismos autónomos de las siguientes materias:
* Atención a las drogodependencias.
* Dependencia y discapacidad.
* Justicia.
* Protección de la infancia y la familia.
* Promoción educativa.
* Servicio Canario de Empleo.
- Las personas titulares de las direcciones de las siete Áreas de Salud.
- Las personas responsables de los servicios de psiquiatría de las diferentes Áreas de Salud de Canarias.
- Una persona representante de las siguientes Instituciones y Organismos con competencias o recursos en el área de salud mental, designadas a propuesta de estos y nombradas por el consejero competente en materia de sanidad:
* Cabildo Insular de Tenerife.
* Cabildo Insular de Gran Canaria.
* Cabildo Insular de La Palma.
* Cabildo Insular de Lanzarote.
* Cabildo Insular de La Gomera.
* Cabildo Insular de Fuerteventura.
* Cabildo Insular de El Hierro.
* Universidad de La Laguna.
* Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
* Asociaciones Profesionales que tengan relación en el ámbito de la salud mental a propuesta conjunta de las inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería competente en la materia.
- Dos profesionales de reconocido prestigio en el campo de la salud mental, a propuesta de la Dirección General competente en materia de programas asistenciales del Servicio Canario de la Salud, cuyos nombramientos se realizarán por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad.
- Dos representantes de las Asociaciones de Familiares, por provincia, cuyos nombramientos se realizarán por la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad y a propuesta conjunta de las inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería competente en la materia.
La Presidencia dirige las actividades de la Comisión Asesora, coordina sus tareas y se ocupa de relacionarla con las distintas Instituciones o Administraciones que formen parte de la misma.
Ejercerá el secretariado de la Comisión la persona vocal designada por acuerdo de la misma, asumiendo entre sus funciones, efectuar, por orden de la Presidencia, las convocatorias ordinaria y extraordinaria de la Comisión, la elaboración y autorización de las actas y la redacción de la memoria anual a propuesta de la Comisión Asesora. -
Composición:
- Cuatro representantes de la Administración designados directamente por la Dirección del Servicio Canario de la Salud, uno de los cuales ostentará la presidencia, con voto de calidad, elegidos del siguiente modo:
* En los Comités de evaluación del personal sanitario de formación profesional: cuatro representantes entre personal fijo de categorías de personal sanitario de formación profesional, de igual o superior nivel que el personal evaluado.
* En los Comités de evaluación del personal de gestión y servicios: cuatro representantes entre personal fijo de categorías de gestión y servicios, de igual o superior nivel que el personal evaluado.
- El Director o Directora de enfermería o de gestión del Hospital o de la Gerencia.
- Un profesional del servicio, unidad o equipo de pertenencia del evaluado, de su misma profesión y que ostente, al menos, el mismo grado de desarrollo profesional que aquel al que se pretende acceder, propuesto por el responsable de dicho servicio o unidad.
- Dos representantes sindicales con categoría de igual o superior nivel de titulación que el personal evaluado, a propuesta conjunta de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad.
- Un evaluador designado por una agencia de calidad o por la sociedad científica del ámbito de competencia a que se refiera la evaluación.
- La Dirección del Servicio Canario de la Salud nombrará un secretario, con su suplente, entre personal al servicio de la Administración Pública, que no será miembro del Comité y actuará con voz pero sin voto. -
Marco Legal:
- Decreto 231/2008, de 25 de noviembre (BOC nº 239, de 28.11.2008), que modifica el Decreto 421/2007, de 26 de diciembre, por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 6, de 9.1.08).
- Decreto 421/2007, de 26 de diciembre (BOC nº 6, de 9.01.2008), por el que se aprueba y desarrolla el modelo de carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud.
Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas
El Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas elabora informes y asesora al Servicio Canario de la Salud sobre la utilización terapéutica de la hormona de crecimiento y sustancias relacionadas, para lo que dispondrá de los datos clínicos, analíticos y diagnósticos necesarios en todo lo relacionado con esa materia, entre otras funciones encomendadas.
Consejos Insulares de Rehabilitación Psico-social y Acción Comunitaria para Enfermos Mentales (CIRPAC)
Los Consejos Insulares de Rehabilitación Psicosocial y Acción Comunitaria para Enfermos Mentales (CIRPAC) en cada Área de Salud son órganos colegiados adscritos al Servicio Canario de la Salud, cuyo ámbito de actuación se coordina en la Comisión Asesora sobre Atención a la Salud Mental.
Comisión de evaluación de carrera profesional del personal facultativo de Atención Especializada del Servicio Canario de la Salud
La Comisión de evaluación de la carrera profesional del personal facultativo de Atención Especializada fija, revisa y hace público, con carácter previo al inicio de los períodos a evaluar, todos los criterios y elementos necesarios para la evaluación; valora el cumplimiento de los requisitos y méritos de los profesionales que soliciten el encuadramiento en cada uno de los niveles; supervisa y evalúa los informes y formula propuestas motivadas en relación al resultado.
Comité Autonómico de Garantías de la carrera profesional del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud
El Comité Autonómico de Garantías de la carrera profesional del personal de gestión y servicios tiene como funciones fijar, revisar y hacer públicos, con carácter previo al inicio de los períodos a evaluar, todos los criterios para la evaluación, de los que será informada la Mesa Sectorial de Sanidad; dictar directrices generales de obligado cumplimiento para los Comités de Evaluación con el fin de asegurar la uniformidad en su actuación, así como cualquier otra que le asigne la normativa vigente.
Comisión de evaluación de carrera profesional del personal facultativo de Atención Primaria del Servicio Canario de la Salud
La Comisión de Evaluación de la carrera profesional del personal facultativo de Atención Primaria fija, revisa y hace público, con carácter previo al inicio de los períodos a evaluar, todos los criterios y elementos necesarios para la evaluación; valora el cumplimiento de los requisitos y méritos de los profesionales que soliciten el encuadramiento en cada uno de los niveles; supervisa y evalúa los informes y formula propuestas motivadas en relación al resultado.
Comisión técnica de seguimiento clínico del Programa de Diagnóstico Precoz de Cardiopatía Familiar con alto riesgo de muerte súbita en la Comunidad Autónoma de Canarias
La Comisión técnica de seguimiento clínico del Programa de Diagnóstico Precoz de Cardiopatía Familiar con alto riesgo de muerte súbita en la Comunidad Autónoma de Canarias evalúa los datos disponibles sobre la evolución clínica de los pacientes atendidos en el Programa; toma decisiones en la actuación clínica de los pacientes que sean referidos a la Comisión y hace seguimiento del cumplimiento del Programa, evaluación del mismo y elaboración de propuestas de mejora.
Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias
La Comisión Canaria de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias tiene como fin regular, dentro del sistema de acreditación, los órganos que posibiliten el desarrollo de la acreditación de centros o unidades docentes, de actividades de formación continuada de las profesiones sanitarias, así como también la acreditación avanzada de profesionales en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Comisión Asesora sobre Asistencia Geriátrica
La Comisión Asesora sobre Asistencia Geriátrica es el órgano consultivo de la Consejería competente en materia de sanidad que asesora, informa y propone actuaciones en materia de asistencia geriátrica.
Comisión de Seguimiento, Valoración y Expurgo de documentación clínica
La Comisión de Seguimiento, Valoración y Expurgo de documentación clínica es el órgano colegiado encargado de la implantación de la historia clínica unificada y del seguimiento de los documentos que integran la misma, planificando el conjunto del proceso de conservación de la documentación contenida en las historias clínicas hospitalarias y garantizando que los procesos de expurgo se lleven a cabo con todo tipo de garantías.
Comités Ejecutivo y Científico de Canarias para la preparación y respuesta frente a situaciones de emergencias sanitarias
El Comité Ejecutivo de Canarias para la preparación y respuesta frente a situaciones de emergencias sanitarias, es un órgano colegiado de carácter decisorio y ejecutivo adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad.
La puesta en funcionamiento de este Comité Ejecutivo se realizará mediante convocatoria por la persona que ostente la Presidencia en situaciones que den lugar a la declaración de alerta sanitaria por el órgano o Administración competente, ejerciendo las funciones que le atribuye su Decreto de regulación.
El Comité Científico, es un órgano asesor del Comité Ejecutivo de Canarias para la preparación y respuesta frente a situaciones de emergencias sanitarias, adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad.
Este Comité Científico se encargará del asesoramiento e información al Comité Ejecutivo de Canarias para la preparación y respuesta frente a situaciones de emergencias sanitarias en los temas de carácter científico y técnico, necesarios para dar respuesta a dichas emergencias sanitarias.
Comisión Asesora de Bioética de Canarias
La Comisión Asesora de Bioética de Canarias es el órgano colegiado asesor y consultivo del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de ética de las ciencias de la vida y de atención a la salud, y servirá de apoyo a los Comités de Ética Asistencial que se constituyan.
Consejo Canario de la Salud
El Consejo Canario de la Salud es el órgano superior de participación comunitaria en el Sistema Canario de la Salud.
Comisión coordinadora de atención a las drogodependencias
La Comisión coordinadora de atención a las drogodependencias es el órgano de coordinación, fomento y evaluación de la eficacia y utilidad de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas en materia de drogodependencias.
Comisión Asesora sobre Atención a la Salud Mental
La Comisión Asesora sobre Atención a la Salud Mental es el órgano consultivo de la Consejería competente en materia de sanidad que asesora, informa y propone actuaciones en materia de salud mental.
Comités de evaluación de la carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios del Servicio Canario de la Salud
Los Comités de evaluación de la carrera profesional del personal sanitario de formación profesional y del personal de gestión y servicios evalúan y valoran el cumplimiento de los requisitos y méritos de los profesionales que soliciten el encuadramiento; supervisasn y valoran los informes para la valoración de los méritos; formulan propuestas motivadas a la Dirección del Servicio Canario de la Salud y cualquiera otra que les asigne la normativa vigente.
Estos comités están vigentes para las categorías de Técnico Especialista de Laboratorio, Auxiliar Administrativo y Grupo Técnico de la Función Administrativa.
Oficinas de registro
S.G.T. de Sanidad
Avda. Juan XXIII, 17
Planta 0 Planta 6ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre.
S.G.T. de Sanidad
Rambla de Santa Cruz, 53
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre.
- Consejería de Sanidad
- Secretaría General Técnica de Sanidad
- Servicio Canario de la Salud
- Servicio de Acreditación y Autorización
- Servicio de Ordenación Farmaceútica
- Secretaría General del Servicio Canario de la Salud
- Dirección General de Programas Asistenciales
- Dirección General de Recursos Económicos
- Dirección General de Recursos Humanos
- Dirección General Salud Mental y Adicciones
- Dirección General del Paciente y Cronicidad
- Dirección General de Relaciones Externas e Inspección
- Dirección General de Salud Pública
- Dirección de Área de Salud de El Hierro
- Dirección de Área de Salud de Fuerteventura
- Dirección de Área de Salud de Gran Canaria
- Dirección de Área de Salud de La Gomera
- Dirección de Área de Salud de Lanzarote
- Dirección de Área de Salud de La Palma
- Dirección de Área de Salud de Tenerife
- Gerencia de Servicios Sanitarios de El Hierro
- Gerencia de Servicios Sanitarios de Fuerteventura
- Gerencia de Servicios Sanitarios de La Gomera
- Gerencia de Servicios Sanitarios de Lanzarote
- Gerencia de Servicios Sanitarios de La Palma
- Gerencia de Atención Primaria de Gran Canaria
- Gerencia de Atención Primaria de Tenerife
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Insular Materno-Infantil de Gran Canaria
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Gran Canaria Dr. Negrín
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria
- Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias
- Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia (ICHH)
- Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias