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Director General

Ilmo. Sr. D. Hector Mateo Castañeyra

Nombramiento:  DECRETO 313/2023, de 1 de agosto

Web: https://www.gobiernodecanarias.org/turic/

C/ León y Castillo, 200
Edf. Servicios Múltiples III Planta 6ª  
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 79 61 00/01
Faxes: 928 45 57 96

Avda. Francisco La Roche, 35
Edf. Servicios Múltiples I Planta 2ª  
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 47 54 00
Faxes: 922 92 27 10

Competencias

Se suprime la Dirección General de Infraestructura Turística, cuyas competencias se atribuyen a la Dirección General de Infraestructura, Sostenibilidad y Calidad Turística.

Bajo la superior dirección de la Viceconsejería de Turismo, la Dirección General de Infraestructura Turística es el órgano responsable de la gestión de las competencias en materia de infraestructura turística en los términos previstos en este Reglamento y en el resto del ordenamiento jurídico.

En el área material de competencias que tiene atribuida, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Infraestructura Turística las funciones previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, elevándose a trescientos un mil (301.000) euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación.

Asimismo, le corresponde la gestión de la documentación administrativa disponible al público que obre en su poder, de acuerdo con lo que disponga la legislación de transparencia y acceso a la información pública, actuando como órgano competente para la resolución de las solicitudes de acceso a dicha información.

También le corresponde ejercer el seguimiento de los programas y actividades encomendadas a entes instrumentales adscritos a la Consejería en las áreas competenciales de infraestructura turística.

Asimismo, corresponden a la Dirección General de Infraestructura Turística las competencias en materia de infraestructura turística que no estén expresamente atribuidas a otro órgano y, en particular, las siguientes:
- La emisión, en su caso, de informes sectoriales previos a la emisión por la Administración autonómica del informe único, preceptivo y vinculante en la tramitación de los instrumentos de ordenación. a través del órgano colegiado al que se refiere el artículo 12.5 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
- La emisión de los informes previos a la declaración de interés general de proyectos turísticos, de conformidad con lo previsto en las leyes.
- La emisión de informe en relación con la declaración, en su caso, y la delimitación de los núcleos y zonas a rehabilitar.
- El informe previo de la propuesta de dispensa prevista en la Ley de Ordenación del Turismo de Canarias, del cumplimiento de los estándares mínimos urbanístico-turísticos en los proyectos de nueva construcción, rehabilitación o reforma.
- La emisión de informes sobre los planes, programas y medidas dirigidos a la rehabilitación de la planta alojativa turística.
- Formular la propuesta de aprobación de los planes, programas y medidas tendentes a la rehabilitación de los espacios urbanos turísticos, en coordinación, en su caso, con los departamentos y órganos competentes en materia de ordenación territorial y rehabilitación de la planta alojativa turística y la elaboración de los indicados planes, programas y medidas.
- La emisión de informes que, con carácter general, le sean solicitados en expedientes de concesiones y autorizaciones en materias de su competencia.
- La colaboración con la Consejería competente en materia de ordenación territorial en la realización del censo de suelo calificado como de uso turístico.
- La gestión, seguimiento y ejecución, en su caso, de los instrumentos de planificación y programación turística que afecten a las infraestructuras del turismo, incluidos los convenios que se suscriban a su amparo.
- El apoyo técnico a otros centros directivos del departamento para el ejercicio de las competencias que tienen asignadas.
- El fomento de actuaciones insulares y municipales tendentes a la dotación de infraestructuras, equipamientos y servicios turísticos, así como la coordinación de las mismas, en su caso.
- El seguimiento y control de la ejecución de los convenios celebrados en materia de costas con la Administración General del Estado y con los Cabildos Insulares.
- El seguimiento administrativo, supervisión y control de la ejecución de las obras incluidas en los programas presupuestarios dirigidos a la rehabilitación urbana de los espacios públicos turísticos.
- Gestionar la ejecución de los planes sectoriales aprobados en las áreas de su competencia, en coordinación con el resto de las Administraciones Públicas implicadas en la planificación.
- Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.

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Oficinas de registro

    Consejería de Turismo y Empleo

    C/ León y Castillo, 200
    Edf. Servicios Múltiples III Planta baja  
    35071 Las Palmas de Gran Canaria

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre

    S.G.T. de Turismo y Empleo

    Avda. Francisco La Roche, 35
    Edf. Servicios Múltiples I Planta 0  
    38071 Santa Cruz de Tenerife

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre

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