Viceconsejero
Ilmo. Sr. D. José Manuel Cabrera Delgado
Nombramiento: DECRETO 182/2023, de 17 de julio
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/eucd/
Correo electrónico: vce.educacion@gobiernodecanarias.org
Competencias
La Viceconsejería de Educación ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en los artículos 11 y 20.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.
Asimismo, y bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de educación no atribuidas expresamente a otro órgano, y específicamente las siguientes:
- Ostentar la representación del Departamento, en el área de educación, en los actos a los que no asista el Consejero o Consejera.
- Coordinar y llevar el seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea, relativos a las actividades del Departamento en el área de educación, en coordinación con la Consejería competente en materia de relaciones con la Unión Europea; así como, en su caso, con los órganos competentes en materia de cooperación con otros países.
- Coordinar y realizar el seguimiento de los centros que participen en Programas de Cooperación Territorial definidos por el Ministerio con competencias en materia de educación, así como en cualquier otro proyecto de carácter nacional o internacional.
- Coordinar las actuaciones de las Direcciones Generales dependientes de este órgano y supervisar la gestión de los planes de actuación y objetivos estratégicos y específicos.
- Coordinar las becas y ayudas destinadas al alumnado de enseñanzas no universitarias, velando para que su gestión esté en consonancia con la finalidad para la que fueron creadas, sin perjuicio de la competencia en esta materia atribuida a otros órganos directivos del Departamento en el marco de su ámbito funcional.
- Declarar de interés educativo una actividad, proyecto, organización o asociación sin ánimo de lucro a propuesta del centro directivo competente.
- Establecer criterios para la evaluación de la calidad de los centros, servicios y enseñanzas de su ámbito material de competencias, así como la introducción de propuestas de mejora.
- Establecer las directrices del funcionamiento de la Inspección de Educación y aprobar el Plan de Trabajo y Formación de la misma.
- Elaborar y analizar los datos relativos a la población y a la infraestructura escolar en Canarias, la demanda educativa y su evolución, con el fin de supervisar el buen funcionamiento del sistema educativo y proponer criterios que faciliten una distribución justa y eficaz de los recursos disponibles.
- Favorecer la difusión de las enseñanzas, para su conocimiento por la sociedad, y promover la información y la orientación educativa, personal y profesional del alumnado.
- Impulsar la elaboración de compromisos educativos que contribuyan a la mejora continua de los centros educativos públicos no universitarios de su ámbito material de competencias.
- Planificar y coordinar las acciones encaminadas a la puesta en marcha del curso académico y el normal desarrollo de las actividades escolares, dentro de su ámbito material de competencias.
- Proponer criterios de planificación general de las enseñanzas, así como analizar y proponer revisiones de la estructura y diseño de los distritos escolares y zonas educativas que permitan garantizar la dotación esencial que debe contener el Mapa Escolar de Canarias.
- Aprobar y priorizar las propuestas de nuevas aplicaciones o cambios funcionales, realizadas por las Direcciones Generales dependientes de este órgano, en relación con los sistemas de información que dan soporte a los servicios digitales para la gestión educativa de su competencia.
- Dictar instrucciones relativas a la realización de la prueba para el acceso a la universidad.
- Proponer a la persona titular del Departamento el nombramiento de la persona que ejerza las funciones de Delegada de Protección de Datos de los centros docentes públicos no universitarios y residencias escolares.
- Fijar criterios generales para la designación, la composición y el funcionamiento de los tribunales que tendrán que garantizar el pleno cumplimiento de la legalidad en los concursos y oposiciones destinados a la dotación de personal docente.
- Gestionar el registro del alumnado del sistema educativo en Canarias, así como el código de identificación (CIAL) que permite identificar inequívocamente al alumnado a lo largo de toda su trayectoria académica no universitaria.
- Proponer a la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa los criterios para la evaluación del sistema educativo, a excepción de los relativos a la formación profesional.
- Planificar los procesos de escolarización, así como la regularización escolar del alumnado que curse las enseñanzas que tiene atribuidas.
- Prestar asesoramiento jurídico a los centros directivos competentes en materia de educación, así como las demás facultades y funciones que le sean atribuidas por las disposiciones vigentes.
- Promover la gestión del voluntariado en el ámbito de las competencias atribuidas a la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de modo que cualquier persona, y en especial el profesorado en situación de jubilación que cumpla los requisitos y condiciones previstos en la normativa de voluntariado, puedan contribuir a mejorar el éxito educativo de toda la población escolar y a reducir el abandono escolar.
- Las restantes funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.
La Viceconsejería de Educación ejercerá como Responsable de la Seguridad de los sistemas de información conforme a lo establecido por el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y resto de normativa de aplicación en esta materia.
Marco Legal
- DECRETO 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes.
- DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.
- Decreto 7/2021, de 18 de febrero (BOC nº 41, de 01.03.2021), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
- Orden de 19 de enero de 2007 (BOC nº 21, de 29.01.2007), por la que se determina el régimen jurídico, funcionamiento y atribuciones de las Direcciones Insulares de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Oficinas de registro
S.G.T. de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes
Avda. Buenos Aires, 5
Edf. Servicios Múltiples III (Edif. Tres de Mayo) Planta 1ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas
- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre
S.G.T. de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes
C/ Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 42
Edf. Granadera Canaria Planta Baja
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto, septiembre: de 9 a 13 horas
- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.
- Viceconsejería de Educación
- Dirección General de Personal y Formación del Profesorado
- Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación
- Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios
- Dirección General de Infraestructuras y Equipamientos
- Inspección General Educativa
- Inspección Educativa Santa Cruz de Tenerife
- Inspección Educativa de La Palma
- Inspección Educativa de La Gomera
- Inspección Educativa de El Hierro
- Inspección Educativa de Las Palmas
- Inspección Educativa de Lanzarote
- Inspección Educativa de Fuerteventura