Consejero
Excmo. Sr. D. Alejandro Narvay Quintero Castañeda
Nombramiento: DECRETO 43/2023, de 14 de julio
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/agpsa/
Correo electrónico: consejero.agpsa@gobiernodecanarias.org
Competencias
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria asume las competencias que estaban atribuidas a la Consejería de Agricultura, Ganadería, y Pesca.
El Consejero o Consejera de Agricultura, Ganadería y Pesca, como órgano superior de dirección y titular del departamento, ejerce las atribuciones establecidas en el Reglamento Orgánico en vigor y cualesquiera otras asignadas por las disposiciones vigentes.
Corresponden además al Consejero o Consejera, las siguientes funciones:
- Dirigir y coordinar las distintas áreas materiales de la Consejería y aprobar los planes y programas de actuación sobre las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos.
- Aprobar las disposiciones de carácter general necesarias para la aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) y la Política Pesquera Común (PPC).
- Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones financiadas por la Unión Europea, no consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Convocar las subvenciones a que se refiere el apartado c) anterior, a excepción de aquellas cuya concesión corresponda, por razón de la materia, al Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria.
- Imponer sanciones, según prevea la legislación vigente, por infracciones muy graves, a excepción de las de subvenciones y las reservadas al Gobierno de Canarias.
- Ejercer la potestad expropiatoria en el ámbito funcional de la Consejería.
- Iniciar y resolver los procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad en el ámbito funcional de la Consejería, a excepción de los de subvenciones.
- Iniciar y resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial en el ámbito funcional de la Consejería, cuya competencia no esté atribuida a otros órganos.
- Participar, cuando sea procedente, en la discusión y elaboración de acuerdos, convenios y tratados en materia de agricultura, ganadería, pesca y alimentación, que afecten a la Comunidad Autónoma de Canarias, en coordinación con la Presidencia del Gobierno, así como dirigir y coordinar la ejecución de los mismos.
- Aprobar el plan estratégico de subvenciones en las áreas materiales que tiene encomendadas.
- Aprobar el Plan de Innovación y Mejora Continua, con carácter anual o plurianual.
- Convocar y conceder los premios agrarios, pesqueros y alimentarios.
- Los encargos a los entes, organismos y entidades que tengan la consideración de medios técnicos propios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, no atribuidos por este Reglamento al resto de órganos superiores del Departamento.
Funciones de carácter específico:
En materia de calidad agroalimentaria diferenciada, y sin perjuicio de las atribuidas a otros órganos por las disposiciones vigentes:
- Aprobar los Estatutos de los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen de Canarias.
- Aprobar las normas técnicas específicas de los sistemas agrícolas de producción integrada de Canarias.
En materia agraria:
- Adoptar las medidas fitosanitarias y zoosanitarias cautelares de salvaguarda de carácter general previstas respectivamente en la legislación de sanidad vegetal y animal.
- Declarar las áreas libres de plagas o enfermedades, así como la existencia o extinción de las mismas.
- La creación de registros agrarios y agroalimentarios establecidos en una norma legal o de derecho comunitario, así como la regulación del procedimiento de inscripción, modificación y cancelación.
- Aprobar las normas complementarias reguladoras de la inscripción y funcionamiento del Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO).
- Aprobar las normas complementarias para la obtención del carné de usuarios profesionales de productos fitosanitarios.
- Aprobar las reglamentaciones específicas de los libros genealógicos de razas canarias.
- Proponer al Gobierno de Canarias la creación, transformación y supresión de las Escuelas de Capacitación Agraria.
- Aprobar la ampliación y clasificación de las Escuelas de Capacitación Agraria, así como regular la actividad docente en las mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos.
- Convocar la asignación de cantidades de referencia no asignadas a ningún productor de plátanos conforme a lo establecido en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
- Proponer a la Administración del Estado, en materia de reforma y desarrollo agrario, la declaración de obras de interés general.
- Proponer al Gobierno de Canarias las normas sobre la política hidráulica-agrícola, orientaciones productivas y, en general, las que aseguren la mejor ordenación y aprovechamiento de los recursos de aguas y tierra, en coordinación con otros órganos competentes en la materia.
En materia pesquera:
- La regulación de las actividades pesqueras extractivas de carácter experimental o temporal.
- El acotamiento de zonas de pesca y marisqueo, estableciendo su normativa específica.
- La regulación de las tallas mínimas de las especies pesqueras y marisqueras permitidas y, en su caso, el volumen máximo de capturas de estas.
- Otorgar concesiones y autorizaciones de explotaciones e instalaciones para establecimientos marisqueros y, en general, para el ejercicio de actividades extractivas.
- Aprobar con carácter provisional el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura, así como proponer al Gobierno la aprobación del Plan definitivo.
- Autorizar o prohibir, con carácter excepcional y por razones de urgencia relacionadas con la protección de los recursos pesqueros u otras que redunden en la mejora de la situación del sector pesquero o de dichos recursos, determinadas modalidades o artes de pesca.
- Establecer las directrices por las que habrán de regirse las cofradías de pescadores y sus federaciones cuando desarrollen funciones de consulta y colaboración con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Aprobar la creación, disolución o fusión de las cofradías de pescadores y sus federaciones, así como establecer en el caso de disolución el procedimiento de liquidación.
- Proponer al Gobierno de Canarias la creación, transformación y supresión de los Institutos de Formación Profesional Marítimos Pesqueros.
- Aprobar la ampliación y clasificación de los Institutos de Formación Profesional Marítimos Pesqueros, así como regular la actividad docente en los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros organismos.
- Regular las convalidaciones de los títulos correspondientes a las enseñanzas subacuáticas.
Marco Legal
- Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias
- Ley 14/1990, de 26 de julio (BOC nº 96, de 01.08.90), de Regimen Jurídico de las Administraciones Publicas de Canarias
- DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
Sociedades Mercantiles Públicas
Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.
Gestión del Medio Rural de Canarias, S.A.U. (GMR Canarias) es una sociedad mercantil pública adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.
En la actualidad, es medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, tal y como se reconoce en el Decreto 188/2001 del 15 de octubre, con el que se determina su finalidad de servir como instrumento para la ejecución de la política agropecuaria y pesquera del Gobierno de Canarias.
Web: http://www.gmrcanarias.com/
C/ Jesús Hernández Guzmán, 2
Polígono Industrial El Mayorazgo c
38110 Santa Cruz de Tenerife
C/ Los Cactus, 68
Polígono Industrial de Arinaga
35118 Agüimes
Órganos Colegiados
-
Composición:
- Presidente: el Consejero competente en materia de agricultura.
- Vicepresidente: el Presidente del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias.
- Vocales:
* Un representante de la Consejería competente en materia de economía.
* Un representante de la Consejería competente en materia de investigación científica y técnica.
* Un representante de cada una de las Universidades Canarias.
* El Director Científico del ICIA.
* Cuatro representantes de las asociaciones profesionales agrarias de mayor implantación en Canarias en la forma que reglamentariamente se regule.
* Cuatro representantes de las organizaciones empresariales agrarias en la forma que reglamentariamente se regule.
- Secretario, el Secretario General del ICIA. -
Marco Legal:
- Ley 4/1995, de 27 de marzo (BOC nº 40, de 03.04.95), de Creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias.
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
- Decreto 38/2008, de 18 de marzo (BOC nº 63, de 28.03.2008), por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias.
-
Composición:
- Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Agricultura.
- Vocalías:
• Hasta un máximo de diez vocales. La designación de las personas que ocuparan las vocalías se llevará a cabo, teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencias, por las Consejerías competentes en materia de agricultura, comercio, salud pública, medio ambiente y seguridad e higiene en el trabajo. Una de dichas personas asumirá, previa designación de la Presidencia, la secretaría del órgano. -
Marco Legal:
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
- Orden de 19 de agosto de 1996 (BOC nº 112, de 02.09.1996), por la que se regulan la Comisión para la aplicación de la reglamentación sobre productos fitosanitarios, y la obtención del Carnet de Manipulador de Productos Fitosanitarios.
-
Composición:
- Presidencia: el Consejero o la Consejera.
- Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General de Pesca.
- Dos funcionarios o funcionarias del grupo A1, en representación de esta Consejería.
- Una persona del funcionariado del grupo A1, en representación de la Consejería competente en materia de medio ambiente.
- Una persona en representación de cada uno de los Cabildos Insulares.
- Una secretaría, que será asumida por un funcionario o funcionaria del Grupo A1, que dependa de la Consejería competente en materia de pesca. -
Marco Legal:
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
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Composición:
- Presidencia: el Consejero o la Consejera.
- Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección General de Pesca.
- Vocales:
* Ocho personas en representación de las organizaciones o asociaciones de armadores y pescadores vinculados a la producción, transformación transformación y comercialización de los productos pesqueros, y la acuicultura.
* Tres personas en representación de las entidades y asociaciones relacionadas con el estudio, investigación, protección y defensa de los recursos pesqueros y de la acuicultura.
* Dos personas en representación de las cofradías de pescadores.
* Dos personas en representación de las organizaciones sindicales más representativas del sector.
* Dos personas en representación de profesionales de reconocido prestigio en el sector.
* Seis personas en representación de esta Consejería, una de ellas asumirá la secretaría del órgano.
Las vocalías serán nombrados por el Consejero o la Consejera, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Pesca, previa designación de las Cofradías de Pescadores, organizaciones, entidades o asociaciones representativas, a excepción de las de los profesionales que serán nombrados libremente por el Consejero o la Consejera. -
Marco Legal:
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
- Decreto 36/1999, de 18 de marzo (BOC nº 39, de 31.03.1999), de creación, composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Pesca
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Composición:
- Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Ganadería.
- Vocales:
* Una persona en representación de cada una de las asociaciones de criadores de animales de raza de aptitud lechera oficialmente reconocidas para la gestión de los libros genealógicos de dichas razas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
* Dos personas del funcionariado de los grupos A1 o A2 que dependan del órgano competente en materia de ganadería, previa designación de su titular, una de dichas personas asumirá la secretaría del órgano. -
Marco Legal:
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
- Decreto 5/2011, de 13 de enero (BOC nº 17, de 25.01.2011), por el que se crea el Centro de Control Lechero Oficial de Canarias
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Composición:
- Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Ganadería.
- Vicepresidencia 1ª: la persona titular de la Viceconsejería de Sector Primario.
- Vicepresidencia 2ª: la persona titular de la Dirección General de Ganadería.
- Vocales:
• Cuatro personas en representación de las asociaciones y organizaciones profesionales, que tengan por finalidad la ganadería y cuenten con implantación regional, designadas a propuesta de esta por el titular o la titular del departamento competente en materia de ganadería.
• Diez personas en representación de los sectores beneficiarios de la ayuda del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), designadas en la forma señalada anteriormente, en la siguiente proporción:
* Una del vacuno de leche.
* Una del vacuno de carne.
* Dos del ovino-caprino.
* Una del porcino.
* Una del avícola de engorde.
* Una del avícola de puesta.
* Una del cunícola.
* Una del apícola.
* Una de la Federación de Asociaciones Canarias de Razas Autóctonas.
- Dos personas del funcionariado de los grupos A1 o A2 adscritos al departamento competente en materia de ganadería, previa designación de su titular. Una de dichas personas asumirá la secretaría del órgano. -
Marco Legal:
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
- Decreto 116/2011, de 17 de mayo (BOC nº 106, de 31.05.2011), por el que se crea la Comisión de seguimiento de las medidas de apoyo a la ganadería incluidas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI)
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Composición:
- Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Ganadería.
- Vocales:
* Una persona en representación de cada una de las asociaciones de criadores de animales de raza de aptitud lechera oficialmente reconocidas para la gestión de los libros genealógicos de dichas razas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
* Cuatro personas del funcionariado de los Grupos A1 o A2 que dependan del órgano competente en materia de ganadería, previa designación de su titular entre las personas que ejerzan funciones en materia sanidad animal y producción, mejora y comercialización ganadera. Una de ellas asumirá la secretaría del órgano.
La presidencia podrá invitar a las reuniones de la Comisión a personal técnico o especialista en la materia, con voz pero sin voto. -
Marco Legal:
- Decreto 24/2020, de 11 de marzo (BOC nº 59 de 25.03.2020), por el que se modifica el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por Decreto 110/2018, de 23 de julio.
- Decreto 110/2018, de 23 de julio (BOC nº 147, de 31.07.2018), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas
- Decreto 5/2011, de 13 de enero (BOC nº 17, de 25.01.2011), por el que se crea el Centro de Control Lechero Oficial de Canarias
Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias
Integrado en el Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, es el máximo órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno de Canarias en materia de investigación y desarrollo tecnológico agrario.
Comisión para la Aplicación de la Reglamentación sobre Productos Fitosanitarios en Canarias
Adscrito a la Dirección General de Agricultura es el órgano responsable de las funciones de asesoramiento, estudio, evaluación y coordinación en materia de productos fitosanitarios en Canarias.
Comisión Canaria de Acuicultura
La Comisión Canaria de Acuicultura es el órgano colegiado de coordinación, asesoramiento y consulta en materia de acuicultura.
Consejo Asesor de Pesca
El Consejo Asesor de Pesca es un órgano colegiado representativo de todos los agentes de la Comunidad Autónoma de Canarias afectados por la política pesquera.
Centro de Control Lechero Oficial de Canarias
El Centro de Control Lechero Oficial de Canarias es el órgano colegiado responsable de la organización y ejecución del control lechero oficial de las especies bovina, ovina y caprina en las explotaciones ganaderas ubicadas en el territorio de las Islas Canarias.
Comisión de Seguimiento de las medidas de apoyo a la ganadería incluidas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI)
La Comisión de seguimiento de las medidas de apoyo a la ganadería incluidas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI), es el órgano colegiado responsable del asesoramiento y consulta sobre el alcance y efectividad de la implementación de las medidas de apoyo a la ganadería incluidas en el citado Programa.
Comisión Técnica de Control Lechero Oficial de Canarias
La Comisión Técnica de Control Lechero Oficial de Canarias es el órgano colegiado de coordinación, supervisión y seguimiento del control lechero oficial de las especies bovina, ovina y caprina en las explotaciones ganaderas ubicadas en el territorio de las Islas Canarias.
Oficinas de registro
S.G.T. de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria
Avda. José Manuel Guimerá, 10
Edf. Servicios Múltiples II Planta 4ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
- Cerrado: Sábados, festivos, y días 24 y 31 de diciembre.
S.G.T. de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria
Avda. Alcalde José Ramírez Bethencourt, 22
Edf. Jinámar Planta Baja
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre.
Servicio Territorial de La Palma - Agricultura
C/ Las Norias, 1 Planta 2ª
38071 Santa Cruz de la Palma
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto, septiembre: de 9 a 13 horas
- Cerrado: Sábados festivos y días 24 y 31 de diciembre.