Viceconsejera
Ilma. Sra. Dña. María Cristina Arceo Melián
Nombramiento:
DECRETO 219/2023, de 17 de julio
Corrección de errores: CORRECCIÓN de errores del Decreto 219/2023, de 17 de julio
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/dsidj/
Correo electrónico: vcid.dsidj@gobiernodecanarias.org
Competencias
Corresponden a la persona titular de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad, bajo la superior dirección del Consejero o la Consejera, las competencias previstas en el artículo 11 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, elevándose a seiscientos mil (600.000) euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación.
Asimismo, sin perjuicio de la superior dirección del Consejero o la Consejera, le corresponden el impulso, dirección y coordinación del área funcional atribuida a la Dirección General de Diversidad que tiene adscrita y, en concreto, las competencias específicas siguientes:
- El impulso de los programas de cooperación y participación social con las entidades integrantes del Tercer Sector en las materias de igualdad y diversidad.
- La documentación, estudio e investigación social aplicada en materia de diversidad abarcando la orientación sexual, identidad de género o expresión de género así como la cooperación con el Instituto Canario de Estadística en la elaboración de estadísticas en dichas materias de interés para el Departamento.
- La planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso y seguimiento de actuaciones para la prevención y erradicación de los delitos de odio por motivos de orientación sexual, de identidad de género o de expresión de género.
- La planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso y seguimiento de actuaciones en el ámbito de la diversidad, para hacer efectivo el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de orientación sexual, de identidad de género o de expresión de género.
- La elaboración y propuesta de la planificación de los servicios sociales en el área de diversidad, previo informe del Consejo General de Servicios Sociales, con el objeto de determinar prioridades, evitar desequilibrios territoriales y establecer mínimos comunes de prestación de servicios.
- El establecimiento de políticas de erradicación de la homofobia, bifobia, transfobia e interfobia, así como la defensa de la igualdad social y jurídica del hecho homosexual, bisexual, trans e intersexual.
- El establecimiento de medidas de atención social e integral en desarrollo de la legislación relativa a la no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas trans e intersexuales.
- El impulso de las políticas de bienestar social previstas en la Sección 2ª del Capítulo IV del Título II de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, en colaboración con la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración.
- La difusión y promoción de información en el ámbito de la igualdad y ausente de prejuicios y estereotipos relacionados con la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género, sin perjuicio de las competencias del Instituto Canario de Igualdad.
- Aquellas otras competencias o funciones que le puedan ser asignadas por el ordenamiento jurídico en relación con las áreas de igualdad y diversidad y no queden atribuidas a otros órganos legal o reglamentariamente.
- El registro de actividades de tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con los procedimientos gestionados por el Centro Directivo.
Marco Legal
- DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.
- Decreto 43/2020, de 16 de abril (BOC. nº 81, de 24.04.2020), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.
Oficinas de registro
S.G.T. TF C. BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS
C/ Leoncio Rodríguez, 3
Edf. El Cabo Planta 5ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
De lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
- Julio, agosto, septiembre: de 9 a 13 horas.
- Cerrado: sábados, domingos, festivos y 24 y 31 de diciembre
S.G.T. GC C. BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS
C/ Prof. Agustín Millares Carló, 18
Edf. Servicios Múltiples II Planta baja
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
-De lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
- Julio, agosto, septiembre: de 9 a 13 horas.
- Cerrado: sábados, domingos, festivos y 24 y 31 de diciembre