Foto de Raquel Peligero Molina

Directora (rango de Directora General)

Ilma. Sra. Dña. Raquel Peligero Molina

Nombramiento:  Decreto 332/2019, de 26 de septiembre (BOC nº 188, de 30.09.2019)

Web: https://www.gobiernodecanarias.org/hpae/

Correo electrónico: gabinete.atc@gobiernodecanarias.org

C/ Prof. Agustín Millares Carló, 22
Edf. Servicios Múltiples I planta 6ª  
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfnos: 928 57 81 00

Avda. Tres de Mayo, 2  
38071 Santa Cruz de Tenerife
Tfnos: 922 47 54 00

Competencias

Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 3 del artículo 7 de la Ley 7/2014, de 30 de julio, la Agencia lleva a cabo respecto del sistema tributario canario, en nombre y por cuenta de la Comunidad Autónoma de Canarias, la aplicación efectiva de los tributos que lo integran, el ejercicio de la potestad sancionadora y la revisión en vía administrativa, excepto las reclamaciones económico-administrativas; y ello sin perjuicio de las competencias que en esta materia corresponden al Gobierno de Canarias y a la Consejería competente en materia tributaria.

Integran el sistema tributario canario los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias; los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias; los tributos estatales cuya aplicación hubiera sido cedida por el Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias y los recargos que pudieran establecerse sobre los tributos del Estado.

Funciones:
- Ejercer las actividades administrativas dirigidas a la información y asistencia a los obligados tributarios, salvo la contestación a las consultas tributarias escritas a que se refiere el artículo 88 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que corresponde a la Consejería competente en materia tributaria.
- Ejercer las funciones administrativas en que consiste la gestión tributaria de conformidad con lo establecido en el artículo 117.1 de la Ley General Tributaria, salvo la expedición y, en su caso, revocación del número de identificación fiscal, en los términos establecidos en la normativa específica.
- Ejercer las funciones administrativas en que consiste la inspección tributaria de conformidad con lo establecido en el artículo 141 de la Ley General Tributaria.
- Ejercer las funciones administrativas conducentes al cobro de las deudas tributarias y no tributarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 160 de la Ley General Tributaria y sin perjuicio de las competencias de la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda previstas en las letras i) y j) del artículo 6 de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ejercer la potestad sancionadora en materia tributaria. Ello no obstante, no corresponde a la Agencia la imposición de las sanciones que consistan en la suspensión del ejercicio de profesiones oficiales, empleo o cargo público o en la pérdida del derecho a aplicar beneficios o incentivos fiscales cuya concesión le corresponda a la persona titular de la Consejería competente en materia tributaria o que sean de directa aplicación por los obligados tributarios, o de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o en la prohibición de contratar con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ejercer la revisión en vía administrativa de los actos y actuaciones de aplicación de los tributos y los actos de imposición de sanciones tributarias dictados por los órganos Decreto de la Agencia, excepto las reclamaciones económico-administrativas, la revisión de actos nulos de pleno Derecho, la declaración de lesividad de actos anulables y la revocación de los actos dictados por la persona titular de la Dirección de la Agencia.
- Llevar a cabo la colaboración y la coordinación con las otras administraciones tributarias.
- Informar preceptivamente los proyectos normativos en materia tributaria iniciados por la Consejería competente en la materia.
- Colaborar con la Consejería competente en materia tributaria en el ejercicio por esta de las funciones que le corresponden en el ámbito tributario y, en especial, respecto del suministro de datos sobre recaudación y previsiones de recaudación.
- Ejercer la inspección respecto de la aplicación de las tasas establecidas por la respectiva Consejería o entidad de Derecho público.
- Recaudar en período voluntario los ingresos de Derecho público de naturaleza no tributaria de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Recaudar en período ejecutivo los recursos de naturaleza no tributaria del sector público autonómico a que se refiere el artículo 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
- Llevar a cabo la aplicación efectiva de los recursos de Derecho público de otras administraciones y entes públicos cuando así lo establezca una Ley o cuando así se hubiese establecido en el correspondiente convenio.
- Ejercer las demás funciones que le sean atribuidas por ley, delegación de competencias o encomienda de gestión. En particular, la Agencia podrá realizar por encomienda de gestión las actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de otros órganos o entidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias para las que la Agencia cuente con los medios técnicos idóneos.

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Órganos Colegiados

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Oficinas de registro

    Agencia Tributaria Canaria

    C/ Prof. Agustín Millares Carló, 22
    Edf. Servicios Múltiples I Planta Baja  
    35071 Las Palmas de Gran Canaria

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas 
    - Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas. 
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre.

    Oficina de Atención Tributaria de Vecindario

    Avda. de Canarias, nº 338
    C.C. La Ciela, Local F-siete
    35110 Santa Lucía de Tirajana

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Oficina de Atención Tributaria de Santa María de Guía

    C/ Lomo Guillén, nº 41
    Edificio Herme, Local 11 A y B
    35450 Santa María de Guía de Gran Canaria

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Delegación Tributaria Insular de Lanzarote

    C/ Ruperto Gonzalez Negrín, nº10
    esquina Luis Morote
    35500 Arrecife

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Delegación Tributaria Insular de Fuerteventura

    Avda. Primero de Mayo, 1  
    35600 Puerto del Rosario

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Oficina de Atención Tributaria de La Orotava

    C/ Alfonso Trujillo, s/n
    Centro Comercial Temait, locales 36 y 37 (encima de la Estación de Guagua)
    38300 La Orotava

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Agencia Tributaria Canaria

    Avda. Tres de Mayo, 2 Planta Baja  
    38071 Santa Cruz de Tenerife

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
    - Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre.

    Delegación Tributaria Insular de La Palma – S/C de La Palma – Los Llanos de Aridane

    Plaza Llano de Argual, 31
    (Casa Massieu Van Dalle Monteverde)  
    38760 Los Llanos de Aridane

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Delegación Tributaria Insular de La Palma – S/C de La Palma

    Avda. Los Indianos, 20
    Edif. Bolsa de Agua Planta 1.  
    38700 Santa Cruz de la Palma

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

    Delegación Tributaria Insular de La Gomera

    Avda. V Centenario, nº11
    Edficicio Mango, local nº 10, planta baja
    38800 San Sebastián de la Gomera

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas. 
    - Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre.

    Delegación Tributaria Insular de El Hierro

    C/ Constitución, nº 8
    38900 Valverde

    Horario de atención al público:
    - Lunes a viernes: de 9 a 14 horas.
    - Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas.
    - Cerrado; festivos, Sábados y 24 y 31 de Diciembre.

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