Viceconsejero
Ilmo. Sr. D. José Luis Perestelo Rodríguez
Nombramiento: DECRETO 332/2023, de 28 de agosto
Web: http://www.gobiernodecanarias.org/presidencia/
Correo electrónico: vcae.pregob@gobiernodecanarias.org
Competencias
Bajo la superior dirección del Presidente o Presidenta, la Viceconsejería de Acción Exterior coordina la acción de la Comunidad Autónoma que se proyecta fuera del territorio español y constituye el apoyo directo de la Presidencia del Gobierno como representación institucional de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En particular, corresponde a la Viceconsejería de Acción Exterior:
- La coordinación de la acción exterior de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- El informe previo de los convenios, protocolos, memorandos de entendimiento, acuerdos de colaboración, declaración de intenciones y otros acuerdos suscritos con administraciones y entidades públicas extranjeras por los departamentos y Entidades Públicas vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, en los términos de la normativa correspondiente.
- La coordinación de las delegaciones y oficinas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus entidades instrumentales dependientes situadas fuera del territorio nacional, dependientes de la Presidencia del Gobierno.
- La autorización previa para la adscripción a las delegaciones del Gobierno de Canarias situadas fuera del territorio nacional del personal dependiente de otros departamentos o de entidades instrumentales de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La elaboración del plan director y de los programas operativos anuales de la cooperación al desarrollo.
- La dirección y coordinación de la gestión de las actuaciones de cooperación al desarrollo y ayuda humanitaria que se ejecuten por la Presidencia del Gobierno.
- Cualesquiera otras que, relacionadas con las anteriores, estén previstas por normas autonómicas de igual o superior rango, y sean precisas para el ejercicio de sus funciones.
Los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes, así como las entidades de derecho privado participadas mayoritariamente por los anteriores, facilitarán a la Viceconsejería toda la información y documentación necesaria para el ejercicio de sus competencias. En todo caso, y sin perjuicio de lo establecido en las letras b) y d) del apartado anterior, deberá ser informado de las iniciativas y actuaciones que vayan a ejecutar relacionadas con la acción exterior.
Marco Legal
- DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.
- Decreto 356/2019, de 19 de diciembre (BOC nº 3 de 07.01.2020), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno.
- Decreto 161/2008, 15 julio (BOC nº 152, de 30.07.2008), por el que se regulan las delegaciones y oficinas sectoriales del Gobierno de Canarias en el extranjero
Órganos Colegiados
-
Composición:
- Presidente o Presidenta: la persona titular de la Viceconsejería de Acción Exterior.
- Vicepresidente o Vicepresidenta: la persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia.
- Vocales:
* la persona titular de la Dirección General de Relaciones Exteriores
* la persona titular de la Dirección General de Emigración
* una persona en representación de cada uno de los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias designado por su titular, con el rango mínimo de Director General
* la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia.
- Secretaría: la persona designada por la Presidencia de la Comisión de entre el personal funcionario del departamento. - Marco Legal:
Comisión Gestora de Cooperación para el Desarrollo
La Comisión Gestora de Cooperación para el Desarrollo es el órgano colegiado de coordinación de las actuaciones que se desarrollen en el ámbito de la cooperación para el desarrollo, por los departamentos, organismos y entidades vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Oficinas de registro
Viceconsejería de Acción Exterior
Plaza de San Telmo, 1
Antiguo Cuartel San Carlos
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre
Delegación del Gobierno de Canarias en Caracas
Avda. Sexta Avenida de Altamira, entre 3ª y 5ª transversal
Urbanización Altamira. Chacao. Caracas. Venezuela
1062 Caracas
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 8 a 14 horas.
- Cerrado: festivos venezolanos, sábados y domingos.
S.G. de Presidencia del Gobierno
Plaza Dr. Rafael O'Shanahan, 1
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre
S.G. de Presidencia del Gobierno
Avda. José Manuel Guimerá, 1
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre; de 9 a 13 horas.
- Cerrado: festivos, sábados y 24 y 31 de diciembre