Detalle de la normativa
Consejería de Sanidad
Consulta pública previa
Proyecto de Orden del Consejero de Sanidad por la que se regula el uso de cadáveres, restos humanos y restos cadavéricos con finalidades docentes o científicas
Fecha de inicio: 16/12/2022
Fecha de fin: 31/12/2022
El artículo 16 del decreto 132/2014, de 29 de diciembre, de Sanidad Mortuoria, prevé la autorización del uso de cadáveres con finalidades docentes o científicas, previa petición al respecto de un centro oficial de enseñanza o investigación, cuando el fallecido así lo hubiese previsto en el documento de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, o por consentimiento expreso de persona vinculada al fallecido por razones familiares o de hecho previamente informada de forma fehaciente, si esta fuese conocida. Mientras que en el caso de restos cadavéricos que se hallen en fosa común más de un año, no se precisará autorización familiar.
Por su parte el Disposición final cuarta, del mismo Decreto 132/2014, encomienda a la persona titular de la consejería competente en materia de sanidad mortuoria para dictar las disposiciones necesarias para ello.
La ausencia de una norma regulatoria de este derecho, genera inseguridad jurídica, tanto a los centros docentes de ciencias de la salud y la investigación sanitari, que necesitan hacer uso de los cadáveres, restos humanos y restos cadavéricos, para la formación de los profesionales de la salud que lo requieren, como a los ciudadanos que libremente han decidido que su cadáver sea donado para uso docente o científico, lo que por falta de una norma regulatoria, no es posible actualmente en la Comunidad Autónoma de Canarias.