DETALLE DE LA NORMATIVA

Detalle de la normativa

Consejería de Sanidad

Información pública

Proyecto de Decreto del registro de profesionales sanitarios de Canarias objetores de conciencia de la interrupción voluntaria del embarazo

Fecha de inicio: 03/10/2023

Fecha de fin: 11/10/2023

Con fecha 1 de marzo de 2023 se publica en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, estableciendo la obligación de las administraciones públicas sanitarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, de garantizar la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo en los centros hospitalarios, de acuerdo con criterios de gratuidad, accesibilidad y proximidad, estableciendo los dispositivos y recursos humanos suficientes para la garantía del derecho en todo el territorio en condiciones de equidad.

En dicha Ley Orgánica se reconoce expresamente el derecho a la objeción de conciencia de las personas profesionales sanitarias directamente implicadas en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, entendiendo que el rechazo o la negativa a realizar dicha intervención por razones de conciencia es una decisión individual del profesional sanitario directamente implicado en su realización, que debe manifestarse con antelación y por escrito. A efectos organizativos y para una adecuada gestión de la prestación, mandata la citada Ley la creación en cada comunidad autónoma de un registro de personas profesionales sanitarias que decidan objetar por motivos de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de dicha prestación, teniendo tal declaración efectos tanto en el ámbito de la sanidad pública como de la privada.

Todo ello pone de manifiesto la necesidad de crear y regular en la Comunidad Autónoma de Canarias el registro de personas profesionales sanitarias de Canarias objetoras de conciencia respecto de la intervención directa en la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo, mediante la aprobación de una disposición que tenga en cuenta el nuevo marco normativo, constituido por la normativa estatal básica reguladora de la interrupción voluntaria del embarazo a que se ha hecho referencia.

De conformidad con el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 81.2 b) de la Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, así como la instrucción segunda de la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, de 21 de diciembre de 2016, por la que dictan instrucciones para coordinar la participación ciudadana en el proceso de elaboración normativa del Gobierno de Canarias, y a los efectos de someter el proyecto de iniciativa reglamentaria al trámite de información pública por un plazo de siete días hábiles al haberse declarado mediante Orden de la Consejería de Sanidad, n.º 708/2023, la urgencia de su tramitación.