DETALLE DE LA NORMATIVA

Detalle de la normativa

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

Información pública

Orden por la que se establece la obligatoriedad de relacionarse electrónicamente con la Administración en el procedimiento de solicitud de becas y ayudas de formación y prácticas no laborables del Servicio Canario de Empleo

Fecha de inicio: Wed Jul 21 00:01:00 WEST 2021

Fecha de fin: Wed Aug 04 23:59:00 WEST 2021

El Servicio Canario de Empleo (SCE) gestiona el procedimiento de concesión de becas y ayudas a las personas desempleadas que participan en acciones formativas y en prácticas profesionales no laborales.

Actualmente son los centros de formación los que presentan las solicitudes de becas y/o ayudas de las personas desempleadas y se comunican con la unidad de becas y ayudas del SCE para resolver cualquier incidencia relativa a estas solicitudes.

El objeto de esta Orden es hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estableciendo la obligación de las personas desempleadas que participen en las modalidades de formación y en las prácticas no laborales, de relacionarse electrónicamente con la Administración en el procedimiento de solicitud de becas y/o ayudas. La capacidad, acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios, se asegura, estableciendo la obligación de los centros de formación de prestar la asistencia debida en la fase de presentación de la solicitud.