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Comisión General de Coordinación del Sistema Canario contra la Violencia de Género

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Información
La Comisión General de Coordinación del Sistema Canario contra la Violencia de Genero tendrá la composición y ejercerá las funciones que señala el artículo 49 de la Ley 16/2003, de 8 de abril, de prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género. El régimen de organización y funcionamiento, en defecto de normativa más específica, es el regulado en el artículo 21 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.

Composición

- La presidirá el o la titular de la Dirección del Instituto Canario de Igualdad. - El coordinador general, que asumirá la Secretaría de la Comisión. - Cada uno de los coordinadores insulares. - Dos personas representantes de los municipios canarios designadas por la Federación de Municipios de Canarias. - Una persona representante de la Delegación del Gobierno en Canarias, nombrado por el Delegado. - Una persona representante de la organización judicial designada por el Consejo General del Poder Judicial. - Una persona representante del Ministerio Fiscal designada por el Fiscal General del Estado. - Una persona representante de la consejería competente en materia de educación y con rango mínimo de director general. - Una persona representante de la consejería competente en materia de derechos sociales, con rango mínimo de director general. - Una persona representante de la consejería competente en materia de sanidad, con rango mínimo de director general. - Un representante de las entidades colaboradoras integradas en el sistema. - Un representante de las asociaciones de mujeres reconocidas legalmente y que entre sus funciones y servicios se encuentre la atención a las víctimas de violencia de género.