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Consejo de Coordinación de la Red Canaria de Reservas de la Biosfera

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Consejo de Coordinación de la Red Canaria de Reservas de la Biosfera


Información
El Consejo de Coordinación de la Red Canaria de Reservas de la Biosfera es el órgano colegiado de asesoramiento, así como de coordinación y de representación de las Reservas de la Biosfera, responsable de impulsar y propiciar el funcionamiento de las Reservas de la Biosfera de Canarias, orientado al desarrollo sostenible y respeto a los valores medioambientales, socioculturales e identitarios.

Funciones

• La representación, a través de su Presidencia, de las Reservas de la Biosfera de Canarias en cualesquiera organismos, órganos o conferencias estatales e internacionales. • Coordinar la gestión de las Reservas de la Biosfera de Canarias, mediante la elaboración de estrategias, líneas generales de actuación, programas o cualquier otro instrumento que contribuya a la consecución de los objetivos propios de las Reservas de la Biosfera. • Realizar propuestas en materias relacionadas con los objetivos y funciones que deben cumplir las Reservas de la Biosfera, considerando de forma preferente las iniciativas, criterios, programas y estrategias asociadas al Programa MaB de la UNESCO. • Informar y proponer al Gobierno de Canarias, para su elevación al Comité Español del Programa MaB de la UNESCO, la declaración de nuevas Reservas de la Biosfera en Canarias o la modificación de las existentes. • Promover la investigación, conocimiento, difusión de los valores y sensibilización en materia de Reservas de la Biosfera de Canarias, con especial atención a los sectores socioeconómicos con mayor presencia entre la población residente dentro de los límites de las Reservas de la Biosfera. • Promover el intercambio de información de las entidades u órganos de gestión de las Reservas de la Biosfera de Canarias entre sí y con otras Reservas de la Biosfera, en especial con las de la región macaronésica, así como con los órganos y redes de la UNESCO. • Impulsar la ejecución de proyectos en las Reservas de la Biosfera de Europa, el continente africano y de América, promoviendo los correspondientes instrumentos de cooperación o colaboración. • En general, prestar asesoramiento a cualesquiera entidades, órganos o agentes con funciones que incidan directa o indirectamente sobre las Reservas de la Biosfera de Canarias. • Aprobar sus propias normas de funcionamiento interno.

Composición

- Presidencia: se ejercerá por quien sea titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, que a tal efecto ostentará la representación del órgano y la responsabilidad de velar por el cumplimiento de los acuerdos del Consejo, así como las restantes funciones que le atribuya la legislación básica sobre régimen jurídico de las Administraciones Públicas en materia de órganos colegiados. - Vicepresidencia: se ejercerá por quien ostente la Dirección de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático, al que corresponde la sustitución del Presidente del Consejo en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otro impedimento. - Por parte de la Administración autonómica: • La persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente. • La persona que desempeñe la Dirección de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático. • Las personas titulares de los centros directivos competentes en materia de ordenación del territorio, de conservación de la naturaleza, de desarrollo rural, de promoción educativa, de bienestar social y de promoción turística. - La persona representante de los municipios elegida por su asociación más representativa de entre quienes desempeñen la Alcaldía de los municipios ubicados en el territorio al que se extiendan las distintas Reservas de la Biosfera de Canarias. - La persona representante de los Cabildos elegida por los mismos de entre quienes desempeñen la presidencia del gobierno de las islas en cuyos territorios se encuentren las distintas Reservas de la Biosfera de Canarias. - La persona representante de cada una de las Reservas de la Biosfera de Canarias designada por la respectiva entidad u órgano colegiado de gestión y administración - Secretaría: se ejercerá por la persona que sea nombrada a tal efecto por la Presidencia, de entre el personal funcionario de la Comunidad Autónoma de Canarias, y asistirá a las sesiones para levantar acta y dar fe de las mismas, con voz y sin voto.