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Dirección General de Salud Pública

Director General

Ilmo. Sr. D. José Fernando Díaz-Flores Estévez

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Dirección General de Salud Pública

Director General

Ilmo. Sr. D. José Fernando Díaz-Flores Estévez

WEB:

https://www.gobiernodecanarias.org/san/

CORREO:

dgsaludpub.scs@gobiernodecanarias.org

Perfil
Competencias
Contacto

Méritos académicos

- Doctor en Farmacia. Tesis Doctoral. Departamento de Química Analítica, Nutrición y Bromatología. Universidad de la Laguna. - Máster en Drogodependencias: Universidad de la Laguna.

Trayectoria profesional

- Técnico Inspector de Salud Pública. Funcionario Público de carrera de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el cuerpo Superior Facultativo, Escala de Titulados Sanitarios, especialidad Farmacéuticos de Farmacia asistencial de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, Área de Salud de Tenerife (septiembre 2019 - agosto 2023), (agosto 2007 – noviembre 2010), (mayo 2002 – febrero 2006) - Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias (julio 2015 - septiembre 2019). - Director General de Salud Pública. Servicio Canario de la Salud. (noviembre 2010 - julio 2015). - Gerente de la Fundación Canaria de Investigación (FUNCIS), (julio 2012 - octubre 2015). - Director General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud. (febrero 2006 - julio de 2007). - Farmacéutico Titular del Servicio de Farmacia de los Centros de Dispensación de Metadona de los Centros de la Asociación de Cooperación Juvenil San Miguel (julio 1993 - mayo 2002) - Responsable de los Programas de Mantenimiento con sustitutivos Opiáceos y Subdirector responsable de programas de la A.C.J.S.M. (noviembre 1999 - febrero 2002).

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguno.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

65.371,06 €

Competencias

Corresponde a la Dirección General de Salud Pública la ejecución de los títulos de intervención administrativa que establezca la Administración Pública de la Comunidad Autónoma al amparo de la Ley 11/1994, de 26 de julio, en materia de prevención de la enfermedad y protección de la salud es competencia de la Dirección General de Salud Pública. En particular, son funciones de la Dirección General de Salud Pública: - Establecer sistemas de información y de análisis de las distintas situaciones que, por repercutir sobre la salud, puedan provocar acciones de intervención de la autoridad sanitaria. - Comprobar el cumplimiento de las limitaciones preventivas de carácter administrativo para la implantación y desarrollo de actividades públicas y privadas que directa o indirectamente puedan tener consecuencias negativas para la salud. - Gestionar los registros de empresas, productos o actividades que estén establecidos por razones sanitarias. - Comprobar el cumplimiento de las prohibiciones y requisitos mínimos que estén establecidos por motivos de prevención de enfermedades. - Otorgar las autorizaciones administrativas que estén establecidas para el funcionamiento de empresas, la fabricación y comercialización de productos y el desarrollo de actividades con repercusión sanitaria y ejercer la inspección del cumplimiento de la normativa en esta materia. - Otorgar las autorizaciones administrativas que estén establecidas para la distribución mayorista de medicamentos de uso humano y veterinario. - Controlar e inspeccionar las condiciones higiénico-sanitarias de funcionamiento y desarrollo de actividades, locales y edificios de habitación o residencia, trabajo, recreo y asistencia pública y, en general, del medio en que se desenvuelve la vida humana. - Controlar la publicidad y propaganda comerciales para que se ajusten a la normativa en lo que atañe a la salud. - Ejecutar la policía sanitaria mortuoria. - Adoptar medidas preventivas de protección de la salud cuando exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud, tales como la incautación o inmovilización de productos. - Ordenar la intervención cautelar de mercancías como medida provisional de aseguramiento de la eficacia de las resoluciones en los procedimientos que hayan de seguirse por infracción de la normativa aplicable en materia de sanidad, higiene, seguridad, protección del consumidor o defensa de la calidad de la producción agroalimentaria. - Establecer y ejecutar los planes, programas y actuaciones en el ámbito de la salud medioambiental, higiene alimentaria y ordenación farmacéutica. - Establecer los sistemas de vigilancia epidemiológica y asegurar el mantenimiento y control del estado de salud colectiva en su ámbito de actuación. Además asume las competencias en materia de atención a las drogodependencias y toxicomanías, incluso las de coordinación con el Plan Nacional sobre Drogas de la extinta Dirección General de Drogodependencias.

Direcciones

C/ Alfonso XIII, n.4 Icono de un mapa

Planta 1ª

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Las Palmas

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Santa Cruz de Tenerife

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