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Dirección General de Salud Pública

Director General

Ilmo. Sr. D. José Fernando Díaz-Flores Estévez

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Dirección General de Salud Pública

Director General

Ilmo. Sr. D. José Fernando Díaz-Flores Estévez

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https://www.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs

CORREO:

dgsaludpub.scs@gobiernodecanarias.org

Perfil
Competencias
Contacto

Méritos académicos

- Doctor en Farmacia. Tesis Doctoral. Departamento de Química Analítica, Nutrición y Bromatología. Universidad de la Laguna. - Máster en Drogodependencias: Universidad de la Laguna.

Trayectoria profesional

- Técnico inspector de salud pública. Funcionario público de carrera de la administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el cuerpo superior facultativo, escala de titulados sanitarios, especialidad farmacéuticos de farmacia asistencial de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, área de salud de Tenerife (septiembre 2019 - agosto 2023) (agosto 2007 – noviembre 2010) (mayo 2002 – febrero 2006). - Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias (julio 2015 - septiembre 2019). - Gerente de la Fundación Canaria de Investigación (FUNCIS) (julio 2012 - octubre 2015). - Director General de Salud Pública. Servicio Canario de la Salud (noviembre 2010 - julio 2015), (febrero 2006 - julio 2007). - Responsable de los programas de mantenimiento con sustitutivos opiáceos y subdirector responsable de programas de la A.C.J.S.M. (noviembre 1999 - febrero 2002). - Farmacéutico titular del servicio de farmacia de los centros de dispensación de metadona de los Centros de la Asociación de Cooperación Juvenil San Miguel (julio 1993 - mayo 2002)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguno.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

67.002,27 €

Competencias

a) Establecer sistemas de información y de análisis de las distintas situaciones que, por repercutir sobre la salud, puedan provocar acciones de intervención de la autoridad sanitaria. b) Comprobar el cumplimiento de las limitaciones preventivas de carácter administrativo para la implantación y desarrollo de actividades públicas y privadas que directa o indirectamente puedan tener consecuencias negativas para la salud. c) Gestionar los registros de empresas, productos o actividades que estén establecidos por razones sanitarias. d) Comprobar el cumplimiento de las prohibiciones y requisitos mínimos que estén establecidos por motivos de prevención de enfermedades. e) Otorgar las autorizaciones administrativas que estén establecidas para el funcionamiento de empresas, la fabricación y comercialización de productos y el desarrollo de actividades con repercusión sanitaria y ejercer la inspección del cumplimiento de la normativa en esta materia. f) Otorgar las autorizaciones administrativas que estén establecidas para la distribución mayorista de medicamentos de uso humano y veterinario. (Suprimido por el Real Decreto 123/2003). g) Controlar e inspeccionar las condiciones higiénico-sanitarias de funcionamiento y desarrollo de actividades, locales y edificios de habitación o residencia, trabajo, recreo y asistencia pública y, en general, del medio en que se desenvuelve la vida humana. h) Controlar la publicidad y propaganda comerciales para que se ajusten a la normativa en lo que atañe a la salud. i) Ejecutar la policía sanitaria mortuoria. j) Adoptar medidas preventivas de protección de la salud cuando exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud, tales como la incautación o inmovilización de productos. k) Ordenar la intervención cautelar de mercancías como medida provisional de aseguramiento de la eficacia de las resoluciones en los procedimientos que hayan de seguirse por infracción de la normativa aplicable en materia de sanidad, higiene, seguridad, protección del consumidor o defensa de la calidad de la producción agroalimentaria. l) Establecer y ejecutar los planes, programas y actuaciones en el ámbito de la salud medioambiental, higiene alimentaria, (y ordenación farmacéutica.) derogado por el DECRETO 29/2004, de 23 de marzo, por el que se modifica el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, que aprueba el Reglamento de organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, y el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas. m) Establecer los sistemas de vigilancia epidemiológica y asegurar el mantenimiento y control del estado de salud colectiva en su ámbito de actuación. Además asume las competencias en materia de atención a las drogodependencias y toxicomanías, incluso las de coordinación con el Plan Nacional sobre Drogas de la extinta Dirección General de Drogodependencias. ( Derogado ) Estas competencias son asumidas por la nueva Dirección General de Salud Mental y Adicciones, tal y como se recoge en la Disposición Final Primera del Decreto 123/2023 de 17 de Julio.

Marco legal

• DECRETO 359/2023, de 4 de septiembre, que modifica el Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias

• DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

• Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

• Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.

• Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.

• Decreto 29/2004, de 23 de marzo (BOC nº 66, de 5.04.2004), por el que se modifica el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, y el Decreto 61/1997, de 30 de abril, por el que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona del Crecimiento y Sustancias Relacionadas.

• Decreto 124/1999, de 17 de junio (BOC nº 86, de 5.07.1999), por el que se modifica el Decreto 32/1995, 24 febrero (BOC nº 32, 15.3.95), por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud

• Decreto 32/1995, de 24 de febrero (BOC nº 32, 15.03.95) por el que se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud

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