Servicio Canario de la Salud
Servicio Canario de la Salud
Director (rango de Viceconsejero)
Ilmo. Sr. D. Carlos Gustavo Díaz Perera
WEB:
https://www.gobiernodecanarias.org/san/CORREO:
direccion.scs@gobiernodecanarias.orgNombramiento
Méritos académicos
- Cursos de Doctorado: “Formación, Empleo y Desarrollo Regional”. Universidad de La Laguna.
- Licenciado en Administración y Dirección de Empresas. Universidad de La Laguna.
Trayectoria profesional
- Funciones de Jefe de Servicio de Personal y Técnico Titulado Superior A.D.E. Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria (julio 2019 - julio 2023)
- Director General de Planificación y Presupuesto. Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias. (mayo 2016 – junio 2019).
- Jefe de Servicio de Personal y Control Presupuestario en Gastos de Personal. Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria (octubre 2014 - mayo 2016).
- Jefe de Servicio de Planificación y Gestión de Recursos Económicos,. Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. (octubre 2008 - septiembre 2014).
- Jefe de Sección de Gestión Presupuestaria. Dirección Gerencia del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. (noviembre 2007 - septiembre 2008)
- Plaza de personal estatutario “Técnico Titulado Superior” en la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario Nuestra. Señora de la Candelaria. (agosto 2004 - octubre 2007).
- Asesor del Servicio Canario de la Salud para acometer el proyecto del Sistema de Cuentas de Salud de la OCDE (abril 2003 - agosto 2004).
- Colaborador en la elaboración de dos manuales con el Dr. D. José Ignacio González Gómez, Catedrático de Contabilidad de la Escuela de Empresariales de la Universidad de La Laguna.
- Relaciones Públicas en el Gran Hotel Bahía del Duque (noviembre - diciembre 1999).
Compatibilidad actividades públicas-privadas
- Ninguna.
Declaración de bienes
Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)
65.688,34 €
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
La Dirección del Servicio Canario de la Salud realiza funciones de regulación interna de los servicios, gestión económica y contable, ejecución y evaluación, conforme se determina en la Ley Territorial 11/1994, de 26 de julio.
La Dirección del Servicio ejerce las siguientes atribuciones:
- Cumplir y hacer cumplir las disposiciones que regulan la actuación del Servicio Canario de la Salud y los acuerdos adoptados por el Gobierno, Consejero competente en materia de sanidad y Consejo de Dirección en las materias que son de su respectiva competencia.
- Adoptar medidas preventivas de protección de la salud cuando exista o se sospeche razonablemente la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud, tales como órdenes generales y particulares de hacer, no hacer o tolerar, suspensión del ejercicio de actividades, cierres de empresas, centros o establecimientos o de parte de sus instalaciones, intervención de medios materiales y personales y cuantas otras se consideren sanitariamente justificadas.
- Autorizar la creación, modificación, traslado y cierre de los centros, servicios y establecimientos sanitarios y sociosanitarios, si procede, y el cuidado de su registro, catalogación y acreditación así como supervisión, control, inspección y evaluación.
- Impulsar, coordinar, inspeccionar y evaluar los órganos y actividades del Servicio Canario de la Salud.
- Dictar las instrucciones y circulares relativas al funcionamiento y organización internos del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de las facultades del Consejo de Dirección.
- Ejercer la jefatura del personal del Servicio, sin perjuicio de la atribución del Consejero competente en materia de sanidad.
- La ejecución del presupuesto del Servicio conforme a la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y las facultades de órgano de contratación.
- Autorizar gastos según los presupuestos del Servicio.
-Es competencia de la Dirección del Servicio la facultad de decretar la intervención administrativa de una actividad, bien, centro o establecimiento, para eliminar la repercusión excepcional y negativa en la salud de los ciudadanos.
Además asume las competencias en materia de ordenación e inspección farmacéutica de la extinta Dirección General de Farmacia.