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Dirección General de Dependencia

Directora General

Ilma. Sra. Dña. Concepción Ramírez Cuélliga

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Dirección General de Dependencia

Directora General

Ilma. Sra. Dña. Concepción Ramírez Cuélliga

WEB:

https://www.gobiernodecanarias.org/derechossociales

Perfil
Competencias
Contacto

Méritos académicos

- Grado en Trabajo Social. Universidad Internacional de La Rioja. - Licenciada en Sociología. Universidad de La Laguna. - Diplomatura en Trabajo Social. Universidad de La Laguna. - Master en Mediación Civil y Mercantil y Experto en Mediación Familiar. Colegio Oficial de Psicólogos de Las Palmas y Centro de Atención a la Familia. - Postgrado “directores de centros de servicios sociales”. Grupo5 y Escuela de Servicios Sociales y Sociosanitarios de Canarias.

Trayectoria profesional

- Trabajadora Social. Dirección General de Bienestar Social, Juventud y Vivienda. Servicio de Planificación y Apoyo a los Servicios Sociales. Sección de Subvenciones y Seguimiento. (diciembre 2007- septiembre 2023). - Profesor Asociado Universidad de La Laguna. Departamento de Ciencias de la Comunicación y Trabajo Social. (septiembre 2020- junio 2021 y diciembre 2021- junio 2022). - Socióloga. Realización de Encuestas. Universidad de La Laguna. ( junio 2006- diciembre 2008) - Trabajadora Social. Asociación Tinerfeña de Esclerosis Múltiple. (febrero 2004 - enero 2008). - Trabajadora Social. Dirección General de Protección del Menor y la Familia. Área de Acogimiento familiar. (marzo - octubre 2007). - Trabajadora Social. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna. PLAN Urban. La Cuesta – Taco. (septiembre 2003 - octubre 2006). - Trabajadora Social. Instituto de Atención Social y Sociosanitaria. Estudio de Acercamiento a los distintos enfoques de la prostitución. (diciembre 2002 - mayo 2003). - Trabajadora Social. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Plan para la Recuperación de Santa Cruz. (junio - septiembre 2002). - Trabajadora Social. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. Organismo de Cultura. Programa de Absentismo Escolar (noviembre 2001- marzo 2002).

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

67.002,27 €

Competencias

La Dirección General de Dependencia ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias siguientes: - Con carácter general: • Las previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, elevándose a trescientos mil (300.000) euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación. • La gestión de las subvenciones de apoyo a las entidades del Tercer Sector en el área de dependencia, incluida la tramitación y resolución de los procedimientos de reintegro de estas prestaciones económicas. • El registro de actividades de tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con los procedimientos gestionados por el Centro Directivo. • La iniciación del procedimiento, impulso, tramitación y propuesta de resolución de los conciertos sociales dentro de su área funcional, cuando ejerza competencias para gestionar la prestación o servicio objeto de la acción concertada. • La aprobación del Mapa de Servicios del Centro Directivo. • La incoación, instrucción y resolución de los expedientes disciplinarios al personal adscrito al Centro Directivo por la comisión de faltas leves. • La elaboración y propuesta de la planificación de los servicios sociales en materia de dependencia, bajo la dirección y supervisión de la Viceconsejería de Bienestar Social. • La elaboración, actualización, revisión y propuesta a la persona titular de la Consejería, para su elevación al Gobierno, del Catálogo de servicios y prestaciones y del mapa de recursos de servicios sociales, en su área de competencia, previo informe de la Comisión Técnica de seguimiento y evaluación del Catálogo de servicios y prestaciones, en colaboración con las otras áreas de la Consejería, Cabildos Insulares, ayuntamientos y entidades del Tercer Sector de acción social. - En materia de atención a la Dependencia: Le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de dependencia no atribuidas específicamente a otros órganos y, en concreto, las siguientes: • Diagnosis, valoración, orientación y reconocimiento de situaciones de dependencia de las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Canarias. • La promoción, en el ámbito autonómico y en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de actividades específicamente diseñadas para la formación de las personas cuidadoras no profesionales que realicen actuaciones directas de atención y cuidado de personas en situación de dependencia reconocida. • La evaluación periódica del funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ámbito autonómico. • Elaboración y aprobación de los correspondientes Programas Individuales de Atención con participación de otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma y de las demás Administraciones Públicas de Canarias, así como la revisión y seguimiento de la correcta aplicación de los Programas Individuales de Atención al dependiente. • Promoción de la puesta en marcha de sistemas de recogida de información y tratamiento estadístico en el ámbito autonómico, que deberán incluir la perspectiva de género, a efectos de aportar a la Administración General del Estado la información necesaria para la aplicación de los criterios de financiación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. • Gestión de las prestaciones económicas que se reconozcan dentro del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Canarias. • Adoptar medidas para la correcta aplicación o utilización de los fondos públicos, prestaciones, servicios y cuantos beneficios se deriven del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. • Tramitación y resolución de los procedimientos de reintegro de las prestaciones económicas de Dependencia. • A solicitud de la Viceconsejería de Bienestar Social, emisión de informes en los expedientes de acreditación y de apertura y funcionamiento de centros y servicios para personas dependientes, así como en los expedientes de revocación de dicha acreditación cuando no tenga el carácter de sanción, y en los supuestos de adecuación estructural, traslado o modificación sustancial de dichos centros, y cambio de titularidad, sin perjuicio de la función informante del Servicio Canario de la Salud en relación con los centros o servicios de atención sociosanitaria a personas dependientes. • Imposición de sanciones por infracciones leves previstas en la legislación reguladora de la promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. • La propuesta y emisión de informe sobre los proyectos normativos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que incidan directamente en materia de dependencia.

Direcciones

Avda. Benito Pérez Armas, n.4 Icono de un mapa

Edf. Andrea

38071 Santa Cruz de Tenerife

Santa Cruz de Tenerife

España

Teléfono: 922 92 21 12 —

C/ Tomás Morales, n.122 Icono de un mapa

Centro Sociosanitario Nuestra Señora del Pino Planta Baja

35071 Las Palmas de Gran Canaria

Las Palmas

España

Teléfono: 928 30 63 09 —

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