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Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración

Directora General

Ilma. Sra. Dña. Elisabet Santana Rosales

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La Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, elevándose a trescientos mil (300.000) euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación. Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de servicios y políticas sociales no atribuidas específicamente a otros órganos y, en concreto, ejercerá las siguientes: - Con carácter general: • Propuesta, seguimiento y aplicación de la normativa de servicios sociales y de los programas de acción social, así como del Catálogo de servicios y prestaciones. • Funciones en materia de asistencia y servicios sociales encomendadas al Instituto Social de la Marina traspasadas a la Comunidad Autónoma de Canarias por el Real Decreto 35/1999, de 15 de enero. • Gestión de las subvenciones de apoyo a los servicios sociales gestionados por las entidades del Tercer Sector de acción social, salvo las referidas a dependencia y discapacidad, incluida la tramitación y resolución de los procedimientos de reintegro de las ayudas económicas. • Tramitación y resolución del reconocimiento del derecho a las pensiones no contributivas de la Seguridad Social por invalidez y jubilación, incluida la tramitación y resolución de los procedimientos de reintegro de las prestaciones económicas de dichas pensiones. • La elaboración y propuesta de la planificación de los servicios sociales de su área de competencia, bajo la dirección y supervisión de la Viceconsejería de Bienestar Social. • La asistencia técnica y asesoramiento a las entidades locales, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia de administración local. • Imposición de sanciones por infracciones leves tipificadas en el Título VII de la Ley de Servicios Sociales de Canarias. • La elaboración, actualización, revisión y propuesta a la persona titular de la Consejería, para su elevación al Gobierno, del Catálogo de servicios y prestaciones y del mapa de recursos de servicios sociales, en su área de competencia, previo informe de la Comisión Técnica de seguimiento y evaluación del Catálogo de servicios y prestaciones, en colaboración con las otras áreas de la Consejería, Cabildos Insulares, ayuntamientos y entidades del Tercer Sector de acción social. • El registro de actividades de tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con los procedimientos gestionados por el Centro Directivo. • La iniciación del procedimiento, impulso, tramitación y propuesta de resolución de los conciertos sociales dentro de su área funcional, cuando ejerza competencias para gestionar la prestación o servicio objeto de la acción concertada. • La aprobación del Mapa de Servicios del Centro Directivo. • La incoación, instrucción y resolución de los expedientes disciplinarios al personal adscrito al Centro Directivo por la comisión de faltas leves. • La gestión de los procedimientos para la concesión de las ayudas correspondientes al bono social eléctrico y al bono social térmico a las que pueden acceder los hogares en situación de pobreza energética. • La presidencia y soporte para el funcionamiento de la Comisión técnica de seguimiento y evaluación del Catálogo de servicios y prestaciones. - Gestión de la Renta Canaria de Ciudadanía: • La tramitación de la Renta Canaria de Ciudadanía en sus fases de inicio, instrucción, resolución y revisión, así como la concesión, denegación, modificación, reanudación, suspensión y extinción de esta prestación básica. • La tramitación y resolución de los procedimientos de reintegro de la Renta Canaria de Ciudadanía. • La iniciación e instrucción de los procedimientos sancionadores por infracciones a la Ley 5/2022, de 19 de diciembre, de la Renta Canaria de Ciudadanía. • La propuesta de resolución para la imposición de sanciones por infracciones leves, graves y muy graves a la normativa de la Renta Canaria de Ciudadanía. • La solicitud a otros órganos y organismos públicos, en el marco del principio de cooperación administrativa, de cuantos datos e informes sean necesarios para comprobar la veracidad de la documentación presentada por la persona titular y su adecuación a los requisitos establecidos en la Ley de Renta Canaria de Ciudadanía y en sus normas de desarrollo. • La revisión periódica de los expedientes sobre el grado de cumplimiento de los requisitos para la continuidad y permanencia de la prestación. • La comprobación de la idoneidad de los programas de inserción y su seguimiento, sin perjuicio de las funciones que la Ley atribuye a los municipios. • La comprobación de la veracidad de los hechos y documentos contenidos en el expediente y de las medidas de integración propuestas en los programas específicos a las necesidades de las personas usuarias. - En materia de inmigración y atención a los refugiados: • La elaboración, propuesta y supervisión de la ejecución del Plan Canario de la Inmigración. • La gestión y ejecución de las políticas asistenciales del Gobierno de Canarias, referidas a la inmigración o de atención a las personas refugiadas. • La gestión de las ayudas y subvenciones destinadas a las personas inmigrantes y refugiadas que requieran la atención de los servicios sociales. • La emisión de informes sobre los proyectos normativos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias que incidan directamente en materia de inmigración o de atención a las personas refugiadas. • La emisión de informes requeridos en el seno de los procedimientos de autorizaciones de residencia, de residencia y trabajo y de reagrupación familiar, regulados en la normativa estatal sobre extranjería.

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